Transmisión, arrendamiento o gravamen de derechos mineros de recursos de la sección A) y B) - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Autorizar la transmisión, arrendamiento o gravamen de derechos mineros (autorizaciones de explotación de recursos de la Sección A o de aprovechamiento de recursos de la Sección B).
¿Quién puede solicitarlo?
Titulares de autorizaciones de explotación de recursos de la Sección A o de autorizaciones de aprovechamiento de recursos de la Sección B.
Requisitos principales
- Cumplir lo establecido para ser titular de derechos mineros: tener capacidad de obrar y no tener prohibiciones de contratar con la Administración pública.
- Acreditar las garantías que ofrece el adquirente para hacer viable la terminación del proyecto aprobado.
- En caso de transmisión o arrendamiento de yacimientos de origen no natural, acreditar la solvencia técnica y económica para llevar a cabo el plan de restauración.
Plazos
Durante todo el año. En caso de transmisiones "mortis causa": 1 año desde el fallecimiento del titular de la autorización.
Duración del trámite
3 meses
Información adicional
Los derechos que otorga una autorización de explotación de recursos de la Sección A) o una autorización de aprovechamiento de recursos de la Sección B), podrán ser transmitidos, arrendados o gravados, en todo o en parte, por cualquiera de los medios admitidos en derecho, a favor de las personas físicas y jurídicas que reúnan los requisitos para ser titulares de derechos mineros.
Resumen
Este trámite permite a los titulares de autorizaciones de explotación o aprovechamiento de recursos mineros de las secciones A y B solicitar la autorización para transmitir, arrendar o gravar sus derechos a terceros.
Quién puede usar este servicio:
- Titulares de autorizaciones de explotación de recursos de la Sección A.
- Titulares de autorizaciones de aprovechamiento de recursos de la Sección B.
Lo que necesitas
Documentación requerida:
- Instancia de solicitud.
- Proyecto de contrato a celebrar o título de transmisión.
- Justificante del pago de tasas.
- Documentación acreditativa del cumplimiento de condiciones legales para ser titular de derechos mineros:
- Escritura de constitución de la sociedad adquirente (si aplica) o fotocopia del DNI/TIE (si es persona física).
- Documento acreditativo del poder de representación (si aplica).
- Copia del DNI/TIE del representante (si aplica).
- Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones de contratar con la Administración Pública.
- Documento de autorización para recabar datos relativos al cumplimiento de las obligaciones tributarias ante la Hacienda Estatal y Autonómica, y con la Seguridad Social.
- En caso de transmisión o arrendamiento de autorizaciones de aprovechamiento de recursos de la sección B "Aguas Minerales y Termales", "Yacimientos de Origen no Natural" y "Estructuras Subterráneas", acuerdo de subrogación del adquirente al proyecto aprobado inicialmente y Estudio económico.
- En caso de aprovechamientos de la Sección B "Estructuras Subterráneas", documentos justificativos de la capacidad técnica y económica del adquirente y propuesta de indemnización a terceros.
- En caso de transmisión o arrendamiento de autorizaciones de explotación de recursos de la Sección A o autorizaciones de aprovechamiento de recursos de la Sección B "Yacimientos de Origen no Natural", acuerdo de subrogación del adquirente al proyecto de restauración autorizado o nuevo Plan de Restauración.
- Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil de los tres últimos años de la empresa adquiriente o avalante.
- Relación de los principales trabajos realizados de igual o similar naturaleza a los proyectados en el plan de restauración, durante los cinco últimos años.
Requisitos previos:
- Cumplir los requisitos para ser titular de derechos mineros (capacidad de obrar y no tener prohibiciones de contratar con la Administración pública).
- Acreditar las garantías que ofrece el adquirente para hacer viable la terminación del proyecto aprobado.
- En caso de transmisión o arrendamiento de yacimientos de origen no natural, acreditar la solvencia técnica y económica para llevar a cabo el plan de restauración.
Costes y plazos:
- El trámite está sujeto al pago de tasas.
- El plazo de presentación es durante todo el año. En caso de transmisiones "mortis causa": 1 año desde el fallecimiento del titular de la autorización.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Preparar la documentación requerida.
- Presentar la solicitud y la documentación a través de la sede electrónica de la Junta de Extremadura: Tramitar en línea.
Información sobre cada etapa:
- La solicitud debe ir acompañada de toda la documentación necesaria para su correcta tramitación.
- Es importante asegurarse de cumplir todos los requisitos antes de presentar la solicitud.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- La Dirección General de Industria, Energía y Minas revisará la solicitud y la documentación presentada.
- Si la solicitud es correcta, se emitirá una resolución autorizando o denegando la transmisión, arrendamiento o gravamen de los derechos mineros.
Plazos de resolución:
- El plazo máximo para resolver el procedimiento es de 3 meses.
Siguientes pasos:
- En caso de resolución favorable, se deberá formalizar la transmisión, arrendamiento o gravamen de los derechos mineros.
- En caso de resolución desfavorable, se podrá interponer recurso de alzada.
Ayuda
Contacto:
- Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible Dirección General de Industria, Energía y Minas Servicio de Planificación Industrial, Energética y Minera Paseo de Roma, 06800, Mérida
- Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera. Unidad de Badajoz Avenida Miguel de Fabra, 4, 06071, Badajoz
- Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera. Unidad de Cáceres Avenida Clara Campoamor, 2, 10071, Cáceres
Recursos adicionales:
- Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas
- Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería
- Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras.