Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades

  • ## Resumen Este trámite permite a las PYMEs con alta inversión en I+D+I obtener un certificado para solicitar aplazamientos o fraccionamientos de pago de deudas tributarias con dispensa de garantía. **Quién puede usar este servicio:** Pequeñas y Medianas Empresas (PYME) con alta intensidad inversora en I+D+I. **Antes de empezar:** * Asegúrate de cumplir con los requisitos para ser considerado PYME de alta intensidad inversora en I+D+I. * Ten a mano la documentación necesaria para acreditar el cumplimiento de los requisitos. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos en los apartados 3.c) y 5.d) del artículo 46 del Reglamento General de Recaudación. * Comunicación de datos BIOPYME: [Comunicación de datos BIOPYME ](/dam/jcr:3f65ce8c-bb6e-47da-81e1-0315da29cac8/Comunicacion%20de%20Datos%20BIOPYME.pdf) * Declaración responsable PYME: [Declaración responsable ](/dam/jcr:fc9bd7d6-b79a-4dbf-b3f3-35d0dfe84381/Declaracion%20responsable%20PYME.pdf) **Requisitos previos:** * Ser una Pequeña o Mediana Empresa (PYME). * Tener alta intensidad inversora en I+D+I. * Tener cuotas pendientes de devolución de ayudas en forma de préstamo de convocatorias específicas (subprograma de Investigación Aplicada Colaborativa, INNPACTO y Retos Colaboración). **Costes y plazos:** * Este trámite no tiene coste. * El plazo para la presentación de las solicitudes fue del 1 al 31 de marzo de 2022, ambos inclusive. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Reúne la documentación necesaria. 2. Accede a la sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación. 3. Completa la solicitud con la información requerida. 4. Adjunta la documentación. 5. Envía la solicitud. **Información sobre cada etapa:** * La solicitud se realiza a través de la sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación: [Acceso a la solicitud](https://ciencia.sede.gob.es/procedimientos/portada/ida/2651/idp/1168) * Guía de solicitud del certificado BIOPYME: [Guía de solicitud del certificado BIOPYME ](/dam/jcr:71ad9d44-e7cf-4c1e-b283-748a39d02bbe/Guia_solicitud_Certificado_BIOPYME_2022.pdf) ## Ayuda **Contacto:** * Consultas sobre la convocatoria y solicitud (BIOPYME): [certificado\_biopyme@ciencia.gob.es](mailto:certificado_biopyme@ciencia.gob.es) **Recursos adicionales:** * Orden PCM/519/2020 sobre BIOPYME: [Orden PCM/519/2020 sobre BIOPYME ](/dam/jcr:a64a7065-c3dc-4275-88bb-5f03161b85e0/Orden%20PCM.519.pdf) * Corrección de errores de la Orden PCM/519/2020: [Corrección de errores de la Orden PCM/519/2020 ](/dam/jcr:589874d1-552a-4404-a74a-a8b6b219fb92/Correccion%20errores%20Orden%20PCM.519.pdf) * Orden PCM/523/2021 sobre BIOPYME: [Orden PCM/523/2021 sobre BIOPYME ](/dam/jcr:3389fdb5-56ea-4a68-b76e-ef32ede87fe3/Orden%20PCM.523.pdf) ## Descripción La Orden regula la expedición de una certificación para PYME de alta intensidad inversora en I+D+I, para acompañar a la presentación de solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento con dispensa de garantía a la Delegación de Hacienda competente, identificando las entidades y deudas que se acogen a esta orden. El objetivo es proporcionar a las Delegaciones de Economía y Hacienda documentación que les permita analizar el carácter transitorio de las dificultades económico-financieras de las empresas y su futura viabilidad. ## Objetivos La Orden reglamenta: * La expedición de una certificación por parte del Ministerio de Ciencia e Innovación cuya finalidad será la identificación de los expedientes que entran dentro del ámbito de su aplicación. * La identificación de determinados documentos para que las PYMES comprendidas en dicho ámbito de aplicación puedan presentar en los procedimientos de aplazamiento y fraccionamiento, con dispensa de garantía, para contribuir a entender cumplidos los requisitos exigidos en los apartados 3.c) y 5.d) del artículo 46 del Reglamento General de Recaudación aprobado por Real Decreto 939/2005, de 20 de julio. * La concreción de algunos términos y condiciones de dichos aplazamientos o fraccionamientos con dispensa de garantía acordados, en su caso, por la Delegación de Economía y Hacienda competente. El certificado se podrá solicitar para las cuotas pendientes de devolución de ayudas en forma de préstamo, concedidos en las convocatorias del subprograma de Investigación Aplicada Colaborativa y el subprograma INNPACTO del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011 y Retos Colaboración del Plan Estatal de Investigación Científico y Técnica y de Innovación 2013-2016, prorrogado durante el 2017 por acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de diciembre de 2016,correspondientes a los sectores o acciones estratégicas del Plan Nacional 2008-2011: Biotecnología (010000), Farmacéutico (090000), Salud (300000) y Actuación especial Salud (900000).En el caso del subprograma Retos-Colaboración, los proyectos deberán pertenecer al RETO 1 «salud, cambio demográfico y bienestar». ## Beneficiarios Las Pequeñas y Medianas Empresas (PYME) de alta intensidad inversora en I+D+I. ## Orden Orden PCM/519/2020, de 9 de junio, por la que se concretan determinados aspectos del procedimiento para el aplazamiento y fraccionamiento del pago con dispensa de garantía a pequeñas y medianas empresas de alta intensidad inversora en I+D+I, para las cuotas de préstamos de determinadas convocatorias de los subprogramas Investigación Aplicada Colaborativa, INNPACTO y Retos Colaboración.

  • ## Resumen Este certificado está dirigido a PYMEs con alta inversión en I+D+I. Facilita la solicitud de aplazamientos o fraccionamientos de pago de deudas tributarias, ofreciendo a Hacienda información sobre la viabilidad de la empresa. ## Objetivos * Identificar los expedientes que entran dentro del ámbito de aplicación. * Facilitar la documentación necesaria para los procedimientos de aplazamiento y fraccionamiento con dispensa de garantía. * Establecer los términos y condiciones de dichos aplazamientos o fraccionamientos. El certificado se puede solicitar para cuotas pendientes de devolución de ayudas en forma de préstamo de convocatorias específicas (Investigación Aplicada Colaborativa, INNPACTO, Retos Colaboración) en los sectores de Biotecnología, Farmacéutico, Salud y Actuación especial Salud. ## Beneficiarios Pequeñas y Medianas Empresas (PYME) con alta inversión en I+D+I. ## Cómo solicitarlo El plazo de solicitud fue del 1 al 31 de marzo de 2023. La solicitud se realizó a través de la sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación. * [Acceso a la solicitud](https://ciencia.sede.gob.es/procedimientos/portada/ida/2651/idp/1168) ## Documentos de interés * [Orden PCM/519/2020 sobre BIOPYME](/dam/jcr:a64a7065-c3dc-4275-88bb-5f03161b85e0/Orden%20PCM.519.pdf) * [Corrección de errores de la Orden PCM/519/2020](/dam/jcr:589874d1-552a-4404-a74a-a8b6b219fb92/Correccion%20errores%20Orden%20PCM.519.pdf) * [Orden PCM/523/2021 sobre BIOPYME](/dam/jcr:3389fdb5-56ea-4a68-b76e-ef32ede87fe3/Orden%20PCM.523.pdf) * [Guía de solicitud del certificado BIOPYME](/dam/jcr:f0435b33-f163-421b-b7ef-e08032dec593/GuiaSolicitudBIOPYME2023_acc.pdf) * [Comunicación de datos BIOPYME](/dam/jcr:d9e41807-25bb-463b-b879-903ac7081e9d/ComunicacionDatosBIOPYME.docx) * [Declaración responsable](/dam/jcr:c23f222f-6828-4dc1-9e0d-23c58439f5cb/DeclaracionResponsablePYME.docx) ## Ayuda Para consultas sobre la convocatoria y solicitud (BIOPYME), contactar a: * [certificado_biopyme@ciencia.gob.es](mailto:certificado_biopyme@ciencia.gob.es)

  • ## Resumen Este trámite permite a las PYMEs con alta inversión en I+D+I obtener un certificado del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Este certificado facilita la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento de deudas tributarias con Hacienda, sin necesidad de presentar garantías. **Quién puede usar este servicio:** * Pequeñas y medianas empresas (PYME) con alta intensidad inversora en I+D+I. **Plazos:** * Solicitud: del 1 al 31 de marzo de 2024. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Comunicación de datos BIOPYME (disponible para descargar en formato Word). * Declaración responsable (disponible para descargar en formato Word). **Costes:** * Este trámite es gratuito. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. Preparar la documentación requerida: Comunicación de datos y Declaración responsable. 2. Acceder a la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades a través de este enlace: [Acceso a la solicitud](https://ciencia.sede.gob.es/procedimientos/portada/ida/2651/idp/1168). 3. Completar y presentar la solicitud online adjuntando la documentación. ## Después de hacerlo * El Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades evaluará la solicitud. * Si la solicitud es aprobada, se emitirá el certificado BIOPYME. * Con el certificado, la PYME puede solicitar el aplazamiento o fraccionamiento de deudas tributarias ante la Delegación de Hacienda correspondiente. ## Ayuda **Contacto:** * Para consultas sobre la convocatoria y la solicitud, contactar a través del correo electrónico: [certificado_biopyme@ciencia.gob.es](mailto:certificado_biopyme@ciencia.gob.es) **Recursos adicionales:** * [Guía de solicitud del certificado BIOPYME](https://ciencia.sede.gob.es/procedimientos/portada/ida/2651/idp/1168) (PDF). * [Orden PCM/519/2020 sobre BIOPYME](https://ciencia.sede.gob.es/procedimientos/portada/ida/2651/idp/1168) (PDF). * [Corrección de errores de la Orden PCM/519/2020](https://ciencia.sede.gob.es/procedimientos/portada/ida/2651/idp/1168) (PDF). * [Orden PCM/523/2021 sobre BIOPYME](https://ciencia.sede.gob.es/procedimientos/portada/ida/2651/idp/1168) (PDF).

  • ## Resumen Este trámite permite a las PYMEs con alta inversión en I+D+I obtener un certificado del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Este certificado facilita la solicitud de aplazamientos o fraccionamientos de deudas tributarias ante la Delegación de Hacienda, demostrando la viabilidad económica de la empresa. Quién puede usar este servicio: * Pequeñas y Medianas Empresas (PYME) con alta intensidad inversora en I+D+I. Antes de empezar: * Asegúrate de que tu empresa cumple con los requisitos de PYME y de inversión en I+D+I. * Ten a mano la documentación necesaria para acreditar estos requisitos. ## Lo que necesitas Documentos requeridos: * Documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos en los apartados 3.c) y 5.d) del artículo 46 del Reglamento General de Recaudación. Costes y plazos: * Este trámite no tiene coste. * El plazo de solicitud es del 1 al 31 de marzo de 2025. ## Cómo hacerlo Paso a paso del proceso: 1. Prepara la documentación necesaria. 2. Accede a la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. 3. Completa la solicitud con la información requerida. 4. Adjunta la documentación. 5. Presenta la solicitud dentro del plazo establecido. Información sobre cada etapa: * La solicitud se realiza online a través de la sede electrónica del Ministerio. ## Después de hacerlo Qué sucede después: * El Ministerio evaluará la solicitud y emitirá el certificado, si procede. ## Ayuda Contacto: * Para consultas sobre la convocatoria y la solicitud, puedes contactar a través del correo electrónico: [certificado_biopyme@ciencia.gob.es](mailto:certificado_biopyme@ciencia.gob.es) Recursos adicionales: * [Guía de solicitud del certificado BIOPYME ](/dam/jcr:69b5d3c9-c3f7-45a9-a57b-64ed05789a54/GuiaSolicitudCertificadoBiopyme2025_accWEB.pdf) * [Comunicación de datos BIOPYME ](/dam/jcr:a58e8790-c82b-4c92-9552-a95bcb604e0e/comunicacion-de-datos-biopyme.docx) * [Declaración responsable ](/dam/jcr:c46a2f4a-5691-40f0-b169-0526db4b36ff/declaracionResponsablePyme.docx) * [Orden PCM/519/2020 sobre BIOPYME ](/dam/jcr:a64a7065-c3dc-4275-88bb-5f03161b85e0/Orden%20PCM.519.pdf) * [Corrección de errores de la Orden PCM/519/2020 ](/dam/jcr:589874d1-552a-4404-a74a-a8b6b219fb92/Correccion%20errores%20Orden%20PCM.519.pdf) * [Orden PCM/523/2021 sobre BIOPYME ](/dam/jcr:3389fdb5-56ea-4a68-b76e-ef32ede87fe3/Orden%20PCM.523.pdf)

  • ## Resumen Este trámite permite a los investigadores obtener el certificado R3, reconocido en procesos selectivos para personal investigador en universidades y otros organismos públicos de investigación. Este certificado valora la calidad e independencia investigadora del solicitante. ## Descripción La Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación (Ley 14/2011) establece que los investigadores pueden obtener un certificado R3 que acredite su estatus como investigador establecido. Este certificado se considera en los procesos de selección de personal investigador en diversas instituciones públicas, incluyendo universidades, organismos públicos de investigación y centros del Sistema Nacional de Salud. El certificado R3 se valora como mérito investigador en los procesos selectivos, pudiendo eximir o compensar parte de las pruebas o fases de evaluación curricular. La Agencia Estatal de Investigación (AEI) es el organismo competente para evaluar los requisitos de calidad de la producción y actividad científico-tecnológica necesarios para obtener el certificado R3. El objetivo es evaluar la trayectoria de investigadores nacionales y extranjeros, reconociendo su calidad e independencia investigadora y permitiéndoles obtener la certificación R3, cumpliendo con el perfil europeo de investigador establecido. ## Ayuda ### Consultas generales [Formulario de consultas generales](https://www.ciencia.gob.es/site-web/Formularios/ConsultasGenerales.html) ### Consultas sobre incidencias informáticas [Formulario de consultas informáticas](https://www.ciencia.gob.es/Formularios/ConsultasInformaticas.html)

  • De acuerdo con el Artículo 5 de la Orden CIN/506/2010, de 26 de febrero (BOE-A-2010-3694), las personas jurídicas están obligadas a presentar las solicitudes, escritos y comunicaciones relativos a estos procedimientos por medio de este Registro Electrónico. Para las personas físicas la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones por medio de este Registro Electrónico tendrá carácter preferente, pero será voluntaria, siendo la alternativa la presentación en los lugares señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10565), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Asimismo el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10565), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que reglamentariamente, las Administraciones podrán establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

    En aplicación de esta previsión, será preciso estar a lo que dispongan las bases reguladoras de las distintas ayudas.

  • De acuerdo con el Artículo 5 de la Orden CIN/506/2010, de 26 de febrero (BOE-A-2010-3694), las personas jurídicas están obligadas a presentar las solicitudes, escritos y comunicaciones relativos a estos procedimientos por medio de este Registro Electrónico. Para las personas físicas la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones por medio de este Registro Electrónico tendrá carácter preferente, pero será voluntaria, siendo la alternativa la presentación en los lugares señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10565), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Asimismo el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10565), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que reglamentariamente, las Administraciones podrán establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

    En aplicación de esta previsión, será preciso estar a lo que dispongan las bases reguladoras de las distintas ayudas.

  • De acuerdo con el Artículo 5 de la Orden CIN/506/2010, de 26 de febrero (BOE-A-2010-3694), las personas jurídicas están obligadas a presentar las solicitudes, escritos y comunicaciones relativos a estos procedimientos por medio de este Registro Electrónico. Para las personas físicas la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones por medio de este Registro Electrónico tendrá carácter preferente, pero será voluntaria, siendo la alternativa la presentación en los lugares señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10565), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Asimismo el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10565), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que reglamentariamente, las Administraciones podrán establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

    En aplicación de esta previsión, será preciso estar a lo que dispongan las bases reguladoras de las distintas ayudas.

  • ## Resumen Esta convocatoria busca impulsar la carrera de investigadores, tanto españoles como extranjeros, para que puedan desarrollar su trabajo en el Sistema Español de Ciencia, Tecnología y de Innovación (SECTI). ## Lo que necesitas * **Plazo de solicitud:** Del 3 de julio al 23 de julio a las 14:00 (hora peninsular española). ## Cómo hacerlo 1. Accede a la solicitud a través de este enlace: [Acceso a la solicitud](https://www.aei.gob.es/convocatorias/buscador-convocatorias/consolidacion-investigadora-2024) ## Ayuda * **Consultas generales:** [Formulario de consultas generales](https://www.ciencia.gob.es/site-web/Formularios/ConsultasGenerales.html) * **Consultas sobre la convocatoria y la solicitud (CNS):** [cns.solicitud@aei.gob.es](mailto:cns.solicitud@aei.gob.es) * **Consultas sobre incidencias informáticas:** [Formulario de consultas informáticas](https://www.ciencia.gob.es/Formularios/ConsultasInformaticas.html) * **Consultas sobre el Sistema de Entidades (SISEN):** [registroentidades@aei.gob.es](mailto:registroentidades@aei.gob.es)

  • Este servicio permite consultar los documentos del registro electrónico, así como la obtención de copias electrónicas de los mismos y del justificante de registro. Las firmas de los documentos a su vez pueden ser validadas a través de la plataforma Valide, también accesible desde la sede electrónica.

    De acuerdo con el Artículo 5 de la Orden CIN/506/2010, de 26 de febrero (BOE-A-2010-3694), las personas jurídicas están obligadas a presentar las solicitudes, escritos y comunicaciones relativos a estos procedimientos por medio de este Registro Electrónico. Para las personas físicas la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones por medio de este Registro Electrónico tendrá carácter preferente, pero será voluntaria, siendo la alternativa la presentación en los lugares señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10565), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Asimismo el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10565), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que reglamentariamente, las Administraciones podrán establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

    En aplicación de esta previsión, será preciso estar a lo que dispongan las bases reguladoras de las distintas ayudas.

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