Informe de arraigo social en Cataluña
Es un informe preceptivo para acreditar la integración social en el proceso de obtención de una autorización de residencia temporal por arraigo social.
Leer másLa solicitud de informe se presentará preferentemente Ayuntamiento donde la persona solicitante tenga su domicilio habitual, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen Jurídico de las administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común.
El pago de la tasa debe ser siempe previo a la solicitud del informe y es necesario disponer de una tarjeta bancaria (crédito o débito).
A quién va dirigido
Es un informe preceptivo para acreditar la integración social en el proceso de obtención de una autorización de residencia temporal por arraigo social.
Organismo responsable
Normativa
Trámites relacionados
- Informe de integración social para renovar/modificar la residencia temporal
- Informe de adecuación de la vivienda para la renovación de familiares reagrupados
- Informe de adecuación de la vivienda
Pagar la tasa y solicitar el informe
Plazos
Se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación
Documentación que debe adjuntarse a la solicitud:
Documentación genérica:
- Original o fotocopia completa compulsada del pasaporte en vigor.
Documentación específica:
- Justificante del pago de la tasa:
El pago de la tasa se ha de efectuar a través del Paso 1 Pagar la tasa y seguir las instrucciones de este paso.- Si el pago se ha efectuado on-line, mediante tarjeta de crédito o débito, el justificante será la impresión del comprobante que emitirá el sistema una vez efectuado el pago.
- Si el pago se ha efectuado mediante red de cajeros automàticos "Servicaixa",con tarjeta de crédito o débito, el justificante será el comprobante que se imprime en el cajero una vez se ha efectuado el pago.
También debe aportarse: original y fotocopia o fotocopia compulsada de la documentación acreditativa del tiempo de permanencia del interesado en su domicilio habitual, los medios económicos de los que disponga, los vínculos familiares con residentes en España y los esfuerzos de integración a través del seguimiento de programas de inserción sociolaborales y culturales (conocimiento de la sociedad catalana), de conocimientos suficiente de la lengua catalana y / o castellana o de colaboración en redes sociales.
Requisitos
Requisito genérico:
- Ser persona extranjera no comunitaria.
- Ser mayor de edad (o mayor de 16 años con autorización del representante legal).
- Encontrarse en situación administrativa irregular o con permanencia autorizada por razones de protección internacional.
Tasas
Antes de solicitar el informe se deberá pagar una tasa de 21 euros (consultad el Paso 1 Pagar la tasa).
Otras informaciones
El Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, mediante la Secretaría de Igualdad, Migraciones y Ciudadanía, emitirá un informe de arraigo social favorable o desfavorable en función de que se acredite suficientemente la integración social de la persona interesada.
El informe se basará en la documentación que acompañe la solicitud y, en su caso, en la información consultada a otras administraciones u organismos.
Podéis consultar información sobre la permanencia en el Estado Español, los medios económicos o de vida, los vínculos familiares, los programas de inserción y la competencia lingüística básica en las páginas 8, 9, 10 y 11 de la Instrucción DGI/BSF/1/2014 por la que se establecen criterios generales para la elaboración de los informes de extranjería competencia de la Generalitat de Cataluña.
Recordad que el pago de la tasa debe ser siempre previo a la solicitud del informe y es necesario disponer de una tarjeta bancaria (crédito o débito).
Por internet
- Primero es necesario acceder al enlace Pagar la tasa o desde el botón Acceder, que se puede encontrar más arriba. Desde este enlace se puede descargar y enviar a tramitar el formulario de pago de la tasa, siguiendo las instrucciones de la página. De esta manera, cuando se acabe de realizar el trámit, se recibirá un acuse de recibo y una carta de pago.
- Con la carta de pago que se obtiene, se deberá efectuar el pago de la tasa. Es necesario disponer de una tarjeta bancaria (crédito o débito) i hacerlo por una de estas vias:
- Por Internet, a través de la dirección: https://portal.lacaixa.es/pagos/impuestosrecibosmatriculas_ca.html, con tarjeta de crédito o débito de cualquier entidad bancaria.
- Mediante la red de cajeros automáticos "Servicaixa": con tarjeta de crédito o débito de cualquier entidad bancaria o, si se dispone de una, con una libreta o cuenta corriente de "La Caixa"/CaixaBank.
Podéis consultar las condiciones técnicas necesarias para realizar los trámites en Trámites gencat.
Para dudas o incidencias durante la tramitación por Internet podéis llamar al 012.
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)
Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs
Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya
Calle Provença 339, 08037, Barcelona
Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)
Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus
Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)
Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona
Tel. 932723100
Consorci Hospitalari de Vic
Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic
Tel. 938891111
Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)
Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona
Tel. 932275706
Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)
Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona
Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)
Carrer Girona 20, 08010, Barcelona
Consorci del Parc Fluvial del Llobregat
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