Subvenciones para el desarrollo de programas de promoción del voluntariado social en la Comunidad Autónoma de Extremadura - Juntaex.es

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Financiar programas que impulsen el voluntariado social en Extremadura, dentro de las áreas especificadas en la convocatoria para 2025.

¿Quién puede solicitarlo?

Entidades privadas sin ánimo de lucro de carácter social (fundaciones, asociaciones o federaciones) que cumplan con los requisitos establecidos.

Requisitos principales

  • Estar inscritas en el registro público correspondiente.
  • Tener sede o delegación en Extremadura.
  • Tener entre sus objetivos la promoción del voluntariado.
  • Desarrollar las actividades en el ámbito territorial de Extremadura.
  • Tener póliza de seguro del personal voluntario vigente.
  • Estar inscritas en el Registro Unificado de Entidades y Centros de Servicios Sociales de Extremadura.
  • No estar incursa en prohibiciones para recibir subvenciones (artículo 12.2 y 3 de la Ley 6/2011).
  • Disponer de acuerdos de incorporación, acreditaciones y registro de altas y bajas de las personas voluntarias (artículos 5, 6 y 7 del Decreto 43/2009).

Plazos

Desde el 26/11/2024 hasta el 27/12/2024. Las solicitudes fuera de plazo no serán admitidas.

Duración del trámite

3 meses

Información adicional

Cada entidad puede presentar una única solicitud y programa. Las notificaciones se realizarán electrónicamente a través de la sede electrónica de la Junta de Extremadura, con un aviso informativo por correo electrónico.

Resumen

Este trámite ofrece subvenciones para que entidades sin ánimo de lucro desarrollen programas de promoción del voluntariado social en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Quién puede usar este servicio:

Entidades privadas sin ánimo de lucro de carácter social (fundaciones, asociaciones o federaciones) que cumplan los requisitos.

Antes de empezar:

  • Asegúrate de que tu entidad cumple con todos los requisitos.
  • Revisa los plazos de presentación.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Solicitud (Anexo I): Anexo I
  • Estatutos vigentes de la entidad (si es la primera vez que se solicita o si han sido modificados).
  • Póliza de seguro del personal voluntario y justificante de pago.
  • Programa para el que se solicita subvención (Anexo II): Anexo II
  • Declaración de otras ayudas recibidas para el mismo objeto y finalidad (Anexo I).

Requisitos previos:

  • Estar inscritas en el registro público competente.
  • Tener sede o delegación en Extremadura.
  • Tener entre sus objetivos la promoción del voluntariado.
  • Desarrollar las actividades en el ámbito territorial de Extremadura.
  • Tener póliza de seguro del personal voluntario vigente.
  • Estar inscritas en el Registro Unificado de Entidades y Centros de Servicios Sociales de Extremadura.
  • No estar incursa en prohibiciones para recibir subvenciones (artículo 12.2 y 3 de la Ley 6/2011).
  • Disponer de acuerdos de incorporación, acreditaciones y registro de altas y bajas de las personas voluntarias (artículos 5, 6 y 7 del Decreto 43/2009).

Costes y plazos:

  • El trámite es gratuito.
  • Plazo de presentación: Desde el 26/11/2024 hasta el 27/12/2024.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Reúne la documentación necesaria.
  2. Completa la solicitud (Anexo I).
  3. Firma electrónicamente la solicitud.
  4. Presenta la solicitud dentro del plazo.

Información sobre cada etapa:

  • La solicitud se formaliza con el modelo oficial (Anexo I) y se dirige a la Secretaría General de la Consejería de Salud y Servicios Sociales.
  • Debe completarse con firma electrónica de la persona que represente a la entidad solicitante, utilizando un certificado digital o DNI electrónico.
  • En caso de no contar con estos medios, se pueden obtener en los enlaces proporcionados: https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009 y http://www.cert.fnmt.es/

Tiempos de espera:

  • El plazo máximo para resolver es de 3 meses.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • Se notificará la resolución del procedimiento.

Plazos de resolución:

  • 3 meses.

Siguientes pasos:

  • En caso de resolución favorable, ejecutar el programa subvencionado.
  • En caso de resolución desfavorable, posibilidad de recurso de alzada.

Ayuda

Contacto:

Consejería de Salud y Servicios Sociales Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia Servicio de Programas Sociales y Migraciones Calle Antonio Rodríguez Moñino, 2A 06800, Mérida

Recursos adicionales:

Normativa:


Preguntas frecuentes


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