Evaluación de la actividad investigadora (sexenios): universidades privadas y centros adscritos
Los méritos de investigación se evalúan por tramos, cada uno de los cuales tiene que estar formado por seis años de investigación, entendiendo por año un año natural completo (del 1 de enero al 31 de diciembre, o fracciones anuales iguales o superiores a ocho meses).
Las evaluaciones favorables de los tramos presentados, además de acreditar el hecho de que durante este periodo el PDI ha desarrollado su actividad investigadora de manera satisfactoria, servirán también para las finalidades que se establezcan en los citados convenios.
AQU Catalunya ha firmado convenios con las universidades privadas y con centros adscritos para evaluar los méritos individuales de la actividad investigadora del PDI doctor, de acuerdo con los criterios y el procedimiento que la Agencia aplica en la evaluación de la actividad investigadora del PDI funcionario y contratado, de las universidades públicas.
- Convocatoria 2016: del 20 de junio al 22 de julio de 2016, ambos incluidos.
A quién va dirigido
Al personal docente e investigador doctor de las universidades privadas y centros adscritos.
Organismo responsable
Solicitar la evaluación
Plazos
Las solicitudes para la evaluación de la actividad investigadora del PDI doctor de las universidades privadas y centros adscritos, se tienen que presentar del 20 de junio al 22 de julio de 2016, ambos incluidos.
Documentación
Una vez que haya enviado la solicitud a tramitar y haya recibido el acuse de recibo con el ID de la tramitación, puede adjuntar la documentación y, si corresponde, realizar el pago de la tasa correspondiente. Se debe anexar toda la documentación sólo en formato digital a Trámites Gencat (no hace falta enviar una copia en papel). El plazo para hacerlo es de 10 días naturales a contar a partir del día siguiente del envío de la solicitud:
1. Título de doctor. Sólo para doctorados extranjeros y en los casos en que el solicitante no autorice la consulta de datos telemáticos a la PICA, Plataforma de Integración y Colaboración Administrativa.
2. Certificado universidad. Certificado, emitido por la persona responsable de recursos humanos/personal de la universidad privada o centro adscrito correspondiente, que certifique el cumplimiento de los requisitos establecidos en el apartado 3 de la convocatoria de referencia.
3. Currículum Vitae completo (modelo AQU Catalunya o modelo del ministerio competente en materia de universidades con los índices de impacto).
4. Currículum Vitae abreviado (modelo AQU Catalunya), en el que el solicitante hará constar, para el periodo de seis años sometido a evaluación, las aportaciones que considere más relevantes hasta un máximo de cinco. Las aportaciones deberán tener en cuenta los requisitos siguientes:
- Todas las aportaciones tienen que ser clasificables como ordinarias según la Orden ministerial de 2 de diciembre de 1994, publicada en el BOE de 3 de diciembre de 1994 (http://www.aqu.cat/doc/doc_26837176_1.pdf). En las citas de todas las aportaciones habrá que hacer constar los datos necesarios para su localización e identificación.
- Cada aportación irá compañada de un breve resumen, de un máximo de 150 palabras, que contenga los objetivos y resultados más relevantes de la investigación. Se podrán sustituir los resúmenes individuales por uno único que haga referencia a todas las contribuciones.
- Habrá que aportar los indicios de calidad de la investigación que se refieren en el artículo 7.4 de la Orden de 2 de diciembre de 1994, publicada en el BOE de 3 de diciembre de 1994.
- En el caso que las aportaciones sean fruto de una obra colectiva, cada uno de los autores podrá incorporar la referida investigación en su CV, haciendo constar los correspondientes resúmenes de contribución personal al trabajo colectivo.
- Cuando la aportación sea una patente habrá que incorporar el fichero en formato PDF de la concesión de la patente y/o el contrato de compra-venta/contrato de licencia.
- Las aportaciones que no contengan ni el resumen (con los objetivos, resultados más relevantes de la investigación y la contribución del solicitante) ni los indicios de calidad, no serán consideradas en la evaluación.
5. DNI o pasaporte. Sólo en los casos en que el solicitante no autorice la consulta de datos telemáticos a la PICA, Plataforma de Integración y Colaboración Administrativa.
6. Documentación acreditativa de la vinculación:
a. Hoja de servicios o certificado, emitido por otras universidades a las cuales se haya estado vinculado, que acredite el periodo (día/mes/año) y la categoría que se haya ocupado.
b. Si la investigación se ha realizado en un centro que no conste en la hoja de servicios, habrá que adjuntar una copia de contratos, nombramientos, credenciales de becario o documentos similares que acrediten la vinculación contractual o administrativo con el centro (superior o de investigación).
7. Título de familia numerosa (PDI universidades privadas). Sólo en los casos en que el solicitante no autorice la consulta de datos telemáticos a la PICA, Plataforma de Integración y Colaboración Administrativa.
8. Otra documentación, si corresponde, que puede ser requerida durante el proceso de revisión y evaluación
Requisitos
En general, los requisitos para presentarse a la convocatoria son los siguientes:
- Posesión del título de doctor.
- Vinculación con la universidad o centro adscrito.
- Haber completado seis años de actividad investigadora.
Tasas
La tasa correspondiente se debe satisfacer en un plazo máximo de diez días a contar a partir del día siguiente del envío de la solicitud.
- 30% de descuento para los miembros de famílias numerosas de categoría general y de familias monoparentales (*).
- 50% de descuento para las personas miembros de famílias numerosas de categoria especial (*).
(*) Si la persona solicitante no autoriza la consulta de datos telemáticos a la Plataforma de Integración y Colaboración Administrativa (PICA), para disfrutar de esta bonificación deberá adjuntar una fotocopia del título de família numerosa.
Nota: Para el PDI de los centros adscritos no hay tasa asociada a este trámite.
Otras informaciones
Tramos evaluables
Los méritos de investigación se evalúan por tramos:
- Cada tramo debe abarcar seis años de investigación.
- Por años se entienden años naturales completos (del 1 de enero al 31 de diciembre), únicamente las fracciones anuales iguales o superiores a ocho meses se computarán como año natural.
- Los años que componen un tramo pueden ser consecutivos, o no, excepto en el supuesto de evaluación única.
La primera vez que un/a profesor/a hace evaluar su actividad de investigación, tiene que determinar el año a partir del cual solicita la evaluación. La actividad realizada con anterioridad a la fecha que fije no se tendrá en cuenta en evaluaciones posteriores.
Asimismo, la primera vez se puede optar por la evaluación normal de los tramos de investigación, por la evaluación única o por las dos en solicitudes diferentes, una para cada modalidad de evaluación.
Evaluación normal
La evaluación normal consiste en la evaluación de un tramo de investigación de seis años, que pueden ser consecutivos o no.
En caso de que se solicite más de una evaluación normal debe presentar tantas solicitudes como evaluaciones normales se pidan.
En el caso de evaluación desfavorable, se puede presentar en años posteriores una nueva solicitud de evaluación, en la que se pueden incluir hasta cinco de los seis años evaluados negativamente, y al menos un año debe ser posterior al último año del periodo evaluado negativamente. En caso de que en una misma convocatoria se haya obtenido una evaluación normal desfavorable y una evaluación normal favorable de un tramo posterior,o bien se hayan obtenido dos o más evaluaciones normales desfavorables, sólo puede someterse nuevamente a evaluación la actividad investigadora de los años correspondientes al último tramo valorado.
Evaluación única
- La evaluación única consiste en la evaluación de uno o varios tramos que finalicen como muy tarde el 31 de diciembre de 2002. Esta modalidad de evaluación solamente se puede pedir la primera vez que se solicita la evaluación de la actividad investigadora.
- Solamente se puede hacer una evaluación única de tramos completos formados por años enteros consecutivos, es decir, el número de años del periodo que se debe evaluar tiene que ser múltiplo de seis (6, 12, 18, 24, etc.).
- En el caso de evaluación única desfavorable, los años que forman parte de esta no pueden volver a ser evaluados.
Criterios de evaluación
La Comisión de Evaluación de la Investigación (CAR) evalúa la actividad desarrollada por el personal investigador y hace la valoración de los méritos individuales de investigación del personal docente e investigador, funcionario y contratado para la asignación de complementos retributivos.
La CAR desarrolla su actividad mediante comisiones específicas.
- Convocatoria 2016: del 20 de junio al 22 de julio de 2016, ambos incluidos.
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
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Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona
Tel. 932723100
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Tel. 938891111
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Tel. 932275706
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