Application to continue receiving the widowhood pension when entering into a new marriage
Información Rápida
Objetivo
Informar sobre un nuevo matrimonio para seguir recibiendo la pensión de viudedad.
¿Quién puede solicitarlo?
Beneficiarios de la pensión de viudedad que hayan contraído nuevo matrimonio.
Requisitos principales
- Ser beneficiario de la pensión de viudedad.
- Haber contraído nuevo matrimonio.
- Cumplir con los requisitos económicos establecidos.
Duración del trámite
Variable, depende del INSS.
Información adicional
Si accedes como representante, debes pedirle a la persona representada que comunique el código que recibirá por SMS en su teléfono móvil para confirmar la representación y adjuntar el documento de representación estandarizado al final del servicio. Si accedes como apoderado, debes estar registrado en el Registro Electrónico de Apoderamientos.
Resumen
Este servicio te permite informar sobre tu nuevo matrimonio para seguir recibiendo la pensión de viudedad.
Quién puede usar este servicio
Beneficiarios de la pensión de viudedad.
Qué puedes hacer
Comunicar los ingresos recibidos e información sobre tu nuevo cónyuge para mantener la pensión de viudedad al contraer nuevo matrimonio.
Qué necesitas
Incluir la mayor cantidad de información posible en el formulario de solicitud.
A tener en cuenta
Si accedes como representante, debes pedirle a la persona representada que comunique el código que recibirá por SMS en su teléfono móvil para confirmar la representación y adjuntar el documento de representación estandarizado al final del servicio.
Si accedes como apoderado, debes estar registrado en el Registro Electrónico de Apoderamientos.
Próximos pasos
Una vez completado el proceso, recibirás un “justificante de recibo” en formato PDF.
Si no recibes el mensaje de confirmación, o si recibes un mensaje de error o fallo de envío, debes volver a enviar la solicitud en otro momento o utilizar otros canales.
El Instituto Nacional de la Seguridad Social enviará la resolución de la solicitud al domicilio del interesado.
Para acceder a este servicio, comprueba que tienes los requisitos técnicos necesarios.
Documentación adjunta
Nombre del documento | Fecha de publicación |
---|---|
Formulario de representación estándar (PDF, 2387 Kb) | 29/03/2022 |
Información adicional
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
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De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
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De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 26/03
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ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 17/04
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ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 23/05
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SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL
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DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA
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DIRECCION PROVINCIAL DE LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
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