Datu pertsonalen babesaren arloko eskubideak baliatzea

Actualizado el 21 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a los ciudadanos ejercer sus derechos en materia de protección de datos personales ante la Seguridad Social.

¿Quién puede solicitarlo?

Cualquier ciudadano.

Requisitos principales

  • Identificación electrónica (certificado digital o Cl@ve) para la presentación telemática.
  • Acreditación de la representación, si se actúa en nombre de otra persona.

Duración del trámite

El responsable del tratamiento tiene un mes para informar al solicitante, prorrogable dos meses más.

Resumen

Este servicio te permite ejercer tus derechos en materia de protección de datos personales, tal como se reconocen en el Reglamento (UE) 2016/679 y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Quién puede usar este servicio:

  • Cualquier ciudadano.

Qué permite este servicio:

  • Presentar una solicitud para ejercer tus derechos de protección de datos personales a través del Registro Electrónico de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones.

Antes de empezar:

  • Para presentar la solicitud, deberás identificarte y firmarla utilizando un certificado electrónico o tu usuario y contraseña de Cl@ve.
  • Si actúas como representante, deberás acreditar tu representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fehaciente de la representación.

Si no tienes identificación electrónica, puedes rellenar este formulario y presentarlo en la red de oficinas de registro.

Después de hacerlo

Una vez recibido el formulario, el responsable del tratamiento deberá informar al ciudadano en el plazo de un mes desde la recepción de la solicitud. Este plazo podrá prorrogarse otros dos meses, y el responsable informará al interesado de dichas prórrogas, indicando los motivos, en el plazo de un mes desde la recepción de la solicitud.

Si el responsable del tratamiento no da curso a la solicitud del interesado, le informará, sin demora, y a más tardar en el plazo de un mes desde la recepción de la solicitud, de las razones por las que no actúa y de la posibilidad de presentar una reclamación ante una autoridad de control y de ejercitar acciones judiciales.

Para poder utilizar el servicio, comprueba los requisitos técnicos necesarios.

Accede al servicio solo si te identificas como persona física:

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Preguntas frecuentes


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