Application for Cessation of Activity for Self-Employed Workers (REM)
Información Rápida
Objetivo
Solicitar la prestación económica y el pago de la cotización a la Seguridad Social por cese de actividad para trabajadores autónomos del Régimen Especial del Mar.
¿Quién puede solicitarlo?
Trabajadores autónomos del Régimen Especial del Mar o sus representantes autorizados.
Requisitos principales
- Estar afiliado a la Seguridad Social y registrado en el Régimen Especial del Mar.
- Cotizar por cese de actividad.
- Cesar total o temporalmente la actividad.
- Tener capacidad y deseo de realizar una actividad económica o profesional con ánimo de lucro.
Duración del trámite
No especificado
Información adicional
El tamaño total de los documentos adjuntos no debe superar los 10 Mb.
Resumen
Este servicio permite a los trabajadores autónomos afiliados a la Seguridad Social y registrados en el Régimen Especial del Mar, que cotizan por cese de actividad, solicitar, a través del registro electrónico, la prestación económica y el pago de la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes, en caso de cese total o temporal, en su caso, de la actividad que dio lugar al alta en el régimen especial, a pesar de poder y desear realizar una actividad económica o profesional con ánimo de lucro.
Quién puede usar este servicio
Trabajadores autónomos del Régimen Especial del Mar o sus representantes autorizados.
Qué puedes hacer
- Presentar una solicitud a través del Registro Electrónico.
- Descargar y adjuntar el formulario de solicitud cumplimentado.
- Adjuntar documentación.
Lo que necesitas
- Formulario de solicitud cumplimentado y adjunto.
- Copias de todos los documentos detallados en las instrucciones.
- Software que le permita rellenar y guardar el formulario de solicitud para adjuntarlo.
Cómo hacerlo
- Acceda al servicio a través de Obtener Acceso identificándose como persona física o jurídica.
- Rellene y adjunte el formulario de solicitud.
- Adjunte copias de los documentos necesarios.
- Envíe la solicitud a través del Registro Electrónico.
Nota: Si accede con Cl@ve Permanente, se le enviará un código SMS al número de móvil registrado para firmar la comunicación en el registro electrónico.
Después de hacerlo
- Recibirá un justificante de recepción en formato PDF.
- Si no recibe el mensaje de confirmación, o si recibe un mensaje de error, vuelva a intentarlo más tarde o utilice otros medios.
- La Dirección Provincial del ISM resolverá la solicitud y se lo notificará al interesado o a su representante.
- Puede obtener información sobre el estado de su solicitud por teléfono o en la Dirección Provincial o Local del Instituto Social de la Marina.
Ayuda
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 12/04
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 36/01
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 26/03
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ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 28/14
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 17/04
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 23/05
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.
DIRECCION PROVINCIAL DE LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
De lunes a viernes, de 9 a 14 h.