Subvenciones a las entidades públicas que desarrollen los Programas de Atención a las Familias - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Financiar a las entidades locales para cubrir los gastos derivados de los Programas de Atención a las Familias durante el ejercicio 2025.
¿Quién puede solicitarlo?
Mancomunidades integrales (o en proceso de serlo), mancomunidades que gestionen servicios sociales de atención social básica (siempre que la mitad más uno de sus municipios no pertenezcan a una mancomunidad integral), y municipios con más de 10.000 habitantes.
Requisitos principales
- Estar inscritas en el Registro Unificado de Entidades y Centros de Servicios Sociales de Extremadura.
- No estar incurso en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas.
Plazos
El plazo de presentación es del 17 de diciembre de 2024 al 17 de enero de 2025.
Duración del trámite
3 meses
Información adicional
El importe de la subvención es una cantidad fija que depende del número de municipios integrados en la mancomunidad y del número de profesionales en el equipo técnico. Para municipios, la cantidad es fija. La subvención puede cubrir gastos de personal y, hasta un 10%, gastos de mantenimiento.
Resumen
Este trámite permite a las entidades locales públicas de Extremadura solicitar subvenciones para financiar los gastos de los Programas de Atención a las Familias (PAF) durante el año 2025.
Quién puede usar este servicio:
- Mancomunidades integrales (o aquellas en proceso de serlo).
- Mancomunidades que gestionen servicios sociales de atención social básica, siempre que la mayoría de sus municipios no pertenezcan a una mancomunidad integral.
- Municipios con más de 10.000 habitantes.
Antes de empezar:
- Asegúrate de cumplir con los requisitos y tener la documentación necesaria.
- Ten en cuenta que el plazo de presentación es limitado.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Declaración de no estar incurso en prohibiciones para recibir subvenciones (Anexo II): [Enlace al Anexo II]
- Declaración de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos solicitados/recibidos para la misma finalidad (Anexo III): [Enlace al Anexo III]
- Memoria económica del coste de ejecución del PAF, desglosado mensualmente.
- Autorización para consulta de certificados de la Tesorería de la Seguridad Social, Consejería de Hacienda y Administración Pública y Hacienda Estatal (o las certificaciones correspondientes si no se autoriza la consulta).
Requisitos previos:
- Estar inscritas en el Registro Unificado de Entidades y Centros de Servicios Sociales de Extremadura.
- No estar incurso en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas.
Costes y plazos:
- Este trámite no tiene costes asociados.
- El plazo de presentación es del 17 de diciembre de 2024 al 17 de enero de 2025.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Reúne la documentación necesaria.
- Completa el formulario de solicitud correspondiente:
- Ayuntamientos: [Enlace al Anexo IB]
- Mancomunidades: [Enlace al Anexo IA]
- Presenta la solicitud y la documentación dentro del plazo establecido a través de los medios habilitados por la Junta de Extremadura.
Información sobre cada etapa:
- La solicitud debe presentarse telemáticamente a través de la sede electrónica de la Junta de Extremadura.
- Asegúrate de adjuntar todos los documentos requeridos en formato electrónico.
Tiempos de espera:
- El plazo máximo para resolver el procedimiento es de 3 meses.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- Una vez presentada la solicitud, se analizará la documentación y se evaluará si la entidad cumple con los requisitos.
- Se emitirá una resolución que se notificará a la entidad solicitante.
Plazos de resolución:
- El plazo máximo para resolver el procedimiento es de 3 meses.
Siguiente pasos:
- Si la resolución es favorable, la entidad recibirá la subvención para financiar los Programas de Atención a las Familias.
- Si la resolución es desfavorable, se indicarán los motivos y se informará sobre los recursos que se pueden interponer.
Ayuda
Contacto:
- Consejería de Salud y Servicios Sociales
- Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia
- Servicio de Adolescencia y Familias
- Calle Antonio Rodríguez Moñino, 2A
- 06800, Mérida
Recursos adicionales:
- Cláusula de protección de datos: [Enlace a la cláusula]
- Decreto 74/2022, de 15 de junio, por el que se regulan los Programas de Atención a las Familias en Extremadura: [Enlace al Decreto]
- Orden de 15 de septiembre de 2022 por la se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las entidades locales que desarrollen los Programas de Atención a las Familias en Extremadura: [Enlace a la Orden]
- Resolución de 28 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los Programas de Atención a las Familias en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025: [Enlace a la Resolución]
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