Supuesto especial de fraccionamiento en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, tanto en su modalidad TPO como en su modalidad AJD. Adquisición de vivienda habitual.

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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  • ¿Qué se puede solicitar?

    Nombre del trámite

    Supuesto especial de fraccionamiento en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, tanto en su modalidad TPO como en su modalidad AJD. Adquisición de vivienda habitual.

    Objeto del trámite

    Fraccionar el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados devengado por la adquisición de viviendas destinadas a domicilio habitual y permanente del sujeto pasivo.

  • ¿Quién puede iniciarlo?

    Interesados/Solicitantes

    Los sujetos pasivos de las autoliquidaciones o liquidaciones complementarias, incluidas las derivadas de comprobación de valores, giradas por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, como consecuencia de la adquisición de viviendas destinadas a domicilio habitual.

    Requisitos

    - Que la vivienda que se adquiere tenga una superficie útil igual o inferior a 120 metros cuadrados.
    - Que la solicitud se presente en periodo voluntario de pago.

  • ¿Cuándo solicitarlo?

    Plazo de presentación

    Dentro del periodo voluntario de pago.

  • ¿Dónde dirigirse?

    Presencial

    - En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, de las comunidades autónomas, de las diputaciones, de los ayuntamientos a los que se refiere el artículo 121 de la Ley de Bases de Régimen Local y resto de entidades que integran la administración local si, en este caso, hubieran suscrito el convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
    - También en cualquier oficina de correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.
    - Las solicitudes deben dirigirse:
    A:

    REGISTRO GENERAL DE LA AGENCIA TRIBUTARIA VALENCIANA (ATV)
    C/ GREGORIO GEA, 14
    46009 València
    Tel: 012
    REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE HACIENDA Y MODELO ECONÓMICO - CASTELLÓN
    PL. TETUÁN, 38-39
    12001 Castelló de la Plana
    Tel: 012
    REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE HACIENDA Y MODELO ECONÓMICO - ALICANTE
    C/ CHURRUCA, 25
    03003 Alacant/Alicante
    Tel: 965594812

  • ¿Qué documentación se debe presentar?

    - Identificación completa del interesado, y en su caso, de su representante y domicilio a efectos de notificaciones.
    - Identificación de la deuda a fraccionar: número de liquidación, fecha fin periodo voluntario o, en su caso, modelo 600 debidamente cumplimentado, e importe a fraccionar.
    - Plazos en los que se desea fraccionar el pago del Impuesto, vencimiento e importe de cada uno de ellos.
    - Acreditación de tratarse de la vivienda habitual del sujeto pasivo.
    - Escritura autorizada y copia simple o, en su caso, original y copia del documento privado origen de la transmisión.
    - A partir del 6 de marzo de 2015, se establece la domiciliación obligatoria del pago de aplazamientos y fraccionamientos de tributos y otros ingresos de derecho público concedidos por la Generalitat, conforme a la orden 4/2015 de 5 de marzo, por lo que también debe aportarse la orden de domiciliación de adeudo directo SEPA.

    Impresos asociados

    [MOD. 724] SOLICITUD DE FRACCIONAMIENTO DE AUTOLIQUIDACIÓN TRANSMISIONES PATRIMONIALES ADQUISICIÓN VIVIENDA HABITUAL

    [MOD. 725] SOLICITUD DE FRACCIONAMIENTO DE LIQUIDACIONES COMPLEMENTARIAS TRANSMISIONES PATRIMONIALES ADQUISICIÓN VIVIENDA HABITUAL

    Impreso número 600

    [MOD. 805] AUTOLIQUIDACIÓN FIANZAS POR ARRENDAMIENTOS URBANOS EN RÉGIMEN DE CONCIERTO DECRETO 333/1995, DE 3 DE NOVIEMBRE (D.O.G.V. Nº 2.622 DE 9/11/95)

  • ¿Cómo se tramita?

    Pasos

    Presentación de la solicitud junto con la documentación que se cita en el precedente apartado.

    Recursos que proceden contra la resolución

    - Recurso potestativo de reposición ante el órgano gestor.
    - Reclamación económico-administrativa ante el tribunal económico-administrativo que corresponda.
    El recurso y las reclamaciones se podrán presentar en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación del acto recurrible o, en su caso, de la resolución del recurso de reposición sin que puedan simultanearse.

  • Información complementaria

    - El fraccionamiento solicitado, cumpliendo con los requisitos necesarios para su concesión, se concederá por un periodo máximo de tres anualidades y devengará el correspondiente interés de demora.
    Los fraccionamientos concedidos quedarán sin efecto, cuando se enajene la vivienda adquirida o cuando el contribuyente deje de satisfacer cualquiera de los importes fraccionados en el plazo máximo de quince días siguientes a su vencimiento.
    - Para la consideración de vivienda habitual, se estará al concepto de la misma contenido en la normativa reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas (artículo 41 bis del Reglamento del I.R.P.F.).
    - Caso de no cumplir los requisitos para poder obtener este fraccionamiento, se puede solicitar el fraccionamiento previsto con carácter general en el Reglamento General de Recaudación.
    - A partir del 6 de marzo de 2015, se establece la domiciliación obligatoria del pago de aplazamientos y fraccionamientos de tributos y otros ingresos de derecho público concedidos por la Generalitat, conforme a la orden 4/2015 de 5 de marzo.

    Enlaces

    Buscador del centro gestor competente

  • Fuentes jurídicas y/o documentales

    Normativa

    - Orden de 11 de marzo de 1991, de la Conselleria de Economia y Hacienda, por la que se determinan los órganos recaudadores de la Hacienda de la Generalitat y se definen las competencias de los mismos en materia de recaudación (DOGV nº 1520, 12/04/91).
    - Orden de 29 de enero de 1992, de la Conselleria de Economía y Hacienda, por la que regula la concesión de aplazamientos y fraccionamientos de deudas tributarias de los tributos cedidos y propios de la Generalitat Valenciana (DOGV nº 1728, 20/02/92).
    - Artículos 112 y 113 del Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados(BOE nº 148, de 22/06/95).
    - Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (BOE nº 302 de 18/12/03).
    - Orden 4/2015, de 3 de marzo, de la Conselleria de Hacienda y Administración Pública, por la que se establecen el procedimiento y las condiciones para la domiciliación obligatoria del pago de aplazamientos y fraccionamientos de tributos y otras deudas de derecho público concedidos por la Generalitat (DOCV nº 7480, de 06/03/15).

    Lista de normativa

    Más documentación

    Ver Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria

    Ver Orden 4/2015, de 3 de marzo.


Oficinas de la administración

Fundación para el Fomento de la Investigación Sanitaria y Biomédica de la Comunitat Valenciana

Avenida Cataluña 21, 46020, Valencia

Tel. 961925700

Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo

Calle C/ CASTÁN TOBEÑAS, 77. CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 2 77, 46018, Valencia

Tel. 961209322

Dirección General de Administración Local

Plaza PL. MANISES, 1 1, 46003, Valencia

Tel. 963868061

Subdirección General del Instituto Valenciano de Administración Pública (IVAP)

Plaza PL. CARMEN, 4 4, 46003, Valencia

Tel. 963108802

Secretaría General Administrativa - Presidencia de la Generalitat

Calle C/ en Bou, 9 - 11 9, 46001, Valencia

Tel. 963131000

Intervención Delegada en Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas

Calle C/ Castán Tobeñas,77. Ciudad Administrativa 9 de Octubre-Torre 4 77, 46018, Valencia

Tel. 961209003

Departamento de Salud de la Ribera

Carretera Corbera Km. 1, 46600, Alzira

Tel. 962458100

Departamento de Salud de Gandia

Avinguda de la Medicina 6, 46702, Gandia

Tel. 962849500

Entidad de Infraestructuras de la Generalitat

Calle Vinatea 14, 46001, Valencia

Tel. 961964700

Departamento de Salud de Alicante - Hospital General

Calle pintor baeza 12, 03010, Alicante/Alacant

Tel. 965933000

Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunidad Valenciana

Calle C/ CRONISTA RIVELLES, 1 1, 46009, Valencia

Tel. 963175400

Centro Territorial de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT) - Alicante

Calle C/ HONDÓN DE LOS FRAILES, 1 1, 03005, Alicante/Alacant

Tel. 965934922


Preguntas frecuentes

¿Qué requisitos tiene el fraccionamiento del ITP en vivienda habitual?
¿ cómo se lo planteo al banco para que no me lo apliquen en fondo de gastos ?
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¿En cuántas cuotas tengo que pagar el itp si fracciono el pago?
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