Ayudas económicas paralización flota
Información Rápida
Objetivo
Solicitar ayudas económicas para los tripulantes de la flota pesquera durante periodos de paralización de la actividad.
¿Quién puede solicitarlo?
Trabajadores del Régimen Especial del Mar.
Requisitos principales
- Ser trabajador del Régimen Especial del Mar.
- Cumplimentar y adjuntar el modelo de solicitud.
- Adjuntar la documentación requerida.
Duración del trámite
Variable, depende del proceso de resolución y notificación.
Información adicional
Si accedes con Cl@ve permanente, ten a mano el móvil registrado para el código SMS. Si eres apoderado, debes estar inscrito en el Registro Electrónico de Apoderamientos. El tamaño total de los documentos adjuntos no puede superar los 10 MB.
Resumen
Este servicio permite solicitar ayudas económicas para los tripulantes de la flota pesquera en caso de paralización de la actividad.
Quién puede usar este servicio:
- Trabajadores del Régimen Especial del Mar.
Qué permite realizar:
- Solicitar la ayuda a través del registro electrónico (cuando haya una convocatoria abierta).
- Descargar y adjuntar el formulario de solicitud.
- Añadir la documentación necesaria.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Formulario de solicitud cumplimentado y adjuntado.
- Copia compulsada de los documentos indicados en las instrucciones.
- Modelo normalizado de representación (si actúa como representante).
Requisitos previos:
- Disponer de un programa para rellenar y guardar la solicitud.
- Si accedes con Cl@ve permanente, ten a mano el móvil registrado para el código SMS.
- Si eres apoderado, debes estar inscrito en el Registro Electrónico de Apoderamientos.
- El tamaño total de los documentos adjuntos no puede superar los 10 MB.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Accede al servicio con tu identificación electrónica (Cl@ve, certificado digital).
- Rellena y adjunta el modelo de solicitud.
- Adjunta la documentación requerida.
- Envía la solicitud.
Información sobre cada etapa:
- Es importante revisar los requisitos técnicos antes de empezar.
- El acceso al servicio solo está disponible para personas físicas o entidades.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- Recibirás un acuse de recibo en formato PDF.
- Si no recibes confirmación, inténtalo de nuevo más tarde.
- La resolución de la solicitud se notificará por correo postal con acuse de recibo.
Siguientes pasos:
- Puedes consultar el estado de tu solicitud por teléfono o en la oficina del ISM de la Dirección Provincial correspondiente.
Ayuda
Recursos adicionales:
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
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De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
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De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
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De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 17/04
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 23/05
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SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
DIRECCION PROVINCIAL DE LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.