CAPÍTULO I · Modificaciones que se introducen en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo

Artículo primero. Permisos retribuidos

La letra b) del apartado 3 del artículo 37 queda redactada de la siguiente forma:

Artículo segundo. Reducción de la jornada por motivos familiares

1. El apartado 4 del artículo 37 queda redactado de la siguiente forma:

Artículo tercero. Suspensión del contrato por maternidad, riesgo durante el embarazo, adopción o acogimiento

El apartado 1.d) del artículo 45 queda redactado de la siguiente forma:

Artículo cuarto. Excedencia por cuidado de familiares

El apartado 3 del artículo 46 queda redactado de la forma siguiente:

Artículo quinto. Suspensión con reserva de puesto de trabajo

El apartado 4 del artículo 48 queda modificado de la siguiente manera:

Artículo sexto. Suspensión con reserva de puesto de trabajo en el supuesto de riesgo durante el embarazo

Se introduce un nuevo apartado 5 en el artículo 48 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en los siguientes términos:

Artículo séptimo. Extinción del contrato de trabajo

Uno. La letra d) del artículo 52 queda modificada de la siguiente manera: