Domiciliación en cuenta

Actualizado el 22 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite solicitar la domiciliación bancaria para el pago de las cuotas de la Seguridad Social o modificar la cuenta bancaria existente.

¿Quién puede solicitarlo?

Trabajadores autónomos (RETA, RETM, SETA), empleados del hogar, trabajadores agrarios por cuenta ajena en periodos de inactividad y personas con convenios especiales.

Requisitos principales

  • Tener una cuenta bancaria autorizada por la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • Cumplir los requisitos técnicos para acceder a la sede electrónica.

Duración del trámite

El cambio de cuenta se hace efectivo en el mismo mes si se solicita dentro de los primeros 10 (o 13 para autónomos) días del mes, o al mes siguiente si se solicita después.

Resumen

Este servicio te permite solicitar que los pagos de tus cuotas a la Seguridad Social se hagan automáticamente desde tu cuenta bancaria. También puedes usarlo para cambiar la cuenta bancaria donde se cargan estos pagos.

Quién puede usar este servicio

  • Trabajadores autónomos (RETA, RETM, SETA).
  • Empleados del hogar.
  • Trabajadores agrarios por cuenta ajena en periodos de inactividad.
  • Personas con convenios especiales.

Antes de empezar

Ten en cuenta que la cuenta bancaria que uses debe estar autorizada por la Tesorería General de la Seguridad Social para este tipo de pagos.

Lo que necesitas

  • Tener una cuenta bancaria autorizada.
  • Cumplir con los requisitos técnicos de la sede electrónica: requisitos técnicos

Cómo hacerlo

  1. Accede al servicio: Haz clic en el enlace "Obtener Acceso". Necesitarás identificarte como persona física o entidad. Obtener Acceso
  2. Solicita la domiciliación: Sigue los pasos indicados en el servicio para proporcionar los datos de tu cuenta bancaria.
  3. Guarda el justificante: Obtendrás un justificante de la solicitud.

Plazos para que se haga efectivo el cambio de cuenta

  • Autónomos: Si lo haces entre el día 1 y 13 del mes, se aplicará ese mismo mes. Si lo haces a partir del día 14, se aplicará el mes siguiente.
  • Otros casos: Si lo haces entre el día 1 y 10 del mes, se aplicará ese mismo mes. Si lo haces a partir del día 11, se aplicará el mes siguiente.

Ayuda

Manual usuario Solicitud Domiciliación en Cuenta (PDF, 1344 Kb)


Preguntas frecuentes


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