Benefit for co-responsible infant care

Actualizado el 22 de febrero de 2025
Ver en la web de la administración

Información Rápida

Objetivo

Solicitar una ayuda económica para el cuidado compartido de un bebé, destinada a trabajadores que reducen su jornada laboral para cuidar del menor.

¿Quién puede solicitarlo?

Trabajadores que reduzcan su jornada laboral media hora para cuidar a un bebé de entre nueve y doce meses.

Requisitos principales

  • Cumplir con los requisitos establecidos para la prestación por nacimiento y cuidado del menor.
  • Ambos padres, adoptantes, tutores con fines de adopción o acogedores permanentes deben trabajar y reducir su jornada laboral media hora, por la misma duración y bajo el mismo régimen.

Duración del trámite

No especificado

Información adicional

Para acceder a este servicio, comprueba que tienes los <a href="https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Inicio/RequisitosTecnicos">requisitos técnicos</a> necesarios.

Resumen

Este servicio te permite solicitar, a través del registro electrónico, una ayuda económica para el cuidado compartido de un bebé.

¿Quién puede usar este servicio?

Trabajadores que reduzcan su jornada laboral media hora para cuidar a un bebé de entre nueve y doce meses.

¿Qué puedes hacer?

  • Presentar una solicitud a través del Registro Electrónico.
  • Descargar y adjuntar el formulario de solicitud.
  • Adjuntar la documentación necesaria.

Lo que necesitas

  • Formulario de solicitud cumplimentado y adjuntado.
  • Copias de todos los documentos detallados en las instrucciones.
  • Software que te permita rellenar y guardar el formulario de solicitud para luego adjuntarlo.

Cómo hacerlo

  1. Asegúrate de cumplir con los requisitos establecidos para la prestación por nacimiento y cuidado del menor.
  2. Ambos padres, adoptantes, tutores con fines de adopción o acogedores permanentes deben trabajar y reducir su jornada laboral media hora, por la misma duración y bajo el mismo régimen.
  3. Si accedes con Cl@ve Permanente (usuario + contraseña), se te enviará un código SMS al móvil registrado para mayor seguridad.
  4. Si actúas como representante, adjunta el formulario de representación normalizado o cualquier documento legal válido que acredite la representación.
  5. El tamaño total de los documentos adjuntos no debe superar los 10 MB.

Después de hacerlo

  • Recibirás un justificante de registro en formato PDF.
  • Si no recibes el mensaje de confirmación, o si recibes un mensaje de error, vuelve a intentarlo más tarde o utiliza otros medios.
  • El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) emitirá una resolución que estará disponible en el servicio de Notificaciones Telemáticas. Si no has renunciado al canal postal, también se te enviará a tu domicilio.
  • Consulta el estado de tu solicitud a través del servicio ¿Cómo va mi prestación?

Ayuda


Preguntas frecuentes


Oficinas de la administración

DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA

De lunes a viernes, de 9 a 14 h.

SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL

De lunes a viernes, de 9 a 14 h.

ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 12/04

De lunes a viernes, de 9 a 14 h.

ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 36/01

De lunes a viernes, de 9 a 14 h.

ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 26/03

De lunes a viernes, de 9 a 14 h.

ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 28/14

De lunes a viernes, de 9 a 14 h.

ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 17/04

De lunes a viernes, de 9 a 14 h.

ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 23/05

De lunes a viernes, de 9 a 14 h.

SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL

De lunes a viernes, de 9 a 14 h.

INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

De lunes a viernes, de 9 a 14 h.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA

De lunes a viernes, de 9 a 14 h.

DIRECCION PROVINCIAL DE LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

De lunes a viernes, de 9 a 14 h.

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.