REGISTRO DE COOPERATIVAS: MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS, RENOVACIÓN DE ÓRGANOS, OTORGAMIENTO Y REVOCACIÓN DE PODERES Y DISOLUCIÓN Y NOMBRAMIENTO DE LIQUIDADORES

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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Finalidad

El Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura tiene por objeto crear seguridad jurídica mediante la inscripción de las sociedades cooperativas y de los actos y contratos relativos a las mismas o que les afecten, que determinen las leyes y reglamentos.
En el Registro se inscribirán las sociedades cooperativas con domicilio social en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que desarrollen con carácter principal su actividad cooperativizada en dicho territorio. Se entiende que tal actividad se desarrolla con carácter principal en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura cuando la misma resulte ser superior a la actividad cooperativizada realizada en cualquier otra Comunidad Autónoma. La actividad cooperativizada viene constituida por la actividad de la sociedad cooperativa con sus socios y no por las relaciones económicas o jurídicas que mantenga con clientes o proveedores, que podrán desarrollarse dentro de Extremadura, fuera de ella e, incluso, en el extranjero.

Destinatarios

Sociedades Cooperativas.

Plazo de presentación

* Modificación de estatutos sociales:

A) CALIFICACIÓN PREVIA (opcional): dos meses contados a partir del día siguiente a la sesión del órgano social en la que se hubiere adoptado el acuerdo sometido a calificación previa. Transcurrido este plazo será necesario acreditar el mantenimiento de la voluntad de la sociedad de continuar con el proceso de registro del acuerdo adoptado.

B) CALIFICACIÓN E INSCRIPCIÓN: dos meses contados a partir del día siguiente al otorgamiento de la escritura pública de modificación de estatutos sociales.

* Renovación de órganos sociales: El nombramiento y la aceptación serán presentados a inscripción en el Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura dentro de los quince días siguientes a la fecha de la aceptación.

* Poderes de gestión y administración: dos meses contados a partir del día siguiente al otorgamiento de la escritura pública de otorgamiento o de revocación de poderes.

* Disolución y nombramiento de liquidadores: dos meses contados a partir del día siguiente al otorgamiento de la escritura pública de disolución.

Lugar de presentación

Oficinas de registro...

Solicitud calificación previa disolución y liquidadores

Solicitud de calificación e inscripción de modificación de Estatutos

Solicitud de calificación e inscripción de organos sociales

Solicitud de calificación e inscripción de órganos sociales escritura

Solicitud de calificación e inscripción, disolución y liquidadores

Solicitud de calificación previa de modificación de Estatutos

Soliciutd de calificación e inscripción de poderes

Ley 2/1998, de 26 de marzo, de Sociedades Cooperativas de Extremadura (D.O.E. Nº 49, DE 2-5-98).

Ley 20/2001, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2002. (BOE Nº 33, de 7 febrero de 2002)

Ley 8/2006, de 23 de diciembre, de Sociedades Cooperativas Especiales de Extremadura (D.O.E. Nº 156, de 30-12-06).

Decreto-ley 1/2011, de 11 de noviembre, por el que se modifica la Ley 2/1998, de 26 de marzo, de Sociedades Cooperativas de Extremadura (DOE Nº 221, de 17-11-11)

Decreto 172/2002, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura y se modifica el artículo 21 del Decreto 129/2002, de 24 de marzo, por el que se regula el funcionamiento de las Secciones de Crédito de las Sociedades Cooperativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura (D.O.E. Nº 152, de 31-12-02).

Decreto 46/2006, de 21 de marzo, por el que se reforma el Reglamento del Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura, aprobado por el Decreto 172/2002, de 17 de diciembre (D.O.E. Nº 37, de 28-3-06).

Orden de 23 de mayo de 2007 por la que se aprueba el modelo orientativo de estatutos sociales de la sociedad cooperativa especial (D.O.E. Nº 62, DE 31-05-07)

Correc. de errores a la Orden de 23 de mayo de 2007 por la que se aprueba el modelo orientativo de estatutos sociales de la sociedad cooperativa especial (D.O.E. Nº 77, DE 05-07-07)

Orden de 14 de mayo de 2012 por la que se modifica el Anexo de la Orden de 23 de mayo de 2007, por la que se aprueba el modelo orientativo de estatutos sociales de la sociedad cooperativa especial (D.O.E. Nº 104, DE 31-05-12)

Plazo normativo para resolver

Treinta días hábiles para la calificación previa de los títulos. Tres meses para la calificación e inscripción de los mismos.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Impugnación ví­a administrativa

Recurso de alzada ante el titular de la Consejería.

MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS SOCIALES:

A) CALIFICACIÓN PREVIA (opcional).

1º.- Solicitud de calificación suscrita por el Presidente de la Sociedad Cooperativa. MODELO.

2º.-Dos certificaciones del acuerdo de la asamblea general que apruebe la modificación conteniendo la redacción íntegra de los artículos reformados o añadidos, y, en su caso, dos certificaciones que acrediten la existencia de acuerdo de la asamblea general contrario a la subsanación de defectos por el presidente. En la certificación constará la fecha y el sistema de aprobación del acta correspondiente, o que los acuerdos figuran en acta notarial. MODELO.

Nota: La solicitud de calificación de las modificaciones estatutarias consistentes en el cambio de denominación, en el de domicilio, dentro o fuera del término municipal, en la sustitución o cualquier modificación del objeto social y en la reducción del capital social mínimo deberá ir acompañada, además de los documentos comunes, del anuncio original o copia compulsada del mismo, publicado en un periódico de entre los de mayor circulación en los lugares donde se encuentre el domicilio social y los centros de trabajo. El anuncio se presentará por duplicado en cualquiera de las formas enunciadas.

B) CALIFICACIÓN E INSCRIPCIÓN.

1º.- Solicitud de calificación e inscripción suscrita por el Presidente de la Sociedad Cooperativa. MODELO.

2º.- Copia autorizada y una copia simple de la escritura pública de modificación de estatutos sociales. En la certificación que se incorpore a la escritura constará la fecha y el sistema de aprobación del acta correspondiente, o que los acuerdos figuran en acta notarial.

3º.- Justificante de previa presentación para la liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Nota: La solicitud de calificación e inscripción de las modificaciones estatutarias consistentes en el cambio de denominación, en el de domicilio, dentro o fuera del término municipal, en la sustitución o cualquier modificación del objeto social y en la reducción del capital social mínimo deberá ir acompañada, además de los documentos comunes, del anuncio original, copia incorporada a la escritura o copia compulsada del mismo, publicado en un periódico de entre los de mayor circulación en los lugares donde se encuentre el domicilio social y los centros de trabajo. El anuncio se presentará por duplicado en cualquiera de las formas enunciadas.

RENOVACIÓN DE ÓRGANOS SOCIALES:

1º.- Solicitud de calificación e inscripción suscrita por el Presidente de la Sociedad Cooperativa (MODELO A) o si se presentan los acuerdos en escritura pública (MODELO B).

2º.- Dos certificaciones originales del acuerdo de la asamblea general relativo al nombramiento de miembros de órganos sociales, con el contenido previsto en el art. 66 del Reglamento del Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura (MODELO). Si se presentan los acuerdos en escritura pública se aportará copia autorizada, copia simple y justificante de previa presentación para la liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Las firmas de la certificación deberán estar legitimadas notarialmente o autenticadas por el Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura compulsando las firmas con las que ya figuren en documentos públicos con firma legitimada o autenticada que existan en el expediente registral; o bien , se comprobará la autenticidad de las firmas compulsándolas con las que figuren en el D.N.I. o, en caso de extranjeros, en el pasaporte o en la tarjeta de residencia, siendo suficiente la presentación de copia compulsada de los documentos de identificación mencionados.

PODERES DE GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN: OTORGAMIENTO Y REVOCACIÓN

1º.- Solicitud de calificación e inscripción suscrita por el Presidente de la Sociedad Cooperativa. (MODELO para el otorgamiento de poderes / MODELO para la revocación de poderes).

2º.- Copia autorizada y una copia simple de la escritura pública de otorgamiento o de revocación de poderes.

DISOLUCIÓN Y NOMBRAMIENTO DE LIQUIDADORES

A) CALIFICACIÓN PREVIA (opcional).

1º.- Solicitud de calificación suscrita por el liquidador/es de la Sociedad Cooperativa. MODELO.

2º.-Dos certificaciones del acuerdo de la asamblea general que apruebe la disolución y el nombramiento de liquidador/es. MODELO.

B) CALIFICACIÓN E INSCRIPCIÓN:

1º.- Solicitud de calificación e inscripción suscrita por el liquidador/es de la Sociedad Cooperativa. (MODELO).

2º.- Copia autorizada y una copia simple de la escritura pública de disolución y nombramiento de liquidador/es.

3º.- Justificante de previa presentación para la liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Formularios de solicitud

Solicitud calificación previa disolución y liquidadores

Solicitud de calificación e inscripción de modificación de Estatutos

Solicitud de calificación e inscripción de organos sociales

Solicitud de calificación e inscripción de órganos sociales escritura

Solicitud de calificación e inscripción, disolución y liquidadores

Solicitud de calificación previa de modificación de Estatutos

Soliciutd de calificación e inscripción de poderes

Enlace externo a la solicitud

Pulse AQUÍ para acceder a los modelos de proyectos de estatutos sociales según su clase

Ley 2/1998, de 26 de marzo, de Sociedades Cooperativas de Extremadura (D.O.E. Nº 49, DE 2-5-98).

Ley 20/2001, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2002. (BOE Nº 33, de 7 febrero de 2002)

Ley 8/2006, de 23 de diciembre, de Sociedades Cooperativas Especiales de Extremadura (D.O.E. Nº 156, de 30-12-06).

Decreto-ley 1/2011, de 11 de noviembre, por el que se modifica la Ley 2/1998, de 26 de marzo, de Sociedades Cooperativas de Extremadura (DOE Nº 221, de 17-11-11)

Decreto 172/2002, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura y se modifica el artículo 21 del Decreto 129/2002, de 24 de marzo, por el que se regula el funcionamiento de las Secciones de Crédito de las Sociedades Cooperativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura (D.O.E. Nº 152, de 31-12-02).

Decreto 46/2006, de 21 de marzo, por el que se reforma el Reglamento del Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura, aprobado por el Decreto 172/2002, de 17 de diciembre (D.O.E. Nº 37, de 28-3-06).

Orden de 23 de mayo de 2007 por la que se aprueba el modelo orientativo de estatutos sociales de la sociedad cooperativa especial (D.O.E. Nº 62, DE 31-05-07)

Correc. de errores a la Orden de 23 de mayo de 2007 por la que se aprueba el modelo orientativo de estatutos sociales de la sociedad cooperativa especial (D.O.E. Nº 77, DE 05-07-07)

Orden de 14 de mayo de 2012 por la que se modifica el Anexo de la Orden de 23 de mayo de 2007, por la que se aprueba el modelo orientativo de estatutos sociales de la sociedad cooperativa especial (D.O.E. Nº 104, DE 31-05-12)

Director/a General

Plazo normativo para resolver

Treinta días hábiles para la calificación previa de los títulos. Tres meses para la calificación e inscripción de los mismos.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Impugnación ví­a administrativa

Recurso de alzada ante el titular de la Consejería.

í?rgano gestor

SERVICIO DE COOPERATIVAS Y SOCIEDADES LABORALES
PASEO DE ROMA S/N. MODULO D 2ª PLANTA
06800 MERIDA
indalecio.moreno@gobex.es
924005288

Oficinas de la administración

Centro de Atención Administrativa de Guareña

Carretera Oliva de Mérida S/N, 06470, Guareña

Oficina Comarcal Agraria (O.C.A) de Barcarrota

Calle BADAJOZ 72, 06160, Barcarrota

Tel. 924025709

Oficina Comarcal Agraria (O.C.A) de Jarandilla de la Vera

Avenida Soledad Vega Ortiz 1, 10450, Jarandilla de la Vera

Tel. 927016820

Dirección General de Personal Docente

Avenida Valhondo S/N, 06800, Mérida

Tel. 924008004

Centro de Atención Administrativa de Montánchez

Plaza España 1, 10170, Montánchez

Centro de Empleo de Casar de Palomero

Calle Variante 16, 10640, Casar de Palomero

Tel. 927015775

Centro de Empleo de Mérida 1

Calle Cristobal Colón 5, 06800, Mérida

Tel. 924003035

Centro de Atención Administrativa de Monesterio

Calle Ramón y C Ajal 55, 06260, Monesterio

Centro Socio Sanitario Adolfo Días Ambrona de Mérida

Carretera Valverde KM 2, 06800, Mérida

Tel. 924388081

E.O.E.P. Equipo de Atención Temprana de Coria

Calle Correderea 34, 10800, Coria

Tel. 927013032

Gerencia de Área de Salud de Cáceres

Calle San Pedro de Alcántara 3, 10001, Cáceres

Tel. 927256364

Fundación Centro de Cirugia de Mínima Invasión

Carretera N-521 KM 41,8, 10071, Cáceres

Tel. 927005003

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