Visado de contrato de arrendamiento de vivienda protegida - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Este trámite sirve para verificar que los solicitantes cumplen con los requisitos para acceder a una vivienda protegida de nueva construcción en régimen de alquiler, y que los contratos cumplen con la normativa vigente en cuanto a tipología, precio, superficie y cláusulas obligatorias.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas, familias y unidades de convivencia que vayan a usar la vivienda protegida alquilada como su residencia habitual y permanente.
Requisitos principales
- Ser persona física con nacionalidad española, suiza, o de un país miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo. Los extranjeros no comunitarios deben acreditar residencia legal y permanente en España.
- No ser titular o cotitular, en un porcentaje igual o superior al 50%, del pleno dominio sobre alguna vivienda protegida (con excepciones en casos de separación, divorcio o nulidad del matrimonio).
- Tener ingresos familiares ponderados iguales o superiores al IPREM y que no excedan los límites establecidos según el tipo de vivienda protegida (Programa Especial, Viviendas Medias, Vivienda Régimen Especial, Vivienda Régimen General, Vivienda Autopromovida).
- Los contratos de arrendamiento deben incluir cláusulas obligatorias sobre el precio máximo de renta, la superficie de la vivienda, la prohibición de subarriendo, el plazo de duración del contrato y las condiciones de la oferta de venta de la vivienda, si aplica.
Duración del trámite
3 meses
Resumen
Este trámite permite solicitar el visado de los requisitos para acceder a una vivienda protegida de nueva construcción en régimen de alquiler.
Quién puede usar este servicio:
Personas físicas, familias y unidades de convivencia que destinen la vivienda protegida alquilada a su residencia habitual y permanente.
Lo que necesitas
Documentación:
- Cuatro ejemplares del contrato de arrendamiento.
- Documento acreditativo de la liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados o documento que acredite estar exento de tal obligación.
- Fotocopia de DNI o NIE de los arrendatarios; salvo autorización expresa a la Dirección General en materia de vivienda para que compruebe los datos de identidad a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad.
- Fotocopia del Libro de Familia, en su caso.
- Fotocopia de la Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de los arrendatarios, correspondiente al período impositivo vencido inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud y, en su defecto, certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria que acredite no estar obligado a presentar aquélla, así como declaración responsable de ingresos obtenidos en dicho Período; salvo autorización expresa a la Dirección General en materia de vivienda para recabar de la Agencia Estatal Tributaria información sobre los datos fiscales declarados en el IRPF.
- Resolución judicial que acredite la atribución definitiva del uso y disfrute de la vivienda que constituía el domicilio conyugal, en caso de separación, nulidad o divorcio del matrimonio, en su caso.
- Copia del Certificado de Eficiencia Energética de la vivienda objeto de arrendamiento.
Requisitos:
- Ser persona física y tener nacionalidad española, suiza, o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo. En el caso de extranjeros no comunitarios, deberán acreditar tener residencia legal y permanente en España.
- No ser titular o cotitular, en un porcentaje igual o superior al 50%, del pleno dominio sobre alguna vivienda protegida. Se exceptúan los adquirentes o adjudicatarios que se hayan visto privados del uso y disfrute de la vivienda que constituía el domicilio conyugal, por separación, divorcio o nulidad del matrimonio.
- Tener unos ingresos familiares ponderados iguales o superiores al IPREM y que no excedan de los límites que se relacionan en la tabla de la página.
- Los contratos de arrendamiento deben incluir las siguientes cláusulas obligatorias:
- Que el arrendamiento de la vivienda protegida, y del garaje y trastero en su caso, se encuentra afectada por un precio máximo de renta, con especificación del que se halle vigente al tiempo del contrato.
- Determinación del precio de arrendamiento y de la superficie de la vivienda, y del garaje y trastero en su caso, así como de la formula de revisión del precio, que deberá ajustarse a la normativa aplicable.
- Que el arrendatario se obliga a no subarrendar la vivienda, ni el garaje y trastero en su caso, cuyo incumplimiento constituirá causa de resolución del contrato.
- Plazo de duración del contrato de arrendamiento.
- En su caso, condiciones de la oferta de venta de la vivienda, especificando los límites temporales y de precio, que deben ajustarse a la normativa aplicable.
Costes y plazos:
- Este trámite no está sujeto a plazos de presentación.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Reúne la documentación necesaria.
- Presenta la solicitud de visado de los contratos de arrendamiento, junto con la documentación requerida, a través de la sede electrónica de la Junta de Extremadura.
Información sobre cada etapa:
- La solicitud debe presentarse en modelo oficial.
- La documentación debe ser completa y legible.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
Una vez presentada la solicitud, la administración revisará la documentación y verificará que se cumplen los requisitos.
Plazos de resolución:
El plazo máximo para resolver es de 3 meses.
Siguientes pasos:
Si la solicitud es aprobada, se emitirá el visado del contrato de arrendamiento. Si la solicitud es denegada, se notificará al interesado la resolución motivada.
Ayuda
Contacto:
- Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda
- Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana
- Servicio de Gestión de Ayudas. Unidad Territorial Badajoz
- Avenida Europa, 10
- 06002, Badajoz
- Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda
- Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana
- Servicio de Gestión de Ayudas. Unidad Territorial Cáceres
- Avenida Clara Campoamor, 2
- 10001, Cáceres
Recursos adicionales:
Solicitud y Anexos:
Normativa: