Alta en convenio especial por Expediente de Regulación de Emprego.
Información Rápida
Objetivo
Permite a empresas o trabajadores solicitar la suscripción de un convenio especial ERE, facilitando el proceso mediante un formulario electrónico.
¿Quién puede solicitarlo?
Empresas que inicien despidos colectivos que afecten a trabajadores con 55 años o más (no mutualistas antes de 1967), o los propios trabajadores si la empresa no lo solicita.
Requisitos principales
- Iniciar un procedimiento de despido colectivo que incluya trabajadores con 55 años o más.
- En caso de ser trabajador, que la empresa no haya solicitado el convenio en el plazo establecido.
Plazos
La empresa debe solicitarlo durante el ERE y hasta la notificación individual del despido. El trabajador tiene 6 meses desde la notificación del despido si la empresa no lo hizo.
Duración del trámite
No especificado.
Resumen
Este servicio permite a la empresa, o al trabajador en su defecto, solicitar la suscripción de un convenio especial ERE a través de registro electrónico. Se completa un formulario que reemplaza el modelo TA.0040-ERE.
Plazo de solicitud:
- La empresa debe solicitar el alta del convenio ERE durante la tramitación del despido colectivo y, como máximo, hasta la fecha de notificación individual del despido.
- Si la empresa no lo solicita en ese plazo, el trabajador puede hacerlo dentro de los 6 meses naturales siguientes a la notificación del despido.
También se puede solicitar el incremento voluntario de la base de cotización del convenio especial ERE (cláusula adicional a cargo de la empresa o del trabajador) al mismo tiempo que se solicita el convenio.
A quién va dirigido
- Empresas que inicien despidos colectivos (no en concurso de acreedores) que incluyan trabajadores con 55 años o más que no fueran mutualistas antes de 1967.
- Trabajadores con 55 años o más afectados por un ERE, si la empresa no solicita el convenio en el plazo legal.
Cómo hacerlo
- Presentar la solicitud por Registro Electrónico.
- Rellenar los apartados según su situación.
- No es necesario adjuntar el Modelo TA.0040-ERE (PDF) ni el modelo TA.0040-ERE CA.
- Se pueden anexar documentos.
Importante: Este formulario electrónico reemplaza los modelos TA.0040-ERE y TA.0040-ERE CA en PDF.
Si se accede con Cl@ve permanente, se enviará un código SMS al móvil registrado para mayor seguridad. Se enviará otro SMS para firmar la comunicación en el registro electrónico.
El tamaño total de los documentos adjuntos no debe superar los 10 MB.
Después de hacerlo
Recibirá una "notificación de recibo" en formato PDF.
Si no recibe la confirmación o recibe un mensaje de error, intente la presentación en otro momento o por otros medios.
La resolución de la solicitud se notificará por correo postal con acuse de recibo.
Para consultar las solicitudes presentadas, acceda al servicio:
Información Adicional
Compruebe los requisitos técnicos necesarios para acceder al servicio.
El acceso a este servicio solo estará habilitado si se identifica como persona física o entidad.
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