Application for benefits due and not received as a result of death.

Actualizado el 21 de febrero de 2025
Ver en la web de la administración

Información Rápida

Objetivo

Solicitar los pagos de pensión que no fueron recibidos tras el fallecimiento del beneficiario.

¿Quién puede solicitarlo?

Herederos de los beneficiarios fallecidos de la Seguridad Social.

Requisitos principales

  • Ser heredero del titular fallecido.
  • Disponer de los documentos necesarios para acreditar la condición de heredero.

Duración del trámite

El tiempo de resolución depende del INSS.

Resumen

Este servicio te permite solicitar, a través del Registro Electrónico, los pagos de pensión mensuales adeudados pero no recibidos como resultado del fallecimiento del titular de la pensión.

Quién puede usar este servicio

  • Herederos de los beneficiarios fallecidos de la Seguridad Social.

Qué puedes hacer

  • Presentar una solicitud en el Registro Electrónico.
  • Adjuntar documentación.

Qué necesitas para hacerlo

  • Incluye la mayor cantidad de información posible en el formulario de solicitud.

Cómo hacerlo

  1. Verifica que tienes los requisitos técnicos necesarios.
  2. Accede al servicio a través de Obtener Acceso.
  3. Rellena la información personal solicitada en el formulario siguiendo las instrucciones.
  4. Adjunta los documentos requeridos (ver sección de documentación adjunta).

Nota: Si inicias sesión con un nombre de usuario + contraseña (Cl@ve permanente), para garantizar un mayor nivel de seguridad, se te enviará un código por SMS al número de móvil que proporcionaste al registrarte. Debes introducir este código para firmar la comunicación en el registro electrónico.

Importante:

  • El tamaño total de los documentos adjuntos no debe superar los 10 MB.
  • Si actúas como representante, debes adjuntar el formulario de representación estandarizado, que se encuentra en la sección de documentos adjuntos, o cualquier documento legalmente válido que sea prueba de la representación.

Después de hacerlo

  1. Una vez completado el proceso, recibirás un “justificante de recepción” en formato PDF.
  2. Si no recibes el mensaje de confirmación, o si recibes un mensaje de error o de fallo de envío, debes volver a enviar la solicitud en otro momento o utilizar otros canales.
  3. El Instituto Nacional de la Seguridad Social enviará la resolución de la solicitud a la dirección del interesado.

Documentación adjunta

Información Adicional


Preguntas frecuentes


Oficinas de la administración

DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA

De lunes a viernes, de 9 a 14 h.

SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL

De lunes a viernes, de 9 a 14 h.

ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 12/04

De lunes a viernes, de 9 a 14 h.

ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 36/01

De lunes a viernes, de 9 a 14 h.

ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 26/03

De lunes a viernes, de 9 a 14 h.

ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 28/14

De lunes a viernes, de 9 a 14 h.

ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 17/04

De lunes a viernes, de 9 a 14 h.

ADMINISTRACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL No 23/05

De lunes a viernes, de 9 a 14 h.

SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL

De lunes a viernes, de 9 a 14 h.

INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

De lunes a viernes, de 9 a 14 h.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO SOCIAL DE LA MARINA

De lunes a viernes, de 9 a 14 h.

DIRECCION PROVINCIAL DE LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

De lunes a viernes, de 9 a 14 h.

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.