SOLICITUD DE DECLARACIÓN DE FIESTAS DE INTERÉS TURÍSTICO

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Finalidad

Conceder la declaración de "Fiesta de Interés Turístico de Extremadura" a aquéllos certámentes, fiestas o acontecimientos que se celebren en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que ofrezcan una especial relevancia real desde el punto de vista turístico y que supongan una valoración de la cultura y de las tradiciones populares.

Destinatarios

Entidad Local correspondiente u organismos, asociaciones o colectividades de índole municipal, provincial o regional.

Plazo de presentación

al menos tres meses antes de la celebración.

Lugar de presentación

Oficinas de registro...

DECRETO 152/1997, de 22 de diciembre, sobre Fiestas de Interés Turístico de Extremadura (DOE Nº 149, DE 27-12-97)

LEY 2/2011, de 31 de enero, de desarrollo y modernización del turismo de Extremadura. (Diario Oficial de Extremadura nº 22, de 2 de febrero de 2011)

Ley 7/2014, de 5 de agosto, de modificación de la Ley 2/2011, de 31 de enero, de desarrollo y modernización del turismo en Extremadura. (DOE 151, de 6 de agosto de 2014)

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Impugnación ví­a administrativa

A) Originalidad de la celebración: que sus elementos esenciales contengan aspectos peculiares respecto de las que tengan lugar en otras localidades.
B) Valor cultural, gastronómico o ambiental.
C) Antigüedad mínima: al menos de diez años. Si tiene un carácter gastronómico y se basa en productos representativos de Extremadura será suficiente una antigüedad de cinco años, debiéndose haber celebrado de un modo continuado durante los tres últimos años previos a la solicitud.
D) Capacidad para atraer visitantes de fuera de la Región.
E) Celebración de forma periódica.

- Solicitud.
- Descripción detallada de la celebración (fecha o época de origen del acontecimiento, historia resumida de su instauración y desarrollo, fecha de celebración, etc..)
- Justificación del cumplimiento de los requisitos señalados en el apartado anterior.
- Información gráfica relativa al acontecimiento festivo.
- Otros datos que el solicitante considere de su interés.

DECRETO 152/1997, de 22 de diciembre, sobre Fiestas de Interés Turístico de Extremadura (DOE Nº 149, DE 27-12-97)

LEY 2/2011, de 31 de enero, de desarrollo y modernización del turismo de Extremadura. (Diario Oficial de Extremadura nº 22, de 2 de febrero de 2011)

Ley 7/2014, de 5 de agosto, de modificación de la Ley 2/2011, de 31 de enero, de desarrollo y modernización del turismo en Extremadura. (DOE 151, de 6 de agosto de 2014)

Consejero/a.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Impugnación ví­a administrativa

í?rgano gestor

D. GRAL. DE TURISMO
AVENIDA DE LAS COMUNIDADES, S/N
06800 MERIDA
dgturismo.ei@gobex.es
924332460

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