Registro de Policías Locales de Extremadura - Juntaex.es

Actualizado el 26 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Crear un censo de los miembros de los Cuerpos de Policía Local de los municipios de Extremadura, así como de los policías locales en ayuntamientos sin dicho cuerpo, para fines estadísticos e informativos.

¿Quién puede solicitarlo?

Personal de los Cuerpos de Policía Local dependientes de los ayuntamientos de Extremadura, y policías locales en ayuntamientos sin dicho cuerpo.

Requisitos principales

  • Comunicar las modificaciones de los datos contenidos en los Anexos I y II en el plazo de quince días desde que se produzcan.

Duración del trámite

15 días hábiles

Información adicional

La certeza de los datos se acreditará mediante diligencia extendida por la secretaría del ayuntamiento.

Resumen

Este trámite permite el registro de los policías locales de Extremadura. El objetivo es mantener un censo actualizado de todos los miembros de los Cuerpos de Policía Local de los municipios de la región.

Quién puede usar este servicio

Este servicio está dirigido a los ayuntamientos de Extremadura que cuenten con Cuerpos de Policía Local o con policías locales en sus plantillas.

Lo que necesitas

Documentación

  • Anexo I: Datos personales, profesionales y administrativos del policía local.
  • Anexo II: Información sobre el municipio, la plantilla de la policía local y los recursos disponibles.

Plazos

  • Inscripción inicial: 15 días después de la toma de posesión del policía local.
  • Actualizaciones: 15 días después de cualquier modificación en los datos del Anexo I.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. El ayuntamiento recopila los datos del policía local.
  2. Se completan los Anexos I y II.
  3. Se presenta la documentación en el Registro de Policías Locales de Extremadura.

Tramitar en línea

Puedes realizar este trámite online a través de este enlace: Tramitar en línea

Después de hacerlo

Qué sucede después

Una vez presentada la documentación, el Registro de Policías Locales de Extremadura revisará la información y realizará la inscripción correspondiente.

Plazos de resolución

El plazo para resolver es de 15 días hábiles.

Ayuda

Órgano gestor

Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social Secretaría General de Interior, Emergencias y Protección Civil Servicio de Administración General e Interior Avenida Elvas, S/N 06071, Badajoz

Enlaces de interés


Preguntas frecuentes


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