Application for review of permanent disability.
Información Rápida
Objetivo
Solicitar la revisión de la pensión por incapacidad permanente debido a cambios en la salud o errores en el diagnóstico inicial.
¿Quién puede solicitarlo?
Pensionistas que reciben una pensión por incapacidad permanente.
Requisitos principales
- Ser pensionista con incapacidad permanente.
- Presentar la solicitud de revisión.
- Aportar toda la información relevante sobre la evolución de la condición médica.
Duración del trámite
El tiempo de resolución depende del INSS.
Información adicional
Si no recibe confirmación, intente de nuevo o use otros canales. El INSS enviará la resolución al domicilio del interesado.
Resumen
Este servicio te permite solicitar una revisión de tu pensión por incapacidad permanente.
Quién puede usar este servicio:
- Pensionistas con incapacidad permanente.
Qué puedes hacer:
- Solicitar la revisión de tu pensión por incapacidad permanente debido a una mejora o empeoramiento de tu condición o a un diagnóstico erróneo.
- Adjuntar la documentación requerida.
Lo que necesitas
- Incluir la mayor cantidad de información posible en el formulario de solicitud.
- Si accedes como representante, debes pedir a la persona representada que comunique el código que recibirá por SMS en su teléfono móvil para confirmar la representación y adjuntar el documento de representación estandarizado al final del servicio.
- Si accedes como apoderado, debes estar registrado en el Registro Electrónico de Apoderamientos.
Cómo hacerlo
- Accede al servicio a través de este enlace: Consultar
- Completa el formulario de solicitud con la información requerida.
- Adjunta la documentación necesaria.
- Envía la solicitud.
Después de hacerlo
- Una vez completado el proceso, recibirás un "justificante de recepción" en formato PDF.
- Si no recibes el mensaje de confirmación, o si recibes un mensaje de error o fallo de envío, debes volver a enviar la solicitud en otro momento o utilizar otros canales.
- El Instituto Nacional de la Seguridad Social enviará la resolución de la solicitud al domicilio del interesado.
Ayuda
- Sitio web de la Seguridad Social: Social Security Website
- Revista MAR: Revista MAR
- Tu Seguridad Social: Your Social Security
- ISMARINA Publicaciones: ISMARINA Publicaciones
| document name | Publication date | | :----------------------------------------------------------------------------- | :--------------- | | Standard representation form (PDF, 2387 Kb) | 29/03/2022 |
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 12/04
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 36/01
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 26/03
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 28/14
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 17/04
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 23/05
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
DIRECCION PROVINCIAL DE LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.