Procedimiento de autorizaciones de pesca de coral rojo.
Descripción
Procedimiento a seguir por los pescadores para la obtención de la autorización bienal de pesca de coral.
Documentación requerida en la solicitud
- Fotocopia compulsada del Rol de la embarcación que se pretende utilizar, donde consten las características de esta y los despachos efectuados, aportando la «Lista de Tripulantes», en la que debe figurar como «Personal a bordo» el solicitante de autorización.
- Fotocopia compulsada del Título de buceador profesional que habilite para descender a las profundidades a las que se pretende extraer el coral, expedido, reconocido u homologado por la comunidad autónoma, debiendo estar en vigor.
- Fotocopia compulsada del certificado médico de aptitud para embarque, expedido por el Instituto Social de la Marina, debiendo estar en vigor.
- Fotocopia compulsada de la Libreta de Inscripción Marítima, donde figuren los embarques y desembarques del titular.
- Fotocopia compulsada de la Libreta de Actividades Subacuáticas o equivalente (también llamada Diario de Buceo Profesional) expedida por la comunidad autónoma, debidamente actualizada, que debe acreditar: 1.º Titulaciones, especialidades y cursos que posea el titular. 2.º Aptitud del titular para la realización de inmersiones subacuáticas correspondientes a su titulación, y su condición médica, debiendo constar el último reconocimiento médico anual del titular para ejercer el buceo profesional, en vigor y emitido por un organismo oficial (Instituto Social de la Marina).
- Documentación que acredite los años en el ejercicio autorizado de la profesión de pesca de coral rojo, si es el caso.
¿Quién lo puede solicitar?
Los interesados en obtener una autorización de pesca de coral rojo (Corallium rubrum) en aguas bajo soberanía o jurisdicción española, con excepción de las aguas interiores, que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 5 del RD 629/2013.
Plazo de resolución
Meses: 4
¿Quién resuelve el expediente?
SECRETARIA GENERAL DE PESCA
Datos de contacto
Presencial: La solicitudes se dirigirán al Secretario General de Pesca y podrán ser presentadas en el registro del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o mediante su presentación electrónica conforme se establece en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.
Teléfono: 913476044
Correo electrónico: calnacpm@magrama.es
Normativa reguladora
Responsable del procedimiento
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE CALADERO NACIONAL, AGUAS COMUNITARIAS Y ACUICULTURA
Código del Sistema de Información Administrativa
040130
Documentación necesaria para la solicitud presencial
Formulario de solicitud presencial (Solicitud de...) (PDF 79 Kb.)
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