Change in contribution base -special agreements

Actualizado el 21 de febrero de 2025
Ver en la web de la administración

Información Rápida

Objetivo

Permite modificar la base de cotización de un convenio especial con la Seguridad Social, o solicitar/renunciar a un aumento de dicha base.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas que tengan un convenio especial con la Seguridad Social regido por la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social del 18 de julio de 1991 o por la Orden TAS/2865/2003 del 13 de octubre.

Requisitos principales

  • Tener un convenio especial vigente con la Seguridad Social.
  • Cumplir con los plazos establecidos según la normativa del convenio.
  • Disponer de los requisitos técnicos necesarios para acceder al servicio online.

Plazos

Para convenios regidos por la Orden del 18 de julio de 1991: de enero a marzo. Para convenios regidos por la Orden TAS/2865/2003: de enero a septiembre.

Duración del trámite

El cambio en la base de cotización, si se aprueba, tendrá efecto a partir del 1 de enero del año siguiente a la solicitud (para convenios regidos por la Orden TAS/2865/2003).

Información adicional

Si se presentan varias solicitudes durante el período habilitado, solo se tendrá en cuenta la última solicitud presentada.

Resumen

Este servicio permite solicitar cambios en la base de cotización de convenios especiales, así como solicitar o renunciar a un aumento en la base de cotización, según lo establecido en la normativa del convenio. Para aquellos con convenios especiales regidos por la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social del 18 de julio de 1991, este servicio estará operativo solo de enero a marzo. Para los convenios regidos por la Orden TAS/2865/2003 del 13 de octubre, estará operativo de enero a septiembre.

Quién puede usar este servicio

Personas que hayan suscrito un convenio especial con la Seguridad Social regido por la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social del 18 de julio de 1991 (BOE del 30 de julio) o por la Orden TAS/2865/2003 del 13 de octubre (BOE del 18 de octubre).

Lo que puedes hacer

  • Realizar cambios en la base de cotización.
  • Solicitar o renunciar a un aumento en la base de cotización, según la normativa.
  • Obtener un justificante de la solicitud presentada.

A tener en cuenta

  • Quienes tengan convenios especiales regidos por la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social del 18 de julio de 1991 pueden solicitar un cambio en la base de cotización del convenio especial para el año natural en que se realiza la solicitud o un aumento en la base de cotización del convenio especial. No se permiten cambios posteriores para ese año.
  • Quienes tengan convenios especiales regidos por la Orden TAS/2865/2003 del 13 de octubre pueden solicitar un cambio en la base de cotización y/o solicitar/renunciar al aumento automático. La base de cotización elegida entrará en vigor a partir del 1 de enero del año siguiente a la fecha de presentación de la solicitud. Si, dentro del período de solicitud, se presenta más de una solicitud de cambio de base de cotización y/o solicitud/renuncia al aumento para el mismo año, solo se considerarán los datos de la última solicitud.

Información Adicional

Para acceder a este servicio, comprueba que tienes los requisitos técnicos necesarios.

El acceso a este servicio solo estará habilitado cuando te identifiques como persona física.

Obtener Acceso

Información útil:


Preguntas frecuentes


Oficinas de la administración

DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA

De lunes a viernes, de 9 a 14 h.

SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL

De lunes a viernes, de 9 a 14 h.

ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 12/04

De lunes a viernes, de 9 a 14 h.

ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 36/01

De lunes a viernes, de 9 a 14 h.

ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 26/03

De lunes a viernes, de 9 a 14 h.

ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 28/14

De lunes a viernes, de 9 a 14 h.

ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 17/04

De lunes a viernes, de 9 a 14 h.

ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 23/05

De lunes a viernes, de 9 a 14 h.

SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL

De lunes a viernes, de 9 a 14 h.

INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

De lunes a viernes, de 9 a 14 h.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA

De lunes a viernes, de 9 a 14 h.

DIRECCION PROVINCIAL DE LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

De lunes a viernes, de 9 a 14 h.

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.