Registro de explotaciones porcinas: Instalación/ampliación provisional de explotaciones porcinas - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Permite la instalación o ampliación provisional de explotaciones porcinas en Extremadura, como paso previo a la construcción de las infraestructuras necesarias.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas, jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que sean propietarias de las instalaciones o de los cerdos y que deseen instalar o ampliar explotaciones porcinas industriales en Extremadura.
Requisitos principales
- Cumplir con los requisitos generales del artículo 5 del Decreto 158/1999.
- Cumplir con el régimen de ubicación y distancias del artículo 7 del Decreto 158/1999.
- Cumplir con las medidas medioambientales del artículo 8 del Decreto 158/1999.
- Para explotaciones intensivas, cumplir con los requisitos del Real Decreto 306/2020, incluyendo condiciones de bioseguridad, infraestructuras, gestión de estiércoles y adopción de mejores técnicas disponibles.
- Para explotaciones extensivas, cumplir con los requisitos del Real Decreto 1221/2009, incluyendo condiciones mínimas y de autorización.
Plazos
No sujeto a plazo de presentación.
Duración del trámite
6 meses
Información adicional
El silencio administrativo es desestimatorio. El procedimiento no agota la vía administrativa y cabe recurso de alzada.
Resumen
Este trámite permite solicitar la autorización para la instalación o ampliación provisional de explotaciones porcinas en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Es un paso previo necesario antes de iniciar las obras de construcción de las infraestructuras.
Quién puede usar este servicio:
- Personas físicas, jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que sean propietarias de las instalaciones o de los cerdos.
Antes de empezar:
- Asegúrate de cumplir con los requisitos establecidos en la normativa vigente.
- Reúne toda la documentación necesaria.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Solicitud de ampliación con arreglo al modelo normalizado (Anexo I Modelo 1 del Decreto 158/1999): SOLICITUD DE INSTALACIÓN/AMPLIACIÓN
- Memoria Técnico-Sanitaria, realizada por veterinario colegiado.
- Licencia Municipal de Obras de edificación, construcción o instalación ó Licencia Municipal de Actividad.
- Documentación Ambiental:
- Autorización Ambiental Integrada, para instalación o ampliación de explotaciones porcinas intensivas de más de 2000 plazas de cebo y/o más de 750 cerdas reproductoras (más de 225 UGM en explotaciones mixtas).
- Autorización Ambiental Unificada, para instalación o ampliación de explotaciones porcinas:
- Intensivas de entre 351 y 2000 plazas de cebo y/o entre 51 y 750 cerdas reproductoras.
- Extensivas de más de 350 plazas de cebo y/o más de 50 cerdas reproductoras.
- Comunicación Ambiental + Informe de Impacto Ambiental, para instalación o ampliación de explotaciones porcinas Intensivas/extensivas de entre 26 y 350 plazas de cebo y/o entre 6 y 50 cerdas reproductoras.
- Programa de gestión de purines.
- Documentación que acredite la propiedad de la finca.
- Modelo de consentimiento del interesado para la consulta de datos: Consentimiento del administrado para consulta de datos a otras AAPP
- Copia del Modelo 50 acreditativo del pago de tasa la por tramitación de expedientes de nueva instalación: 3,81 €.
Requisitos previos:
- Cumplir con los requisitos generales del artículo 5 del Decreto 158/1999.
- Cumplir con el régimen de ubicación y distancias del artículo 7 del Decreto 158/1999.
- Cumplir con las medidas medioambientales del artículo 8 del Decreto 158/1999.
- Para explotaciones intensivas, cumplir con los requisitos del Real Decreto 306/2020.
- Para explotaciones extensivas, cumplir con los requisitos del Real Decreto 1221/2009.
Costes y plazos:
- Tasa por tramitación: 3,81 €.
- Plazo de resolución: 6 meses.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Reúne toda la documentación necesaria.
- Presenta la solicitud y la documentación a través de la plataforma electrónica de la Junta de Extremadura.
- Espera la resolución del procedimiento.
Información sobre cada etapa:
- La solicitud debe presentarse según el modelo normalizado.
- La memoria técnico-sanitaria debe ser realizada por un veterinario colegiado.
- La documentación ambiental varía según el tipo y tamaño de la explotación.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- Recibirás una resolución de la Dirección General de Agricultura y Ganadería.
Plazos de resolución:
- El plazo máximo para resolver es de 6 meses.
Siguiente pasos:
- Si la resolución es favorable, podrás iniciar las obras de construcción de la explotación.
- Si la resolución es desfavorable, podrás interponer un recurso de alzada.
Ayuda
Contacto:
- Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
- Dirección General de Agricultura y Ganadería
- Servicio de Sanidad Animal
- Avenida Luis Ramallo, 06800, Mérida
Recursos adicionales:
Normativa: