Demande en cas de Cessation d'activité des Travailleurs Indépendants (REM)

Actualizado el 21 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a los trabajadores autónomos del mar solicitar la prestación por cese de actividad y el pago de las cotizaciones correspondientes.

¿Quién puede solicitarlo?

Trabajadores autónomos del Régimen Especial del Mar o sus representantes.

Requisitos principales

  • Estar afiliado a la Seguridad Social y dado de alta en el Régimen Especial del Mar.
  • Cotizar por cese de actividad.
  • Cesar total o temporalmente en la actividad.
  • Cumplir los requisitos específicos establecidos en la normativa.

Duración del trámite

Variable, dependiendo de la tramitación y la documentación aportada.

Resumen

Este servicio permite a los trabajadores autónomos del Régimen Especial del Mar que cotizan por cese de actividad solicitar una prestación económica y el pago de cotizaciones a la Seguridad Social en caso de cese total o temporal de su actividad.

Quién puede usar este servicio: Trabajadores autónomos del Régimen Especial del Mar o sus representantes.

Qué permite hacer:

  • Presentar la solicitud a través del Registro Electrónico.
  • Descargar y adjuntar el formulario de solicitud cumplimentado.
  • Adjuntar documentos.

Lo que necesitas

  • Formulario de solicitud cumplimentado y adjuntado.
  • Copia de los documentos indicados en las instrucciones del formulario.
  • Software para rellenar y guardar la solicitud.

Importante: Para actuar en nombre de un tercero, debe tener un poder registrado en el Registro Electrónico de Apoderamientos. De lo contrario, deberá adjuntar el formulario estándar de poder o cualquier otro documento legalmente válido que acredite la representación.

Tamaño máximo de los documentos adjuntos: 10 MB.

Cómo hacerlo

  1. Acceda al servicio a través de la sede electrónica con identificación electrónica (Cl@ve, certificado digital).
  2. Rellene el formulario de solicitud.
  3. Adjunte la documentación requerida.
  4. Envíe la solicitud a través del Registro Electrónico.

Seguridad: Si accede con Cl@ve permanente, recibirá un código por SMS para firmar la comunicación.

Después de hacerlo

  • Recibirá un acuse de recibo en formato PDF.
  • Si no recibe confirmación o recibe un mensaje de error, deberá presentar la solicitud en otro momento o por otros medios.
  • La Dirección Provincial del ISM resolverá la solicitud y notificará la decisión al interesado.
  • Puede obtener información sobre el estado de su solicitud por teléfono o en persona en la Dirección Provincial o Local del Instituto Social de la Marina.

Ayuda

À propos de cette démarche

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Preguntas frecuentes


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