Benefit for co-responsible infant care (REM)
Información Rápida
Objetivo
Solicitar la prestación por corresponsabilidad en el cuidado del lactante para trabajadores del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas que deseen solicitar, en nombre propio o ajeno, la prestación por corresponsabilidad en el cuidado del lactante para trabajadores del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
Requisitos principales
- Ser trabajador del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
- Cumplir con los requisitos establecidos en la normativa vigente.
- Que ambos progenitores (o adoptantes, tutores, etc.) estén trabajando y disfruten del permiso por cuidado del lactante.
Duración del trámite
No especificado.
Información adicional
El tamaño total de los documentos adjuntos no debe superar los 10 Mb.
Resumen
Este servicio te permite solicitar, a través del Registro Electrónico, la prestación por corresponsabilidad en el cuidado del lactante en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar. Esta prestación permite disfrutar del período de tiempo libre correspondiente a la reducción de la jornada laboral en media hora, cuando ambos progenitores trabajadores (padre y madre, adoptantes, tutores con fines de adopción o acogedores permanentes) disfrutan del mismo permiso para el cuidado del bebé desde los nueve hasta los doce meses.
Lo que necesitas
- Formulario de solicitud completo y adjunto.
- Copias de todos los documentos detallados en las instrucciones.
- Software para completar y guardar el formulario de solicitud.
Cómo hacerlo
- Accede al servicio con tu identificación electrónica (Cl@ve, certificado digital).
- Rellena y adjunta el formulario de solicitud.
- Adjunta la documentación requerida.
- Envía la solicitud a través del Registro Electrónico.
Importante: Si accedes con Cl@ve Permanente, recibirás un código SMS para confirmar tu identidad.
Después de hacerlo
- Recibirás un justificante de registro en formato PDF.
- Si no recibes confirmación, vuelve a intentarlo o usa otros canales.
- La resolución de la solicitud se notificará al interesado o a su representante.
- Puedes consultar el estado de tu solicitud en la Dirección Provincial o Local del Instituto Social de la Marina.
Ayuda
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 12/04
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 36/01
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 26/03
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 28/14
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 17/04
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 23/05
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
DIRECCION PROVINCIAL DE LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.