Benefit for co-responsible infant care
Información Rápida
Objetivo
Solicitar una ayuda económica para el cuidado compartido de un bebé, destinada a trabajadores que reducen su jornada laboral para cuidar del menor.
¿Quién puede solicitarlo?
Trabajadores que reduzcan su jornada laboral media hora para cuidar a un bebé de entre nueve y doce meses.
Requisitos principales
- Cumplir con los requisitos establecidos para la prestación por nacimiento y cuidado del menor.
- Ambos padres, adoptantes, tutores con fines de adopción o acogedores permanentes deben trabajar y reducir su jornada laboral media hora, por la misma duración y bajo el mismo régimen.
Duración del trámite
No especificado
Información adicional
Para acceder a este servicio, comprueba que tienes los <a href="https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Inicio/RequisitosTecnicos">requisitos técnicos</a> necesarios.
Resumen
Este servicio te permite solicitar, a través del registro electrónico, una ayuda económica para el cuidado compartido de un bebé.
¿Quién puede usar este servicio?
Trabajadores que reduzcan su jornada laboral media hora para cuidar a un bebé de entre nueve y doce meses.
¿Qué puedes hacer?
- Presentar una solicitud a través del Registro Electrónico.
- Descargar y adjuntar el formulario de solicitud.
- Adjuntar la documentación necesaria.
Lo que necesitas
- Formulario de solicitud cumplimentado y adjuntado.
- Copias de todos los documentos detallados en las instrucciones.
- Software que te permita rellenar y guardar el formulario de solicitud para luego adjuntarlo.
Cómo hacerlo
- Asegúrate de cumplir con los requisitos establecidos para la prestación por nacimiento y cuidado del menor.
- Ambos padres, adoptantes, tutores con fines de adopción o acogedores permanentes deben trabajar y reducir su jornada laboral media hora, por la misma duración y bajo el mismo régimen.
- Si accedes con Cl@ve Permanente (usuario + contraseña), se te enviará un código SMS al móvil registrado para mayor seguridad.
- Si actúas como representante, adjunta el formulario de representación normalizado o cualquier documento legal válido que acredite la representación.
- El tamaño total de los documentos adjuntos no debe superar los 10 MB.
Después de hacerlo
- Recibirás un justificante de registro en formato PDF.
- Si no recibes el mensaje de confirmación, o si recibes un mensaje de error, vuelve a intentarlo más tarde o utiliza otros medios.
- El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) emitirá una resolución que estará disponible en el servicio de Notificaciones Telemáticas. Si no has renunciado al canal postal, también se te enviará a tu domicilio.
- Consulta el estado de tu solicitud a través del servicio ¿Cómo va mi prestación?
Ayuda
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
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ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 17/04
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ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 23/05
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SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL
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DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA
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DIRECCION PROVINCIAL DE LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
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