Evaluación de la actividad investigadora (sexenios): universidades públicas

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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La Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Cataluña (AQU Catalunya) evalúa los méritos individuales de la actividad investigadora del personal docente e investigador funcionario y contratado de las universidades públicas catalanas.

Si la evaluación es positiva, se concreta en un complemento adicional por méritos de investigación en una cuantía anual individual y consolidable que asigna el consejo social de cada universidad, a propuesta del respectivo consejo de gobierno.

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Los méritos de investigación se evalúan por tramos, cada uno de los que debe abastar seis años de investigación.

Las solicitudes para la evaluación de la actividad investigadora se han de presentar en los plazos siguientes:

  • Para el PDI contratado: del 11 de enero al 5 de febrero de 2016, ambos incluidos.
  • Para el PDI funcionario: del 20 de junio al 22 de julio de 2016, ambos incluidos.

A quién va dirigido

Al personal docente e investigador funcionario y contratado por las universidades públicas catalanas.

Solicitar la evaluación

Plazos

  • Los méritos de investigación se evaluan por tramos, cada uno de los que debe abastar seis años de investigación.
  • Las solicitudes para la evaluación de la actividad investigadora se han de presentar en los plazos siguientes:
    • Para el PDI contratado: del 11 de enero al 5 de febrero de 2016, ambos incluidos.
    • Para el PDI funcionario: del 20 de junio al 22 de julio de 2016, ambos incluidos.

Documentación

Una vez que haya enviado la solicitud a tramitar y haya recibido el acuse de recibo con el ID de la tramitación, puede adjuntar la documentación y realizar el pago de la tasa correspondiente. Se debe anexar toda la documentación sólo en formato digital a Trámites Gencat (no hace falta enviar una copia en papel). El plazo para hacerlo es de 10 días naturales a contar a partir del día siguiente del envío de la solicitud:

  

a) Para funcionarios que hayan sometido su actividad investigadora a la evaluación de la CNEAI y esta evaluación sea positiva:

  1. DNI o pasaporte. Sólo en caso de que el solicitante no autorice la consulta de datos telemáticos en la Plataforma de Integración y Colaboración Administrativa, PICA.
  2. Evaluación CNEAI. Sólo en caso de que el solicitante no autorice a realizar la consulta de todos los datos relativos a la evaluación sobre el periodo solicitado a la Comisión Nacional de Evaluación de la Actividad Investigadora (CNEAI) o al organismo responsable de evaluación de sexenios de investigación.
    NOTA: Si el solicitante autoriza a hacer la consulta, NO hay que adjuntar el documento de resolución.


b) Para el resto de casos:

  1.  DOC Currículum Vitae Abreviado. Modelo normalizado que hay que descargar desde este enlace, guardar, rellenar y enviar a través de Trámites Gencat.
      - Cada aportación irá acompañada de un breve resumen, de un máximo de 150 palabras, que contenga los objetivos, resultados más relevantes de la investigación y la descripción de la participación del solicitante. Se podrán sustituir los resúmenes individuales por uno solo que haga referencia a todas las contribuciones.
      - Las aportaciones presentadas deberán haber sido publicadas en los años sometidos a evaluación. No se tendrán en cuenta las publicaciones aceptadas pero no publicadas durante estos años.
      - Las aportaciones presentadas en el currículo normalizado abreviado que no contengan ni el resumen (con los objetivos, resultados más relevantes de la investigación y la contribución del solicitante) ni los indicios de calidad, no serán consideradas en la evaluación.
      - En el caso que alguna de las aportaciones presentadas sea una patente, es necesario o bien que haya estado concedida por el organismo competente, o bien que esté en explotación. Habrá que aportar la copia en formato PDF de la concesión de la patente o el contrato de compraventa/contrato de licencia. 
      
  2.  DOC Currículum Vitae. Modelo normalizado que hay que descargar desde este enlace, rellenar, guardar y enviar a través de Trámites Gencat.
  3. DNI o pasaporte (sólo en caso de que el solicitante no autorice la consulta de datos telemáticos en la Plataforma de Integración y Colaboración Administrativa, PICA).
  4. Hoja de servicios actualizada.
  5. Vinculación. Para acreditar la vinculación que no figura en la hoja de servicios, deben adjuntarse los contratos, nombramientos o credenciales de becario donde conste su vinculación con la institución de educación superior. En caso de que en el objeto del contrato o en los documentos acreditativos de la vinculación no se haga referencia expresa a que haya desarrollado actividades de investigación y/o docencia, la persona solicitante deberá aportar la siguiente documentación: la memoria de investigación de la institución donde conste su nombre, un certificado con las tareas realizadas (emitido por la institución donde se demuestre que se han realizado tareas de docencia y/o de investigación) y las publicaciones derivadas del período en que haya trabajado en esta institución.


Tramo de investigación y transferencia de tecnología:

Para solicitar el tramo de investigación y transferencia es necesario que la persona solicitante haya obtenido con carácter previo a esta convocatoria la evaluación positiva de al menos un tramo de su actividad de investigación. En la solicitud se deberá indicar si se opta por la evaluación de transferencia de tecnología. En este caso, la persona solicitante deberá adjuntar, además de la documentación indicada en el apartado anterior, la resolución de la obtención de la evaluación positiva de su actividad investigadora. En cuanto al CV abreviado deberá aportar las evidencias que acrediten el cumplimiento de los criterios de evaluación recogidos en el anexo 3 de los criterios específicos para la evaluación de la actividad de investigación del personal docente e investigador de las universidades públicas de Catalunya para la asignación de los complementos adicionales por méritos de investigación.

Requisitos

  1. El personal docente e investigador funcionario de carrera debe estar integrado en alguno de los cuerpos docentes universitarios siguientes:
    • Catedrático / a de universidad.
    • Profesorado titular de universidad.
    • Catedrático / a de escuela universitaria.
    • Profesorado titular de escuela universitaria.
  2. El personal docente e investigador contratado en las universidades públicas catalanas debe formar parte de alguna de las categorías de profesorado siguientes:
    • Catedrático / a.
    • Profesorado agregado.
    • Profesorado colaborador permanente que esté en posesión del título de doctor.
    • Profesorado lector.

Tasas

La tasa correspondiente se debe satisfacer en un plazo máximo de diez días a contar a partir del día siguiente del envío de la solicitud.

  • 30% de descuento para los miembros de famílias numerosas de categoría general y de familias monoparentales (*).
  • 50% de descuento para las personas miembros de famílias numerosas de categoria especial (*).

 (*) Si la persona solicitante no autoriza la consulta de datos telemáticos a la Plataforma de Integración y Colaboración Administrativa (PICA), para disfrutar de esta bonificación deberá adjuntar una fotocopia del título de família numerosa.

Otras informaciones

Tramos evaluables

Los méritos de investigación se evalúan por tramos:

  1. Cada tramo debe abarcar seis años de investigación.
  2. Por años se entienden años naturales completos (del 1 de enero al 31 de diciembre), únicamente las fracciones anuales iguales o superiores a ocho meses se computarán como año natural.
  3. Los años que componen un tramo pueden ser consecutivos, o no, excepto en el supuesto de evaluación única.

La primera vez que un/a profesor/a hace evaluar su actividad de investigación, tiene que determinar el año a partir del cual solicita la evaluación. La actividad realizada con anterioridad a la fecha que fije no se tendrá en cuenta en evaluaciones posteriores.
Asimismo, la primera vez se puede optar por la evaluación normal de los tramos de investigación, por la evaluación única o por las dos en solicitudes diferentes, una para cada modalidad de evaluación.

Evaluación normal
La evaluación normal consiste en la evaluación de un tramo de investigación de seis años, que pueden ser consecutivos o no.

En caso de que se solicite más de una evaluación normal debe presentar tantas solicitudes como evaluaciones normales se pidan.


En el caso de evaluación desfavorable, se puede presentar en años posteriores una nueva solicitud de evaluación, en la que se pueden incluir hasta cinco de los seis años evaluados negativamente, y al menos un año debe ser posterior al último año del periodo evaluado negativamente. En caso de que en una misma convocatoria se haya obtenido una evaluación normal desfavorable y una evaluación normal favorable de un tramo posterior,o bien se hayan obtenido dos o más evaluaciones normales desfavorables, sólo puede someterse nuevamente a evaluación la actividad investigadora de los años correspondientes al último tramo valorado.

Evaluación única

  1. La evaluación única consiste en la evaluación de uno o varios tramos que finalicen como muy tarde el 31 de diciembre de 2001, para el PDI funcionario, y hasta el 31 de diciembre de 2002, para el PDI contratado. Esta modalidad de evaluación solamente se puede pedir la primera vez que se solicita la evaluación de la actividad investigadora.
  2. Solamente se puede hacer una evaluación única de tramos completos formados por años enteros consecutivos, es decir, el número de años del periodo que se debe evaluar tiene que ser múltiplo de seis (6, 12, 18, 24, etc.).
  3. En el caso de evaluación única desfavorable, los años que forman parte de esta no pueden volver a ser evaluados.

Criterios de evaluación
La Comisión de Evaluación de la Investigación (CAR) evalúa la actividad desarrollada por el personal investigador y hace la valoración de los méritos individuales de investigación del personal docente e investigador, funcionario y contratado para la asignación de complementos retributivos.
La CAR desarrolla su actividad mediante comisiones específicas.

Plazos
Del11.01.2016al 05.02.2016
Del20.06.2016al 22.07.2016
  • Los méritos de investigación se evaluan por tramos, cada uno de los que debe abastar seis años de investigación.
  • Las solicitudes para la evaluación de la actividad investigadora se han de presentar en los plazos siguientes:
    • Para el PDI contratado: del 11 de enero al 5 de febrero de 2016, ambos incluidos.
    • Para el PDI funcionario: del 20 de junio al 22 de julio de 2016, ambos incluidos.

Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

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Tel. 902627781

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