CAPÍTULO I · Modificaciones que se introducen en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo
Artículo primero. Permisos retribuidos
La letra b) del apartado 3 del artículo 37 queda redactada de la siguiente forma:
Artículo segundo. Reducción de la jornada por motivos familiares
1. El apartado 4 del artículo 37 queda redactado de la siguiente forma:
Artículo tercero. Suspensión del contrato por maternidad, riesgo durante el embarazo, adopción o acogimiento
El apartado 1.d) del artículo 45 queda redactado de la siguiente forma:
Artículo cuarto. Excedencia por cuidado de familiares
El apartado 3 del artículo 46 queda redactado de la forma siguiente:
Artículo quinto. Suspensión con reserva de puesto de trabajo
El apartado 4 del artículo 48 queda modificado de la siguiente manera:
Artículo sexto. Suspensión con reserva de puesto de trabajo en el supuesto de riesgo durante el embarazo
Se introduce un nuevo apartado 5 en el artículo 48 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en los siguientes términos:
Artículo séptimo. Extinción del contrato de trabajo
Uno. La letra d) del artículo 52 queda modificada de la siguiente manera: