Acceso al servicio onlinePlazo de presentación:ABIERTO PERMANENTEMENTE
Están sometidos a un régimen de autorización previa del Protectorado los actos de enajenación, onerosa o gratuita, o de gravamen de los bienes y derechos que formen parte de la dotación y de los directamente vinculados al cumplimiento de los fines fundacionales.
Están sometidos a un régimen de comunicación, los actos sobre bienes y derechos que no formen parte de la dotación o que no se encuentren directamente vinculados al cumplimiento de los fines fundacionales relacionados en el Reglamento.
Fundaciones inscritas en el Registro de Fundaciones de ámbito estatal cuyo Protectorado es ejercido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Normativa de referencia:
Se realiza a través del botón de "Acceso al servicio online" en la parte superior de la ficha
Las solicitudes, escritos y comunicaciones deberán realizarse electrónicamente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa
991631
Acceso al servicio onlinePlazo de presentación:ABIERTO PERMANENTEMENTE
Están sometidos a un régimen de autorización previa del Protectorado los actos de enajenación, onerosa o gratuita, o de gravamen de los bienes y derechos que formen parte de la dotación y de los directamente vinculados al cumplimiento de los fines fundacionales.
Están sometidos a un régimen de comunicación, los actos sobre bienes y derechos que no formen parte de la dotación o que no se encuentren directamente vinculados al cumplimiento de los fines fundacionales relacionados en el Reglamento.
Fundaciones inscritas en el Registro de Fundaciones de ámbito estatal cuyo Protectorado es ejercido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Se realiza a través del botón de "Acceso al servicio online" en la parte superior de la ficha
Las solicitudes, escritos y comunicaciones deberán realizarse electrónicamente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa
991632
Acceso al servicio onlinePlazo de presentación:ABIERTO PERMANENTEMENTE
AVISO: No será necesaria la aportación de los programas formativos por parte de los solicitantes de homologación de títulos extranjeros de educación superior al correspondiente título oficial universitario español de Grado que dé acceso a la profesión regulada de Médico en España si obtuvieron su título en alguna de las universidades incluidas en el siguiente anexo (salvo petición expresa por parte de la Unidad tramitadora).
A través de este procedimiento se puede solicitar la homologación de títulos de educación superior otorgados por instituciones extranjeras a títulos oficiales universitarios españoles de Grado o Máster que den acceso a profesión regulada en España. También permite la consulta del estado de la tramitación del expediente, tras cumplimentar la solicitud y presentarla en un registro oficial.
Titulados por una institución de educación superior oficial no española.
El pago de la tasa es imprescindible para iniciar el procedimiento.
La homologación de un título extranjero a un título español que permita el acceso a una profesión regulada, conllevará la posibilidad de ejercicio de la profesión regulada de que se trate en las mismas condiciones de los poseedores de los títulos españoles que habiliten para tal ejercicio.
Fecha de publicación en el BOE: 22-11-2014
Fecha de publicación en el BOE: 11-12-2015
Se realiza a través del botón de "Acceso al servicio online" en la parte superior de la ficha
O bien utilizando el siguiente formulario
La solicitud debe ir acompañada de la siguiente documentación:
Los documentos anteriores son imprescindibles para iniciar el procedimiento. Posteriormente, si se necesita documentación adicional, le será solicitada.
Todos los documentos que se aporten deberán ser oficiales y estar expedidos por las autoridades competentes para ello, de acuerdo con el ordenamiento jurídico del país de que se trate. Asimismo, en los casos en los que sea necesario, los documentos originales han de estar debidamente legalizados.
Las autoridades competentes para la compulsa de las fotocopias de los documentos son:
En cualquier registro público de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas y algunos de las Administraciones Locales (numerosos Ayuntamientos han suscrito convenios que les permiten actuar como Registro Público).
Las resoluciones de homologación de títulos extranjeros de educación superior se formalizarán mediante credencial expedida por la Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Retirada de la credencial
Pueden retirar la credencial personalmente o a través de persona o Gestoría debidamente autorizada mediante Poder Notarial o autorización escrita al efecto, con firma del interesado y acompañada de fotocopias del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte del interesado y de la persona autorizada.
Lugar y horario para la retirada de la credencial:
Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones
Calle Torrelaguna, 58
28027 MADRID
De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas
Servicio cerrado los días 24 y 31 de diciembre. En el caso de que algún otro día no pudiera ofrecerse este servicio, se anunciará con la debida antelación en esta misma página.
Entrega de la credencial en otras dependencias
El interesado podrá solicitar, mediante escrito dirigido a la Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones, que desea que su credencial se le envíe al Área de Alta Inspección de Educación en la Comunidad Autónoma en la que desee personarse para su retirada.
En su caso, podrá solicitar, a través del mismo cauce, que la credencial le sea enviada a la Consejería de Educación de la Embajada de España en donde desee proceder a su retirada.
Se recuerda que para la tramitación de los expedientes de homologación de títulos extranjeros NO deberá presentar originales de los títulos, programas o cualquier otra documentación, sino fotocopia compulsada de dichos documentos.
No obstante, si a pesar de todo lo anteriormente expuesto, el interesado ha presentado títulos o programas originales y desea retirar dicha documentación, deberá presentar una solicitud de devolución, dirigida a la Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones (dirección postal indicada en el punto anterior), adjuntando un sobre o caja PREPAGO (con el debido franqueo) acorde con el volumen o peso de la documentación a devolver en el que figure nombre y la dirección de destino y, para el caso de títulos o diplomas, un estuche cilíndrico con el mismo tipo de prepagado.
Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa
050580
A través de este trámite se puede solicitar la homologación o la convalidación de los títulos no universitarios obtenidos en el extranjero.
La homologación de títulos, diplomas o estudios extranjeros de educación no universitaria supone la declaración de la equivalencia con los títulos del sistema educativo español vigente.
La convalidación de estudios extranjeros por cursos españoles de educación no universitaria supone la declaración de la equivalencia de aquéllos con estos últimos a efectos de continuar estudios en un Centro docente español.
Pueden solicitar la homologación o la convalidación quienes hayan cursado estudios conforme a un sistema educativo extranjero.
No deberán realizar trámite alguno de convalidación de estudios el alumnado procedente de sistemas educativos extranjeros que desee incorporarse a cualquiera de los cursos de la Educación Primaria o la Educación Secundaria Obligatoria.
Tampoco procederá la convalidación para realizar estudios en cualquier nivel, curso o modalidad del sistema educativo español para cuyo acceso no sea requisito previo la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
Los títulos o estudios deben cumplir los siguientes requisitos para su homologación o convalidación:
No procederá la homologación o convalidación de los siguientes títulos o estudios:
ATENCIÓN: La información que se muestra a continuación no es válida si el domicilio indicado en la solicitud corresponde a las Comunidades Autónomas de Galicia, de Cataluña o del País Vasco, en cuyo caso deberá dirigierse a la correspondiente Cosnsejería.
Se realiza a través del botón de "Acceso al servicio online" en la parte superior de la ficha
Documentos preceptivos que han de presentarse junto con la solicitud:
Los documentos deberán ser oficiales y, en su caso, estar debidamente legalizados y venir acompañados de traducción oficial al castellano.
Acreditación del abono de la tasa correspondiente excepto cuando se solicite la homologación al título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
Para la homologación o convalidación por estudios españoles de Formación Profesional o de enseñanzas de Régimen Especial (enseñanzas artísticas y enseñanzas deportivas) debe acreditarse también:
Para la homologación o convalidación por estudios españoles de enseñanzas artísticas y enseñanzas deportivas se podrá requerir la presentación de los siguientes documentos:
En el supuesto de solicitudes de homologación a los estudios superiores de enseñanzas artísticas se habrá de aportar la fotocopia compulsada del título o, en su caso, de la certificación académica acreditativa de la superación de los estudios previos de educación secundaria (Bachillerato o equivalente).
Además, el órgano instructor podrá requerir cuantos documentos considere necesarios para la acreditación de la equivalencia entre los estudios extranjeros realizados y el título o estudios españoles con los que se pretende la homologación o convalidación.
Todos los documentos que se aporten a estos procedimientos deberán ser oficiales y estar expedidos por las autoridades competentes para ello, de acuerdo con el ordenamiento jurídico del país de que se trate
La legalización es el procedimiento de validación de las firmas de las autoridades que suscriben un documento mediante el cual se acredita la autenticidad de las mismas, con el objeto de su presentación en un tercer país.
En el supuesto de títulos o certificaciones académicas, la legalización consiste, con carácter general, en el reconocimiento de la firma de la autoridad educativa que expide el documento original (no de aquella que avale su compulsa o traducción).
No se exige ningún tipo de legalización para los documentos expedidos en Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. Igualmente, se eximen de legalización los documentos expedidos por Suiza, por acuerdo bilateral con la Unión Europea.
En los demás casos, los documentos expedidos en el extranjero que quieran hacerse valer en estos procedimientos deberán estar debidamente legalizados con arreglo a las siguientes condiciones:
El artículo 15.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, señala que la lengua de los procedimientos tramitados por la Administración General del Estado será el castellano. En consonancia con ello, los documentos expedidos en el extranjero que deseen hacerse valer en el procedimiento de convalidación de estudios extranjeros no universitarios deberán ir acompañados de traducción oficial al castellano.
La traducción oficial podrá hacerse:
En principio, salvo que la unidad de tramitación reclame los documentos originales, se presentarán fotocopias compulsadas de toda la documentación preceptiva. La compulsa es aquella diligencia realizada por la autoridad que corresponda (generalmente la unidad de registro que recibe los documentos), justificativa de que una fotocopia se corresponde fielmente con el documento original que reproduce. La copia deberá realizarse una vez estén legalizados los originales.
La solicitud podrá presentarse en:
Las solicitudes y escritos podrán presentarse en cualquiera de las dependencias contempladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Consulta las oficinas de registro
El artículo 15.2 del Real Decreto 104/1988, de 29 de enero, establece que los centros docentes podrán admitir con carácter condicional a aquellos alumnos cuyos expedientes de convalidación o de homologación hubieran sido iniciados y se encontrasen pendientes de resolución en las fechas en que finalicen los correspondientes plazos de admisión.
En relación con lo anterior y con objeto de hacer posible la inscripción condicional de los solicitantes dentro de los plazos legalmente establecidos, bien en centros docentes, bien en exámenes oficiales, las solicitudes podrán ir acompañadas de un documento firmado por el interesado o su representante legal y ajustado al modelo publicado como Anexo II de la Orden ECD/3305/2002.
Este documento, una vez sellado por la unidad de Registro donde hubiera sido presentada la solicitud, tendrá el carácter de volante acreditativo de que tal solicitud ha sido presentada y, dentro del plazo de vigencia del mismo, permitirá la mencionada inscripción en los mismos términos que si la homologación o convalidación hubiera sido concedida, aunque con carácter condicional y por el plazo en él fijado.
La expedición de dicho Volante se realiza bajo la personal responsabilidad del solicitante y no prejuzga la resolución final del expediente. En el caso de que la resolución no se produzca en los términos solicitados, quedará sin efecto la inscripción condicional y los resultados de los exámenes realizados como consecuencia de la misma.
La resolución de los expedientes de homologación o convalidación se realiza mediante Orden del titular de este Ministerio, firmada por delegación por el titular de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial o de la Dirección General de Formación Profesional, dependiendo del tipo de enseñanzas.
El contenido de las órdenes de homologación o convalidación se recoge en credenciales individuales expedidas por la Subdirección General respectiva, que serán entregadas a los interesados y que surtirán los mismos efectos que la documentación exigible al alumnado del sistema educativo español para acreditar la superación de los estudios de que se trate o, en su caso, la posesión del título español correspondiente.
El plazo para la resolución de los expedientes de homologación o convalidación es de 3 meses, a contar desde la fecha en que el expediente se encuentre correctamente cumplimentado.
La falta de resolución en plazo de los expedientes de homologación tiene efectos desestimatorios, de acuerdo con la disposición adicional 29ª de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social.
Esta desestimación presunta tiene los únicos efectos de permitir la interposición de los recursos procedentes, en vía administrativa o contencioso-administrativa. Se mantiene la obligación de la Administración de dictar una resolución expresa, que no queda vinculada al sentido del silencio.
La resolución del procedimiento pone fin a la vía administrativa, y puede ser impugnada mediante recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano administrativo que la dictó, o bien mediante recurso contencioso-administrativo, ante los tribunales de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
La
Cambio de centro por motivos justificados
Acceso al servicio onlinePlazo de presentación:ABIERTO desde el 15 de octubre de 2016 hasta el 15 de abril de 2017
Este procedimiento sólo se aplica a alumnos actualmente matriculados en otro centro.
Es imprescindible consultar la información sobre nuestra oferta educativa en nuestro portal.
Matrícula online de alumnos y alumnas en el Centro Integrado de Enseñanzas Regladas a Distancia del CIDEAD
Educación Primaria, ESO, Secundaria Obligatoria para Personas Adultas (ESPAD) y Bachillerato.
Personas que se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:
En el caso de los alumnos de Bachillerato que soliciten el traslado en fechas próximas a la convocatoria ordinaria, se valorará si pueden presentarse a los exámenes finales.
Secretaría del Centro Integrado de Enseñanzas Regladas a Distancia del CIDEAD.
Paseo del Prado 28, 8ª planta
28014 ? Madrid (España)
cidead@mecd.es indicando en el asunto: ?MATRÍCULA? seguido de la etapa educativa.
Ejemplo: ?MATRÍCULA PRIMARIA?, ?MATRÍCULA ESO?, ?MATRÍCULA BACHILLERATO? o ?MATRÍCULA ESPAD?
De lunes a viernes, desde las 10:00 hasta las 14:00 horas
200687
Acceso al servicio onlinePlazo de presentación:ABIERTO PERMANENTEMENTE
A través de este servicio se puede solicitar un certificado que acredita haber obtenido la homologación o convalidación de títulos o estudios de sistemas educativos extranjeros a sus equivalentes españoles de educación no universitaria, por causa de extravío de la credencial.
Interesados que hayan obtenido la homologación o convalidación de estudios extranjeros.
No debe aportar documentación adicional a la solicitud.
En cualquier registro público
Las solicitudes y escritos podrán presentarse en cualquiera de las dependencias contempladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Consulta las oficinas de registro
Certificado acreditativo de haber obtenido la homologación o convalidación, que se envía a la dirección postal indicada en la solicitud.
Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa
996058
Convocatoria 2014
Se publica la lista de aprobados (Ver apartado de Resoluciones)
Procedimientos selectivos para el ingreso y el acceso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria para plazas del ámbito territorial del Ministerio
Procedimientos selectivos de ingreso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria
Los interesados que estén posesión del título de licenciado, ingeniero, arquitecto o de Grado equivalente
Para ser admitido a los procedimientos selectivos de ingreso se deben reunir los requisitos generales y específicos indicados en la base 2 de la convocatoria
Documento de convocatoria oficial
Fecha de la publicación: 29 de abril de 2014
Las instrucciones para cumplimentar la solicitud están indicadas en la base tercera de la Orden de convocatoria.
Puede presentar las solicitudes a través del
La documentación que conforme a la indicada en la base 3 deba ser presentada junto a la solicitud de admisión.
Mediante certificado digital, los interesados podrán realizar su solicitud y realizar el el pago telemático de las tasas a través del registro electrónico de internet en el Portal del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, accediendo a la dirección http://www.seap.minhap.gob.es (Servicio- Empleo Público- Inscripción en los procesos selectivos) o también a través del Portal del ciudadano www.060.es ( inscripción en pruebas selectivas por internet)
Asimismo, sin necesidad de disponer de certificado digital, se podrá rellenar e imprimir el formulario de solicitud en la forma indicada en el apartado 3.1 de esta convocatoria y presentarla en el registro de la Dirección Provincial a cuya plaza participa o en el registro general del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o cualquiera de las dependencias a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, imprimiendo previamente la solicitud confirmada en la citada Oficina virtual
Las solicitudes y escritos podrán presentarse en cualquiera de las dependencias contempladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Consulta las oficinas de registro
(Publicado en la web el 21 de mayo de 2014)
Lista alfabética de aspirantes provisionalmente admitidos y excluidos
(Publicado en la web el 29 de mayo de 2014)
Resolución de 28 de mayo de 2014, por la que se anuncia la fecha de exposición de las listas definitivas de admitidos y excluidos (Publicado en la web el 2 de junio de 2014)
NOTA INFORMATIVA: Citación de los Tribunales. Comienzo de actuaciones fase oposición y sede del Tribunal (Publicado en la web el 13 de junio de 2014)
Tribunal de Ceuta
Tribunal de Melilla
Lista alfabética de aspirantes definitivamente admitidos y excluidos al procedimiento selectivo (Publicado en la web el 16 de junio de 2014)
Resolución de la Subsecretaría de 2 de julio de 2014, por la que se anuncia la fecha de exposición de las listas conteniendo la valoración provisional y definitiva de la fase de concurso así como de la lista de aspirantes que resulten seleccionados en el procedimiento selectivo (Publicado en la web el 4 de julio de 2014)
Resolución del Tribunal de Ceuta de Matemáticas, haciendo pública la lista de los aspirantes que han superado la fase de oposición, con indicación de la calificación final obtenida (Publicado en la web el 7 de julio de 2014)
Resolución del Tribunal de Melilla de Lengua Castellana y Literatura, haciendo pública la lista de los aspirantes que han superado la fase de oposición, con indicación de la calificación final obtenida (Publicado en la web el 7 de julio de 2014)
Resolución por la que se publica la valoración provisional de méritos de la fase de concurso del procedimiento selectivo al cuerpo de profesores de educación secundaria convocado por orden ECD/666/2014 de 22 de abril. Especialidad matemáticas, Ceuta. (Publicado en la web el 15 de julio de 2014)
Resolución de la Dirección Provincial de Melilla por la que se publica la valoración provisional de la fase de concurso de los aspirantes que han superado la fase de oposición. Especialidad: Lengua Castellana y Literatura (Publicado en la web el 18 de julio de 2014)
Resolución de la Dirección Provincial de Ceuta por la que se publica la lista con las puntuaciones definitivas de la fase de concurso de los aspirantes que han superado la fase de oposición. Especialidad de Matemáticas (Publicado en la web el 24 de julio de 2014)
Listado con las puntuaciones definitiva de la fase de concurso del procedimiento selectivo (Publicado en la web el 24 de julio de 2014)
Resolución de la Dirección Provincial de Melilla por la que se publica la lista con las puntuaciones definitivas de la fase de concurso de los aspirantes que han superado la fase de oposición. Especialidad Lengua Castellana y Literatura (Publicado en la web el 24 de julio de 2014)
Resolución de 23 de julio de la Dirección Provincial de Melilla por la que se publica la lista de aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo de ingreso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad Lengua Castellana y Literatura (Publicado en la web el 24 de julio de 2014)
Resolución de 23 de julio de 2014 de la Dirección Provincial de Ceuta por la que se publica la lista de aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo de ingreso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad de Matemáticas (Publicado en la web el 25 de julio de 2014)
Orden de 25 de agosto de 2014 por la que se nombra funcionarios en prácticas del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria a los aspirantes seleccionados en los procedimientos selectivos convocados por Orden ECD/666/2014,de 22 de abril (Publicado en la web el 1 de septiembre de 2014)
Resolución de la Subsecretaría de 2 de septiembre de 2014 , por la que se regula la fase de prácticas de los aspirantes seleccionados en los procedimientos selectivos de ingreso al cuerpo de profesores de enseñanza secundaria (Publicado en la web el 5 de septiembre de 2014)
Lista de aprobados (Publicado en la web el 1 de septiembre de 2014)
Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa
998509
Convocatoria 2015
Plazo de presentación:FINALIZADO
Procesos selectivos para ingreso al Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos
Fecha de publicación en el BOE: 27-01-2016
Fecha de publicación en el BOE: 11-02-2016
Por la que se convoca el proceso selectivo.
Las solicitudes y escritos podrán presentarse en cualquiera de las dependencias contempladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Consulta las oficinas de registro
Fecha de publicación en el BOE: 30-12-2016
AVISO:
Se comunica a los opositores que han superado las fases de oposición y concurso de la convocatoria para ingreso en el Cuerpo Facultativo de Conservadores de Museos que la semana del 13 al 17 de febrero de 2017 el Curso Selectivo tendrá lugar en el Auditorio de la Secretaria de Estado de Cultura en horario de 9:00 a 14:30 horas.
Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa
206519
Marruecos. Convocatoria 2017-2018
Acceso al servicio onlinePlazo de presentación:FINALIZADO
Profesores interinos en centros de la acción educativa española
Convocatoria de la Consejería de Educación en Marruecos para la formación de las listas de aspirantes a desempeñar puestos en régimen de interinidad de los Cuerpos de Maestros, de Profesores de Enseñanza Secundaria y de Profesores Técnicos de Formación Profesional contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en plazas docentes de los centros educativos de titularidad española en Marruecos para el curso 2017-2018.
Las especificadas en el texto de la convocatoria
Titulados que reúnan los requisitos establecidos en la base primera de la convocatoria
Los especificados en la convocatoria
Toda la información de la convocatoria se encuentra en la web de Marruecos
Fecha de publicación en la web: 18-01-2017
La especificada en la convocatoria. Debe adjuntarse a través de la sede electrónica.
Los candidatos deberán solicitar su participación en esta convocatoria a través de la sede electrónica accesible desde esta misma página (Acceso al servicio online).
Los solicitantes que no dispongan de certificado de firma electrónica deberán rellenar y confirmar su solicitud a través de la Sede electrónica del Ministerio de Educación, imprimirla, firmar el documento de solicitud y presentarlo dentro del plazo establecido, en la Consejería de Educación de la Embajada de España en Marruecos.
La solicitud irá dirigida a Convocatoria puestos en régimen de interinidad. Consejero de Educación de la Embajada de España en Marruecos (9, Av. Mohamed El Fassi, 10010 Rabat).
Con el fin de agilizar la gestión, el justificante de la presentación de la solicitud, bien en un registro presencial o por correo postal, se incorporará una vez escaneado a la Sede Electrónica.
Las solicitudes y escritos podrán presentarse en cualquiera de las dependencias contempladas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Consulta las oficinas de registro
Teléfonos: 00212-537767558/ 59 / 60
Consultas: interinos.ma@mecd.es
200334
Curso 2017-2018
Acceso al servicio onlinePlazo de presentación:FINALIZADO
Fase del procedimiento: Convocatorias a pruebas/entrevistas
De acuerdo con el apartado 8.5 de la Resolución de 15 de noviembre de 2016, se hace pública la relación provisional de candidatos convocados a pruebas/entrevistas para plazas en Estados Unidos y Canadá, con indicación de la fecha, lugar y hora de las mismas. Dicha relación puede encontrarse en el apartado ?Información del procedimiento entre la solicitud y la resolución definitiva?.
Se hace constar que dicha relación es provisional, y que aún no ha concluido el proceso de valoración previa de los perfiles académicos y profesionales de los candidatos cuya solicitud ha resultado admitida. En consecuencia, en los próximos días se hará pública una nueva relación de convocatorias más completa.
Los candidatos encontrarán información útil sobre las pruebas en las guías informativas habilitadas en el apartado ?Documentos informativos? de esta página web. Además, el personal de las Consejerías de Estados Unidos y Canadá está contactando con los candidatos para proporcionarles toda la información necesaria.
Asimismo, próximamente se hará pública la relación de candidatos convocados a las entrevistas para plazas en el Reino Unido, cuya celebración está prevista durante la primera quincena del próximo mes de mayo.
A través de este programa se puede solicitar una plaza para trabajar como profesor visitante en Estados Unidos, Canadá y Reino Unido.
Enseñanza infantil, primaria y secundaria.
Titulados según lo establecido en el Anexo II de la convocatoria.
878, distribuidas por países, estados y provincias en el Anexo I de la convocatoria.
Esta cifra podrá modificarse al alza o a la baja, en función de las necesidades de las autoridades educativas contratantes.
Además de los requisitos, cada país, estado o provincia establece unos méritos preferentes que serán determinantes a la hora de seleccionar candidatos, por lo que deberán tenerse en cuenta a la hora de elegir. Estos méritos se detallan en el Anexo II de la convocatoria.
La remuneración percibida por los candidatos seleccionados variará en función de la autoridad educativa contratante, su experiencia docente y su formación académica.
Los candidatos seleccionados deberán asumir los costes del viaje para su incorporación al centro educativo de destino, así como cualquier otro gasto derivado de la obtención del visado, del permiso de trabajo, o de la documentación que le sea requerida.
Las autoridades educativas participantes ofrecerán a los profesores seleccionados, antes de su incorporación al puesto, un contrato en los términos que ambas partes acuerden en lo que se refiere a condiciones laborales y a su fecha y forma, de conformidad con la legislación laboral de Estados Unidos, Canadá o Reino Unido y de la autoridad educativa contratante.
Los profesores visitantes quedarán sometidos, en lo que se refiere a temas fiscales y de servicios de salud, a lo que la legislación de Estados Unidos, Canadá o Reino Unido determine, sin perjuicio de otras obligaciones que pudieran derivarse de la legislación española respecto a dichas materias.
Fecha de publicación en la BDNS: 17-11-2016
Fecha de publicación en el BOE: 22-11-2016
NOTA IMPORTANTE: Los solicitantes deben prestar especial atención al apartado 4.2. de la convocatoria en cuanto a horarios de inscripción y registro de la solicitud en el último día de plazo.
Instrucciones alta en Profex e inscripción y registro solicitudes
La documentación acreditativa de requisitos y méritos deberá adjuntarse en formato pdf al apartado de la aplicación Profex que corresponda, con un tamaño máximo de 3MB por fichero. En caso de que el fichero tenga un tamaño superior, deberá comprimirse mediante un sistema de compresión ZIP o RAR para no exceder el límite. La documentación relativa a requisitos no podrá ser admitida a trámite si no se presenta en formato electrónico, o a través de vías diferentes a la señalada. Del mismo modo, no podrá ser tenida en cuenta la documentación relativa a méritos que no se presente en formato electrónico, o a través de vías diferentes a la señalada.
Los candidatos deberán adjuntar obligatoriamente a su solicitud en Profex , de acuerdo con los requisitos técnicos que se especifican al inicio de este apartado, la siguiente documentación:
Los solicitantes podrán adjuntar, en el subapartado que corresponda, del apartado «Currículum» de la aplicación Profex , de acuerdo con los requisitos técnicos que se especifican al inicio de este apartado, la siguiente documentación:
Deberá tenerse en cuenta que, en algunos estados de Estados Unidos, en Canadá y en Reino Unido, según se detalla en el Anexo II, no se valora el título administrativo que acredita la condición de Funcionario de Carrera de los Cuerpos aludidos si no se está en posesión del C.A.P. o del Máster que habilita para el ejercicio de la función docente en los niveles educativos mencionados.
En ningún caso se tendrán en cuenta los contratos para acreditar la experiencia docente.
Los candidatos deberán solicitar su participación en este Programa a través de la aplicación Profex .
Con antelación a la inscripción de la solicitud, el solicitante deberá haberse registrado y haber cumplimentado su currículum en dicha aplicación, adjuntando a dicho currículum la documentación acreditativa de requisitos y méritos, de acuerdo a lo señalado en el apartado anterior.
En la solicitud se deberá indicar si la plaza por la que se opta corresponde a Canadá, a Estados Unidos o a Reino Unido. Solamente se podrá elegir un país y, en el caso de Estados Unidos, solo se podrá elegir un estado.
Los solicitantes que dispongan de un certificado reconocido de firma electrónica, según lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, modificada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, podrán, una vez inscrita, registrar su solicitud a través de la aplicación Profex, sin necesidad de aportarla en formato papel.
Los solicitantes que no dispongan de certificado de firma electrónica deberán inscribir su solicitud a través de la aplicación Profex, imprimir y firmar el documento pdf que se genera tras la inscripción de la solicitud y registrarlo presencialmente en el Registro General del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, calle Los Madrazo, 17, 28071 Madrid, en cualquiera de sus Registros Auxiliares, en los Registros de las Consejerías de Educación de las Comunidades Autónomas, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero o en cualquiera de las dependencias previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los solicitantes que opten por presentar su solicitud en una oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que pueda ser fechada y sellada antes de ser certificada, a fin de acreditar la presentación dentro del plazo.
No podrán admitirse a trámite aquellas solicitudes que no se inscriban y registren de acuerdo con lo señalado en los párrafos anteriores.
Una vez concluido el proceso de valoración de los expedientes, se convoca a pruebas y/o entrevistas a aquellos candidatos admitidos que mejor responden a los perfiles demandados por las autoridades norteamericanas y británicas.
La convocatoria se realiza a través de una citación en Profex, en la que se indica el lugar, día y hora en que cada candidato debe personarse. Igualmente, se publica en esta página web un listado de todos los candidatos convocados, con sus respectivas citaciones.
Las pruebas y/o entrevistas se llevarán a cabo por las autoridades educativas del país contratante y tendrán lugar en Madrid durante la segunda quincena de abril para los candidatos convocados para optar a plazas en Estados Unidos o Canadá y la primera quincena de mayo para los candidatos convocados para el Reino Unido.
El listado de convocados a pruebas / entrevistas para el Reino Unido país se publicará próximamente en esta página web.
Los candidatos encontrarán información útil sobre las pruebas en las guías informativas habilitadas en el apartado ?Documentos informativos? de esta página web. Además, el personal de las Consejerías de Estados Unidos y Canadá y del Reino Unido se pondrá en contacto con los candidatos convocados para proporcionarles más información.
Las consultas sobre el procedimiento pueden realizarse por cualquiera de los medios que se encuentran en la página de Información administrativa
051070