## Resumen Estas ayudas buscan atraer talento investigador que esté desarrollando su carrera en el extranjero, para impulsar la captación y formación de capital humano en áreas estratégicas para España. También buscan mejorar la calidad del personal docente e investigador en las universidades españolas. ## Lo que necesitas * **Requisitos:** * Las universidades públicas deben cumplir con las obligaciones legales. * Cada universidad puede solicitar un máximo de 5 ayudas. ## Cómo hacerlo Las universidades deben presentar la solicitud con la documentación requerida: * Tipo de ayuda solicitada (senior o junior). * Proyecto de necesidad docente. * Proyecto de necesidad de investigación y transferencia del conocimiento. * Proceso para integrar al candidato seleccionado al finalizar el contrato. * Impacto esperado en la universidad. * Currículum vitae abreviado (máximo 3 por solicitud). Las personas candidatas deben facilitar a la universidad la siguiente documentación: * Currículum vitae abreviado (con documentación acreditativa de vinculación contractual en el extranjero). * Proyecto docente. * Proyecto de investigación y transferencia del conocimiento. * Impacto en la formación, empleabilidad o trayectoria académica y profesional. Las solicitudes deben presentarse en inglés y español, siguiendo las instrucciones de formato especificadas. ## Ayuda * **Contacto:** * Correo electrónico: [beatrizgalindo@ciencia.gob.es](mailto:beatrizgalindo@ciencia.gob.es) * **Documentos:** * [Extracto de la orden de 30 de diciembre de 2024 por la que se convocan por tramitación anticipada las ayudas Beatriz Galindo para el ejercicio 2024](/dam/jcr:6460ba47-2821-4cee-896c-6bfb5c6ddb6f/BOE_BeatrizGalindo24.pdf) * [Orden Ministerial por la que se aprueba, por tramitación anticipada, la convocatoria de ayudas Beatriz Galindo correspondiente al año 2024, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación (PEICTI) 2024-2027](/dam/jcr:7a3a39a5-5c4b-41ce-8c12-b4f3d67a9596/ConvocatoriaBG24.pdf) * [Novedades y Preguntas Frecuentes](/dam/jcr:548a2565-7eca-4312-bacd-986736cb636a/FAQ_BG24.pdf) * [Instrucciones para cumplimentar el formulario de solicitud](/dam/jcr:d6991b63-4297-4ef0-a341-9a5f159c7ac0/InstruccionesformularioBG_24.pdf)
De acuerdo con el Artículo 5 de la Orden CIN/506/2010, de 26 de febrero (BOE-A-2010-3694), las personas jurídicas están obligadas a presentar las solicitudes, escritos y comunicaciones relativos a estos procedimientos por medio de este Registro Electrónico. Para las personas físicas la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones por medio de este Registro Electrónico tendrá carácter preferente, pero será voluntaria, siendo la alternativa la presentación en los lugares señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10565), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10565), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que reglamentariamente, las Administraciones podrán establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.
En aplicación de esta previsión, será preciso estar a lo que dispongan las bases reguladoras de las distintas ayudas.
De acuerdo con el Artículo 5 de la Orden CIN/506/2010, de 26 de febrero (BOE-A-2010-3694), las personas jurídicas están obligadas a presentar las solicitudes, escritos y comunicaciones relativos a estos procedimientos por medio de este Registro Electrónico. Para las personas físicas la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones por medio de este Registro Electrónico tendrá carácter preferente, pero será voluntaria, siendo la alternativa la presentación en los lugares señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10565), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10565), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que reglamentariamente, las Administraciones podrán establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.
En aplicación de esta previsión, será preciso estar a lo que dispongan las bases reguladoras de las distintas ayudas.
De acuerdo con el Artículo 5 de la Orden CIN/506/2010, de 26 de febrero (BOE-A-2010-3694), las personas jurídicas están obligadas a presentar las solicitudes, escritos y comunicaciones relativos a estos procedimientos por medio de este Registro Electrónico. Para las personas físicas la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones por medio de este Registro Electrónico tendrá carácter preferente, pero será voluntaria, siendo la alternativa la presentación en los lugares señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10565), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10565), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que reglamentariamente, las Administraciones podrán establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.
En aplicación de esta previsión, será preciso estar a lo que dispongan las bases reguladoras de las distintas ayudas.
## Resumen Estas ayudas están pensadas para que los investigadores en formación (FPU) puedan pasar un tiempo en centros de investigación de otros países o de España. El objetivo es mejorar su formación y darles experiencia internacional. **Quién puede usar este servicio:** Beneficiarios de las ayudas FPU. ## Lo que necesitas * **Requisitos:** * Para estancias breves: Haber disfrutado de la ayuda FPU durante al menos 9 meses. * Para traslados temporales: Haber disfrutado de la ayuda FPU durante al menos 24 meses. * **Costes:** No aplica, es una ayuda. ## Cómo hacerlo 1. **Solicitud:** A través de la sede electrónica del Ministerio. 2. **Plazo:** Del 14 de enero al 14 de febrero de 2022. 3. **Documentación:** La que se indica en la convocatoria. ## Después de hacerlo Una vez finalizada la estancia, deberás presentar una memoria final, un certificado del centro donde estuviste y otro de reincorporación a tu centro en España. ## Ayuda * **Contacto:** * Consultas sobre la convocatoria y la solicitud: [solicitantes.fpu@ciencia.gob.es](mailto:solicitantes.fpu@ciencia.gob.es) * Consultas sobre la incorporación, modificación de fechas y renuncias: [estanciasbreves.fpu@ciencia.gob.es](mailto:estanciasbreves.fpu@ciencia.gob.es) * Consultas sobre la justificación científica: [seguimiento.cte@ciencia.gob.es](mailto:seguimiento.cte@ciencia.gob.es) * **Recursos adicionales:** * Información en la Base de Datos Nacional de Subvenciones: [Información en la base de Datos Nacional de Subvenciones](https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/596604) * Orden de la convocatoria: [Orden de 23 de noviembre de 2021 por la que se convocan ayudas complementarias destinadas a beneficiarios de ayudas de Formación del Profesorado Universitario del Subprograma Estatal de Formación en I+D+i](/dam/jcr:0f9e8616-642f-48fa-82f1-8c77b7ad674e/Orden_convocatoria_ayudas_complementarias_FPU_SEF.pdf) * Extracto de la Orden: [Extracto de la Orden de 23 de noviembre de 2021](/dam/jcr:c4698b2e-2106-4956-aeea-513bf77b93f8/BOE_ExtractoOrden_Convocatoria.pdf) * Autorización del Centro de Adscripción: [Autorización del Centro de Adscripción](/dam/jcr:d770f5ff-a564-4d15-a75f-09815a5e6759/2022_Autorizacion_Centro_Adscripcion.pdf) * Carta de admisión del centro receptor: [Carta de admisión del centro receptor](/dam/jcr:723c388b-4150-4d3c-9e61-d5d0f7fc53ac/2022-admision-centro-receptor.pdf) * Memoria de objetivos de la estancia: [Memoria de objetivos de la estancia](/dam/jcr:999f1d6f-090d-4a0e-a7ff-385e18d648e1/2022_memoria_justificativa.pdf) * Nota informativa con las candidaturas a seleccionar para una ayuda a la movilidad: [Nota informativa con las candidaturas a seleccionar para una ayuda a la movilidad](/dam/jcr:95284460-4bbb-4a4d-9e95-dad8de23e81b/Nota_Informativa_EST22.pdf) * Certificado del centro receptor de la estancia: [Certificado del centro receptor de la estancia](/dam/jcr:3e5fd0f6-e0d2-4695-b056-40043cf80b66/CertificadoCentroReceptorEstancia.pdf) * Memoria final de la estancia: [Memoria final de la estancia](/dam/jcr:2a4c823e-73c5-4d8c-8c33-2098814240f7/MemoriaFinalEstancia.pdf) * Certificado de reincorporación: [Certificado de reincorporación](/dam/jcr:70db7f59-8e83-4ecb-8ba8-d8478c0962f4/CertReincorporacion.pdf) * Preguntas más frecuentes sobre estancias: [Preguntas más frecuentes sobre estancias](/dam/jcr:0ed11570-7386-4ea2-8ff3-7ad3f0ca0556/PreguntasFrecuentesEstanciasBreves.pdf) * Tutorial para el envío de justificación científica: [Tutorial para el envío de justificación científica](/dam/jcr:5c9e5d04-5ed9-4b00-b9e6-7cff4aed4179/tutorial-eebb-2021-1.pdf) * Preguntas más frecuentes sobre la justificación de la estancia: [Preguntas más frecuentes sobre la justificación de la estancia](/dam/jcr:55f834b6-e087-426e-aac5-e1affef7939d/faq-eebb-2021-1.pdf) * Solicitud de modificación de fechas de la estancia: [Solicitud de modificación de fechas de la estancia](/dam/jcr:8823f034-e4fd-4a84-a36e-fdf2502344b4/SolicitudModificacion.pdf) * Renuncia a la estancia: [Renuncia a la estancia](/dam/jcr:80f24c03-fb56-4489-bd49-127f3aa98bea/solicitud_renuncia_EST22.pdf)
De acuerdo con el Artículo 5 de la Orden CIN/506/2010, de 26 de febrero (BOE-A-2010-3694), las personas jurídicas están obligadas a presentar las solicitudes, escritos y comunicaciones relativos a estos procedimientos por medio de este Registro Electrónico. Para las personas físicas la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones por medio de este Registro Electrónico tendrá carácter preferente, pero será voluntaria, siendo la alternativa la presentación en los lugares señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10565), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE-A-2015-10565), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que reglamentariamente, las Administraciones podrán establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.
En aplicación de esta previsión, será preciso estar a lo que dispongan las bases reguladoras de las distintas ayudas.
## Resumen Estas ayudas buscan que los investigadores en formación puedan realizar estancias en centros de investigación de prestigio, tanto en España como en el extranjero, para mejorar su formación y capacidad técnica. **Quién puede usar este servicio:** Beneficiarios del programa de Formación del Profesorado Universitario (FPU) que estén realizando su tesis doctoral. ## Lo que necesitas * **Requisitos:** * Para estancias breves: Haber completado al menos 9 meses de la ayuda FPU o equivalente. * Para traslados temporales: Haber completado al menos 24 meses de la ayuda FPU. * **Costes:** No especificado. * **Plazos:** Los plazos de solicitud ya han finalizado para la convocatoria de 2021. ## Cómo hacerlo 1. **Solicitud:** La solicitud se realizaba online a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación. 2. **Evaluación:** Las solicitudes eran evaluadas en régimen de concurrencia competitiva, teniendo en cuenta el impacto en la formación, el historial del equipo de investigación y la viabilidad del proyecto. ## Después de hacerlo * **Justificación:** Tras la estancia, se debe presentar una memoria final, un certificado del centro receptor y un certificado de reincorporación al centro de origen. ## Ayuda * **Contacto:** * Correo electrónico para consultas: [estanciasbreves.fpu@ciencia.gob.es](mailto:estanciasbreves.fpu@ciencia.gob.es) * **Recursos adicionales:** * Documentos de la convocatoria y resoluciones disponibles en la sección de documentos.
## Resumen Estas ayudas están pensadas para que los beneficiarios del programa FPU puedan realizar estancias breves o traslados temporales en centros de investigación, tanto en España como en el extranjero. El objetivo es impulsar su formación científica y técnica. ## Beneficiarios * **Estancias Breves:** Dirigidas a quienes disfrutan de una ayuda FPU y han completado al menos 9 meses de la misma. * **Traslados Temporales:** Para quienes disfrutan de una ayuda FPU y han completado al menos 24 meses de la misma. ## Lo que necesitas * **Duración de las estancias:** * Estancias breves: 2 o 3 meses (excepcionalmente 1 mes en España). * Traslados temporales: mínimo 6 meses, máximo 9 meses. * **Dotación:** * Alojamiento y manutención: 25 €/día en España, hasta 50 €/día en el extranjero (según el país). * Gastos de viaje (solo extranjero): hasta 600 € (Europa) o 1.200 € (resto del mundo). * Seguro médico (si es necesario): hasta 200 €/mes. ## Cómo hacerlo 1. **Solicitud:** A través del botón "Acceso al servicio online". Se requiere firma electrónica (DNI-e, certificado electrónico o usuario/contraseña de la sede electrónica). 2. **Documentación a adjuntar:** * Autorización del Centro de Adscripción. * Carta de admisión del centro receptor. * Memoria de objetivos de la estancia. * Declaración justificativa (si la estancia es en los últimos seis meses de la ayuda FPU). ## Evaluación Las solicitudes se evalúan en concurrencia competitiva por un Comité Técnico de la ANECA, considerando: * Impacto en la formación (40 puntos). * Historial del equipo de investigación (20 puntos). * Interés y viabilidad del proyecto (40 puntos). ## Después de hacerlo Al finalizar la estancia, debes presentar en tu centro de adscripción: * Memoria final de la estancia. * Certificado del centro receptor. * Certificado de reincorporación a tu centro en España. ## Ayuda * **Consultas sobre la convocatoria y la solicitud:** [solicitantes.fpu@ciencia.gob.es](mailto:solicitantes.fpu@ciencia.gob.es) * **Consultas sobre la incorporación, modificación de fechas y renuncias:** [estanciasbreves.fpu@ciencia.gob.es](mailto:estanciasbreves.fpu@ciencia.gob.es) * **Consultas sobre la justificación científica:** [seguimiento.cte@ciencia.gob.es](mailto:seguimiento.cte@ciencia.gob.es) [Descargar ZIP](https://example.com/descargar-zip) (enlace ficticio, el original no tiene href)
## Resumen Estas ayudas están pensadas para estudiantes del programa FPU que quieran hacer estancias cortas o traslados temporales en otros centros de investigación. El objetivo es que mejoren su formación y aprendan nuevas técnicas en un entorno internacional. **Quién puede usar este servicio:** Beneficiarios del programa FPU que cumplan con los requisitos de meses mínimos de disfrute de la ayuda. ## Lo que necesitas * **Documentos requeridos:** * Autorización del centro de adscripción. * Carta de admisión del centro receptor. * Memoria de objetivos de la estancia. * **Costes:** No especificado. * **Plazos:** * Comienzo: 22/12/23 * Fin: 25/01/24 ## Cómo hacerlo 1. **Solicitud:** Rellenar la solicitud online a través del botón "Acceso al servicio online" y firmarla con DNI-e, certificado electrónico o usuario y contraseña. 2. **Documentación:** Adjuntar la documentación requerida. 3. **Evaluación:** Un comité técnico evaluará las solicitudes en régimen de concurrencia competitiva. ## Criterios de Evaluación Las solicitudes se evaluarán según los siguientes criterios: 1. Impacto en la formación, empleabilidad o trayectoria académica y profesional del candidato/a (hasta 40 puntos). 2. Historial científico-técnico del equipo de investigación en el que se integre el candidato/a (hasta 20 puntos). 3. Interés científico y viabilidad del proyecto y duración de la estancia solicitada (máximo 40 puntos). ## Después de hacerlo Una vez finalizada la estancia, se debe presentar: * Certificado del centro receptor. * Memoria final. * Certificado de reincorporación al centro de adscripción. ## Ayuda * **Contacto:** * Consultas sobre la convocatoria y la solicitud: [solicitantes.fpu@ciencia.gob.es](mailto:solicitantes.fpu@ciencia.gob.es) * Consultas sobre la incorporación, modificación de fechas y renuncias: [estanciasbreves.fpu@ciencia.gob.es](mailto:estanciasbreves.fpu@ciencia.gob.es) * Consultas sobre la justificación científica: [seguimiento.cte@ciencia.gob.es](mailto:seguimiento.cte@ciencia.gob.es) * **Recursos adicionales:** * [Información en la Base de Datos Nacional de Subvenciones](https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias/733584) * [Guía para solicitantes](/dam/jcr:88a9e068-318e-429b-936c-34249f5eb968/Guia-del-solicitante-de-EST24.pdf) * [Preguntas más frecuentes sobre la justificación científica de la estancia](/dam/jcr:9737f884-140a-45fb-afdd-b94423ace7c9/faq_jc_est24.pdf)
## Resumen Estas ayudas están pensadas para estudiantes del programa FPU. El objetivo es que puedan pasar un tiempo en centros de investigación de otros países o de España, para mejorar su formación y aprender nuevas técnicas relacionadas con su tesis doctoral. ## Lo que necesitas * **Documentos requeridos:** * Autorización del centro donde estás haciendo la tesis. * Carta de aceptación del centro donde quieres ir. * Un resumen de lo que esperas conseguir durante la estancia. ## Cómo hacerlo 1. **Solicitud:** Rellena la solicitud online a través del enlace proporcionado. 2. **Documentación:** Adjunta los documentos requeridos (autorización, carta de admisión y memoria). 3. **Evaluación:** Un comité de expertos revisará tu solicitud. La evaluación tendrá en cuenta: * El impacto de la estancia en tu formación. * La trayectoria del grupo de investigación al que te unirás. * El interés y viabilidad del proyecto que realizarás. ## Beneficiarios * **Estancias breves:** Estudiantes FPU (convocatorias anteriores a 2022) con al menos 9 meses de ayuda FPU completados. * **Traslados temporales:** Estudiantes FPU (convocatorias anteriores a 2022) con al menos 24 meses de ayuda FPU completados. ## Dotación * Ayuda para alojamiento y manutención: 25€/día en España, hasta 50€/día en el extranjero. * Gastos de viaje: hasta 600€ (Europa) o 1200€ (resto del mundo). * Seguro médico: hasta 200€/mes (si la tarjeta sanitaria europea no es válida en el país de destino). ## Convocatoria * [Resolución de 30 de diciembre de 2024 por la que se aprueba por tramitación anticipada la convocatoria de ayudas complementarias destinadas a beneficiarios FPU correspondiente al año 2024](/dam/jcr:b0f5d47c-b67b-400b-8f88-00d0a66db1a6/EST25_ResolucionConvocatoriaAyudasComplementarias.pdf) * [Extracto de la Resolución de 30 de diciembre de 2024 por la que se aprueba por tramitación anticipada la convocatoria de ayudas complementarias destinadas a beneficiarios FPU correspondiente al año 2024](/dam/jcr:2c27739d-8b8c-43c8-b307-2487bb96a971/BOE_ExtractoAyudasComplementarias25.pdf) ## Documentos de solicitud * [Guía para solicitantes](/dam/jcr:395b4d0a-92ba-41cd-93e9-edd6b9e642cb/Gu%C3%ADa%20del%20solicitante%20de%20EST25.pdf) * [Autorización del Centro de Adscripción](/dam/jcr:20540a2c-3ea6-4e07-b6d7-3ed0e34a2169/est2025-autorizacion-centro-adscripcion.pdf) * [Carta de admisión del centro receptor](/dam/jcr:19cb6ec9-ec1d-4960-b076-423d6c457f30/est2025-admision-centro-receptor.pdf) * [Memoria de objetivos de la estancia](/dam/jcr:cd984724-308f-4ae9-9a85-babaf0e74222/est2025-memoria-justificativa.pdf) ## Ayuda * **Consultas sobre la convocatoria y la solicitud:** [solicitantes.fpu@ciencia.gob.es](mailto:solicitantes.fpu@ciencia.gob.es) * **Consultas sobre la incorporación, modificación de fechas y renuncias:** [estanciasbreves.fpu@ciencia.gob.es](mailto:estanciasbreves.fpu@ciencia.gob.es) * **Consultas sobre la justificación científica:** [seguimiento.cte@ciencia.gob.es](mailto:seguimiento.cte@ciencia.gob.es)