CAPÍTULO II · De la delimitación, contenido y condiciones de ejercicio de las competencias
Artículo 5. Competencia sobre espectáculos públicos
2. Queda reservada al Estado la facultad de dictar normas que regulen los espectáculos taurinos.
2. Queda reservada al Estado la facultad de dictar normas que regulen los espectáculos taurinos.