Subvenciones para programas formativos declarados estratégicos - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Financiar la impartición de programas formativos que han sido declarados como estratégicos por la Junta de Extremadura.
¿Quién puede solicitarlo?
Empresas, comunidades de bienes y entidades titulares de Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica (PERTE).
Requisitos principales
- Los proyectos empresariales deben haber sido calificados como estratégicos.
Plazos
El plazo de presentación es de un año a partir del día siguiente a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura (DOE): Desde 07/02/2025 Hasta: 06/02/2026
Duración del trámite
3 meses
Resumen
Estas subvenciones están destinadas a financiar la impartición de programas formativos que han sido declarados estratégicos por la Junta de Extremadura.
Quién puede usar este servicio:
- Empresas (cualquier forma societaria).
- Comunidades de Bienes.
- Entidades titulares de Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica (PERTE).
Lo que necesitas
Documentación requerida:
- Copia del DNI (si no se autoriza la comprobación de oficio).
- Copia del poder bastante (para personas jurídicas, si no se autoriza la comprobación de oficio).
- Copia de la escritura pública (si no se autoriza la comprobación de oficio).
- Certificados de estar al corriente de las obligaciones fiscales y tributarias (si no se autoriza la consulta).
- Alta en el IAE.
- Memoria explicativa del proyecto formativo.
Requisitos previos:
- Los proyectos empresariales deben haber sido calificados como estratégicos.
Costes y plazos:
- La cuantía total prevista para esta convocatoria es de 4.900.000,00 €.
- Plazo de presentación: Desde el 07/02/2025 hasta el 06/02/2026.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Revisar los requisitos y la documentación necesaria.
- Preparar la solicitud y los anexos correspondientes.
- Presentar la solicitud:
- En línea: A través de la plataforma de trámites de la Junta de Extremadura: Tramitar en línea
- Presencialmente: Buscar una oficina donde realizar este trámite: Buscar oficina donde realizar este trámite
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- La resolución del procedimiento corresponde al titular de la Secretaría General de Empleo.
- Plazo para resolver: 3 meses.
- Efecto del silencio administrativo: Desestimatorio.
- Fin de la vía administrativa: No.
- Impugnación vía administrativa: No.
- Recursos que proceden: Recurso de alzada.
Ayuda
Más información:
Órgano gestor:
Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE) Dirección General de Formación para el Empleo Servicio de Formación para el Empleo Avenida Valhondo, 06800, Mérida