Registro Oficial de Licitadores - Juntaex.es

Actualizado el 26 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a las empresas inscribir sus datos para acreditar su aptitud para contratar con las Administraciones Públicas, simplificando los trámites en los procesos de contratación pública.

¿Quién puede solicitarlo?

Empresas (personas físicas o jurídicas), asociaciones, cooperativas, fundaciones, organizaciones y entidades con capacidad para contratar con la Administración.

Requisitos principales

  • Tener capacidad de obrar.
  • Estar dado de alta en una actividad económica.

Plazos

No sujeto a plazo de presentación.

Duración del trámite

3 meses

Información adicional

El Registro tiene carácter electrónico y tanto la solicitud de inscripción como la obtención de certificados se tramita de modo telemático a través de la web: https://registrodelicitadores.gob.es/

Resumen

Este trámite permite la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores de la Comunidad Autónoma de Extremadura. La inscripción facilita la acreditación de las condiciones de aptitud de los empresarios para contratar con las Administraciones Públicas.

Quién puede usar este servicio

Empresas, asociaciones, cooperativas, fundaciones y otras entidades con capacidad para contratar con la Administración Pública.

Antes de empezar

Es importante tener en cuenta que la inscripción es voluntaria, pero puede ser obligatoria para participar en procedimientos abiertos simplificados.

Lo que necesitas

Requisitos previos

  • Tener capacidad de obrar.
  • Estar dado de alta en una actividad económica.

Documentación requerida

La documentación justificativa de cada uno de los datos objeto de inscripción puede consultarse en el Manual de tramitación accediendo a la siguiente URL: https://registrodelicitadores.gob.es

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Acceder a la web del Registro Oficial de Licitadores: https://registrodelicitadores.gob.es/
  2. Realizar la solicitud de inscripción de forma telemática.
  3. Aportar la documentación requerida.

Plazo de presentación

El trámite está disponible de forma permanente.

Después de hacerlo

Plazos de resolución

El plazo máximo para resolver el procedimiento es de 3 meses.

Efecto del silencio administrativo

El silencio administrativo tiene efecto desestimatorio.

Recursos

Se puede interponer recurso de alzada.

Ayuda

Contacto

  • Teléfonos: 924.00.62.61 / 924.00.50.05
  • Correo electrónico: rol@juntaex.es

Recursos adicionales

Normativa

Solicitud y Anexos

Preguntas frecuentes

Ver sección de preguntas frecuentes para más información.


Preguntas frecuentes


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