Application for Unemployment Benefit (REM)

Actualizado el 20 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a los trabajadores del Régimen Especial de la Gente de Mar solicitar la prestación por desempleo de forma electrónica.

¿Quién puede solicitarlo?

Trabajadores por cuenta ajena del Régimen Especial de la Gente de Mar o sus representantes autorizados.

Requisitos principales

  • Estar dado de alta como demandante de empleo.
  • Presentar la solicitud dentro de los 15 días hábiles siguientes a la finalización del contrato, vacaciones o inicio de la suspensión/reducción de jornada.
  • Disponer de los documentos necesarios.

Plazos

Quince días hábiles desde la fecha de cese, fin de vacaciones o inicio de suspensión/reducción de jornada.

Duración del trámite

Variable, depende de la tramitación.

Información adicional

El tamaño máximo de los documentos adjuntos es de 10 MB.

Resumen

Este servicio permite a los trabajadores por cuenta ajena incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de la Gente de Mar solicitar electrónicamente prestaciones para compensar la pérdida de ingresos como consecuencia de la pérdida de un empleo anterior o la suspensión de un contrato o la reducción de la jornada laboral.

Quién puede usar este servicio:

  • Trabajadores por cuenta ajena incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de la Gente de Mar o sus representantes/autorizados.

Qué puedes hacer:

  • Presentar una solicitud en el Registro Electrónico.
  • Descargar y adjuntar el formulario de solicitud cumplimentado.
  • Adjuntar documentación.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Formulario de solicitud cumplimentado y adjunto.
  • Copias de todos los documentos detallados en las instrucciones.
  • Software que le permita rellenar y guardar el formulario de solicitud para adjuntarlo.

Plazos:

  • Debe estar inscrito como demandante de empleo y presentar la solicitud en un plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES a partir de la fecha en que se produzca la extinción involuntaria del contrato de trabajo o a partir de la finalización del período de vacaciones pendiente, o a partir del inicio de la suspensión de la relación laboral o de la reducción de la jornada laboral.

A tener en cuenta:

  • Si inicia sesión con un nombre de usuario + contraseña (Cl@ve permanente), para garantizar un mayor nivel de seguridad, se le enviará un código por SMS al número de móvil que facilitó en el momento del registro. Debe introducir este código para firmar la comunicación en el registro electrónico.
  • La Dirección Provincial correspondiente del ISM requerirá los originales de los documentos necesarios.
  • Para actuar en nombre de un tercero, debe tener un poder registrado en el Registro Electrónico de Apoderamientos que le permita realizar este trámite. Si no dispone de un poder válido en el registro mencionado, deberá acreditar la representación adjuntando el formulario normalizado de representación que puede descargarse para su cumplimentación en el apartado "documentación adjunta", o adjuntando cualquier otro documento legalmente válido que acredite fehacientemente la misma.
  • El tamaño total de los documentos a adjuntar no debe superar los 10 Mb.

Después de hacerlo

  • Una vez finalizado el proceso, recibirá un “justificante de recepción” en formato PDF.
  • Si no recibe el mensaje de confirmación, o si recibe un mensaje de error o de fallo de envío, deberá volver a presentar la solicitud en otro momento o utilizar otros medios.
  • Resolución de la solicitud y notificación de la misma al interesado y, en su caso, a su representante.
  • Puede obtener información sobre el estado de su solicitud por teléfono o acudiendo a la Dirección Provincial o Local del Instituto Social de la Marina.

Ayuda

Documentación adjunta

Acceso al servicio

  • El acceso a este servicio se habilitará sólo cuando se identifique como persona física o entidad.
  • Obtener Acceso

Preguntas frecuentes


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