Equivalencia de notas medias de estudios universitarios realizados en centros extranjeros
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Información general
Descripción
Procedimiento para aplicar las escalas y tablas de equivalencia de notas medias de estudios y títulos universitarios extranjeros, teniendo en cuenta la Resolución de 21 de marzo de 2016 y la Resolución de 21 de julio de 2016, y obtener la nota media equivalente a la escala de calificación de las universidades españolas.
Información de la solicitud
Plazo de presentación
Abierto permanentementeMás información sobre la solicitud
Por Resolución de 21 de julio de 2016, de la Dirección General de Política Universitaria se complementa la relación de las escalas de calificación de los estudios o títulos universitarios extranjeros y las equivalencias al sistema de calificación de las universidades españolas, que fueron publicadas por Resolución de 21 de marzo de 2016, de esta misma Dirección General.
Este procedimiento se establece para aquellos supuestos en que la equivalencia es necesaria para presentarse a un proceso de concurrencia competitiva, sustituyendo al que era gestionado por ANECA.
Información del procedimiento entre la solicitud y la resolución definitiva
El procedimiento se instrumenta en los siguientes pasos:
1) El formulario de ?declaración de equivalencia de la nota media de expedientes académicos universitarios realizados en centros extranjeros? debe ser cumplimentado con la información del expediente académico y se selecciona la escala de calificación que corresponde a los estudios realizados. Después se deben añadir los datos de calificaciones obtenidas en la escala original y las equivalencias de calificaciones que corresponden a la escala española de 5-10. El formulario calcula automáticamente la nota media final del expediente académico.
2) Terminado dicho proceso, se podrá imprimir la ?Declaración de equivalencia de nota media? para presentarla ante la entidad que se lo ha requerido (admisión a estudios, convocatorias, concursos, etc.)
3) La declaración de equivalencia será revisada por los órganos instructores de los procedimientos, que deberán verificar los datos consignados en la declaración para dar validez a la misma. Solo surtirá efecto si va acompañada del certificado académico oficial original o fotocopia debidamente compulsada del mismo, y en su caso la traducción correspondiente.
- Resolución de 21 de marzo de 2016
- Anexo I. Escalas de calificación de países extranjeros
- Anexo II. Tablas de equivalencias por países
- Resolución de 21 de julio de 2016
- Anexo I. Relación complementaria de escalas
- Anexo II. Tablas de equivalencias por paises
- Anexo III. Instrucciones para declaración de equivalencias de nota media para estudios en centros extranjeros
Contacto
Las dudas sobre el procedimiento se pueden formular en notamedia.uni@mecd.es
Otra información
Código SIA
203615
Oficinas de la administración
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SERVICIOS CENTRALES
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GERENCIA DE INFRAESTRUCTURAS Y EQUIPAMIENTOS DE CULTURA
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MUSEO NACIONAL DEL PRADO
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