REGISTRO DE INSTALACIONES DE ALMACENAMIENTO DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS PARA USO PROPIO NO DESTINADOS A VEHÍCULOS
Finalidad
Registro de la instalaciones de almacenamiento de productos petrolíferos líquidos para instalaciones temporales, por obras, para suministro a maquinas y motores.
Destinatarios
Personas físicas o jurídicas.
Plazo de presentación
Durante todo el año.
Lugar de presentación
ORDEN de 12 de diciembre de 2005 por la que se dictan normas para la tramitación de los expedientes de instalación y puesta en funcionamiento de establecimientos e instalaciones industriales
Efecto del silencio administrativo
Sin efecto de silencio
Impugnación vía administrativa
- Realización de la instalación de productos petrolíferos por instalador autorizado de PPL o empresa instaladora autorizada en la categoría correspondiente, el/la cual certificará posteriormente la instalación antes de su entrega.
- Presencia del director técnico de la obra el cual certificará posteriormente la instalación antes de su entrega. Si la capacidad de almacenamiento supera los limites indicados en la MI IP 03 ( Cap VIII ap. 33 ).
- Para instalaciones ejecutadas por instaladores de otras comunidades autónomas: antes de realizar la instalación deberán registrarse previamente en los Servicios de Ordenación Industrial, Energética y Minera de Badajoz y Cáceres.
- Proyecto suscrito por técnico competente y visado por su Colegio Profesional, si la capacidad de almacenamiento supera los limites indicados en la MI IP 03 (Cap VIII ap. 33 ).
- Memoria simplificada y esquema suscritos por Instalador Autorizado de PPL, si la capacidad de almacenamiento no supera los limites indicados en la MI IP 03 (Cap VIII ap. 32 ).
- Certificado de la Empresa Instaladora de PPL que ha realizado la instalación.
- Certificado de fabricación de depósitos o tanques.
- Certificado final de dirección técnica facultativa, firmado por técnico competente y visado por su Colegio Profesional, en los casos que sea exigible Proyecto Técnico de la Instalación.
- Solicitud debidamente cumplimentada para puesta en funcionamiento de actividades e instalaciones industriales.
- Ficha técnica Descriptiva de Instalaciones de Almacenamiento de Productos Petrolíferos Líquidos.
- Acreditación de la personalidad del titular, Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (D.N.I./NIF) en vigor o CIF y escrituras y apoderamiento si es una empresa.-Autorización para presentar y retirar la documentación, cuando la persona que presenta la solicitud sea distinta del titular de la instalación.
- Justificante del abono de tasas. MOD 50
Las solicitudes, junto con la documentación indicada en el apartado anterior, se presentaran preferiblemente en los Servicios de territoriales de industria de Cáceres o Badajoz.
ORDEN de 12 de diciembre de 2005 por la que se dictan normas para la tramitación de los expedientes de instalación y puesta en funcionamiento de establecimientos e instalaciones industriales
Jefe/a del Servicio Territorial
Efecto del silencio administrativo
Sin efecto de silencio
Impugnación vía administrativa
í?rgano gestor
CONSEJERíA DE ECONOMíA E INFRAESTRUCTURASPASEO DE ROMA, S/N Mí?DULO B
06800 MERIDA
924005415