Uso de las marcas promocionales Alimentos de Extremadura, Organics Extremadura, Artesanía de Extremadura, Piedra Natural de Extremadura y Hábitat Natural de Extremadura - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Permite a terceros usar las marcas promocionales de la Junta de Extremadura en productos originarios de la región.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas y jurídicas interesadas en usar las marcas promocionales de Extremadura.
Requisitos principales
- Disponer de un centro de elaboración en Extremadura.
- Producir productos originarios de Extremadura.
- Aceptar y cumplir las obligaciones del reglamento específico y el Decreto 3/2020.
- Disponer de las autorizaciones y licencias exigidas para la actividad.
- Estar inscrito en los registros administrativos obligatorios.
Plazos
Durante todo el año.
Duración del trámite
6 meses
Información adicional
Las empresas de distribución organizada pueden usar las marcas en productos etiquetados bajo sus propias marcas comerciales, siempre que se asegure la trazabilidad y cuenten con la autorización del titular de la marca promocional.
Resumen
Este trámite permite a empresas y personas usar las marcas promocionales de la Junta de Extremadura para productos originarios de la región. Las marcas incluyen Alimentos de Extremadura, Organics Extremadura, Artesanía de Extremadura, Piedra Natural de Extremadura y Hábitat Natural de Extremadura.
Quién puede usar este servicio:
- Personas físicas y jurídicas interesadas en usar las marcas promocionales de Extremadura.
Antes de empezar:
- Asegúrate de cumplir los requisitos y tener la documentación necesaria.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Solicitud de autorización (Anexo II para productores, Anexo II-A para agentes de distribución minorista, Anexo II-B para establecimientos comerciales).
- Declaración responsable (Anexo III).
- Documentación específica que se establezca en el Reglamento de uso de cada marca.
- En caso de persona jurídica: Poder del representante legal.
- En caso de no autorizar a la Secretaría a comprobarlo de oficio:
- Datos identificativos del solicitante (DNI/Pasaporte/Tarjeta de Residencia para personas físicas, NIF y documento de identificación del representante legal para personas jurídicas).
- Certificación de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
Requisitos previos:
- Disponer de un centro de elaboración en Extremadura.
- Producir productos originarios de Extremadura.
- Aceptar y cumplir las obligaciones establecidas en el Reglamento específico y en el Decreto 3/2020.
- Disponer de las autorizaciones y licencias exigidas para la actividad.
- Estar inscrito en los registros administrativos a que se halle obligado.
Costes y plazos:
- Este trámite es gratuito.
- El plazo de presentación de solicitudes está abierto durante todo el año.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Reúne la documentación necesaria.
- Presenta la solicitud:
- Productores: A trav és de la sede electrónica de la Junta de Extremadura: https://sede.gobex.es/SEDE/privado/ciudadanos/exterior.jsf?cod=5941
- Comercializadores y establecimientos comerciales: A través del Registro Electrónico General.
- Espera la resolución.
Información sobre cada etapa:
- La solicitud debe presentarse utilizando los modelos normalizados (Anexos II, II-A o II-B).
- La documentación debe ser completa y correcta para evitar retrasos.
Tiempos de espera:
- El plazo máximo para resolver es de 6 meses.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- Recibirás una notificación con la resolución de tu solicitud.
Plazos de resolución:
- 6 meses.
Siguiente pasos:
- Si la resolución es favorable, podrás usar las marcas promocionales de acuerdo con las condiciones establecidas en el Reglamento de uso.
- Si la resolución es desfavorable, podrás presentar un recurso de alzada.
Ayuda
Contacto:
- Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio Servicio de Comercio Exterior, Mercados y Competencia Paseo de Roma, 06800, Mérida
Recursos adicionales:
- Modelos de solicitud y anexos:
- Manuales de identidad corporativa:
- Logos:
- Normativa:
- ORDEN de 24 de mayo de 2022 (Alimentos de Extremadura)
- DECRETO 3/2020, de 12 de febrero (condiciones generales)
- ORDEN de 5 de septiembre de 2022 (Organics Productos Ecológicos de Extremadura)
- ORDEN de 15 de septiembre de 2022 (Artesanía de Extremadura)
- ORDEN de 19 de septiembre de 2022 (Piedra Natural de Extremadura)
Preguntas frecuentes:
- Ver sección de preguntas frecuentes.