REGISTRO DE COOPERATIVAS: MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS, RENOVACIÓN DE ÓRGANOS, OTORGAMIENTO Y REVOCACIÓN DE PODERES Y DISOLUCIÓN Y NOMBRAMIENTO DE LIQUIDADORES
Finalidad
El Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura tiene por objeto crear seguridad jurídica mediante la inscripción de las sociedades cooperativas y de los actos y contratos relativos a las mismas o que les afecten, que determinen las leyes y reglamentos.
En el Registro se inscribirán las sociedades cooperativas con domicilio social en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que desarrollen con carácter principal su actividad cooperativizada en dicho territorio. Se entiende que tal actividad se desarrolla con carácter principal en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura cuando la misma resulte ser superior a la actividad cooperativizada realizada en cualquier otra Comunidad Autónoma. La actividad cooperativizada viene constituida por la actividad de la sociedad cooperativa con sus socios y no por las relaciones económicas o jurídicas que mantenga con clientes o proveedores, que podrán desarrollarse dentro de Extremadura, fuera de ella e, incluso, en el extranjero.
Destinatarios
Sociedades Cooperativas.
Plazo de presentación
* Modificación de estatutos sociales:
A) CALIFICACIÓN PREVIA (opcional): dos meses contados a partir del día siguiente a la sesión del órgano social en la que se hubiere adoptado el acuerdo sometido a calificación previa. Transcurrido este plazo será necesario acreditar el mantenimiento de la voluntad de la sociedad de continuar con el proceso de registro del acuerdo adoptado.
B) CALIFICACIÓN E INSCRIPCIÓN: dos meses contados a partir del día siguiente al otorgamiento de la escritura pública de modificación de estatutos sociales.
* Renovación de órganos sociales: El nombramiento y la aceptación serán presentados a inscripción en el Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura dentro de los quince días siguientes a la fecha de la aceptación.
* Poderes de gestión y administración: dos meses contados a partir del día siguiente al otorgamiento de la escritura pública de otorgamiento o de revocación de poderes.
* Disolución y nombramiento de liquidadores: dos meses contados a partir del día siguiente al otorgamiento de la escritura pública de disolución.
Lugar de presentación
Solicitud calificación previa disolución y liquidadores
Solicitud de calificación e inscripción de modificación de Estatutos
Solicitud de calificación e inscripción de organos sociales
Solicitud de calificación e inscripción de órganos sociales escritura
Solicitud de calificación e inscripción, disolución y liquidadores
Solicitud de calificación previa de modificación de Estatutos
Soliciutd de calificación e inscripción de poderes
Ley 2/1998, de 26 de marzo, de Sociedades Cooperativas de Extremadura (D.O.E. Nº 49, DE 2-5-98).
Plazo normativo para resolver
Treinta días hábiles para la calificación previa de los títulos. Tres meses para la calificación e inscripción de los mismos.
Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio
Impugnación vía administrativa
Recurso de alzada ante el titular de la Consejería.
MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS SOCIALES:
A) CALIFICACIÓN PREVIA (opcional).
1º.- Solicitud de calificación suscrita por el Presidente de la Sociedad Cooperativa. MODELO.
2º.-Dos certificaciones del acuerdo de la asamblea general que apruebe la modificación conteniendo la redacción íntegra de los artículos reformados o añadidos, y, en su caso, dos certificaciones que acrediten la existencia de acuerdo de la asamblea general contrario a la subsanación de defectos por el presidente. En la certificación constará la fecha y el sistema de aprobación del acta correspondiente, o que los acuerdos figuran en acta notarial. MODELO.
Nota: La solicitud de calificación de las modificaciones estatutarias consistentes en el cambio de denominación, en el de domicilio, dentro o fuera del término municipal, en la sustitución o cualquier modificación del objeto social y en la reducción del capital social mínimo deberá ir acompañada, además de los documentos comunes, del anuncio original o copia compulsada del mismo, publicado en un periódico de entre los de mayor circulación en los lugares donde se encuentre el domicilio social y los centros de trabajo. El anuncio se presentará por duplicado en cualquiera de las formas enunciadas.
B) CALIFICACIÓN E INSCRIPCIÓN.
1º.- Solicitud de calificación e inscripción suscrita por el Presidente de la Sociedad Cooperativa. MODELO.
2º.- Copia autorizada y una copia simple de la escritura pública de modificación de estatutos sociales. En la certificación que se incorpore a la escritura constará la fecha y el sistema de aprobación del acta correspondiente, o que los acuerdos figuran en acta notarial.
3º.- Justificante de previa presentación para la liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Nota: La solicitud de calificación e inscripción de las modificaciones estatutarias consistentes en el cambio de denominación, en el de domicilio, dentro o fuera del término municipal, en la sustitución o cualquier modificación del objeto social y en la reducción del capital social mínimo deberá ir acompañada, además de los documentos comunes, del anuncio original, copia incorporada a la escritura o copia compulsada del mismo, publicado en un periódico de entre los de mayor circulación en los lugares donde se encuentre el domicilio social y los centros de trabajo. El anuncio se presentará por duplicado en cualquiera de las formas enunciadas.
RENOVACIÓN DE ÓRGANOS SOCIALES:
1º.- Solicitud de calificación e inscripción suscrita por el Presidente de la Sociedad Cooperativa (MODELO A) o si se presentan los acuerdos en escritura pública (MODELO B).
2º.- Dos certificaciones originales del acuerdo de la asamblea general relativo al nombramiento de miembros de órganos sociales, con el contenido previsto en el art. 66 del Reglamento del Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura (MODELO). Si se presentan los acuerdos en escritura pública se aportará copia autorizada, copia simple y justificante de previa presentación para la liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Las firmas de la certificación deberán estar legitimadas notarialmente o autenticadas por el Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura compulsando las firmas con las que ya figuren en documentos públicos con firma legitimada o autenticada que existan en el expediente registral; o bien , se comprobará la autenticidad de las firmas compulsándolas con las que figuren en el D.N.I. o, en caso de extranjeros, en el pasaporte o en la tarjeta de residencia, siendo suficiente la presentación de copia compulsada de los documentos de identificación mencionados.
PODERES DE GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN: OTORGAMIENTO Y REVOCACIÓN
1º.- Solicitud de calificación e inscripción suscrita por el Presidente de la Sociedad Cooperativa. (MODELO para el otorgamiento de poderes / MODELO para la revocación de poderes).
2º.- Copia autorizada y una copia simple de la escritura pública de otorgamiento o de revocación de poderes.
DISOLUCIÓN Y NOMBRAMIENTO DE LIQUIDADORES
A) CALIFICACIÓN PREVIA (opcional).
1º.- Solicitud de calificación suscrita por el liquidador/es de la Sociedad Cooperativa. MODELO.
2º.-Dos certificaciones del acuerdo de la asamblea general que apruebe la disolución y el nombramiento de liquidador/es. MODELO.
B) CALIFICACIÓN E INSCRIPCIÓN:
1º.- Solicitud de calificación e inscripción suscrita por el liquidador/es de la Sociedad Cooperativa. (MODELO).
2º.- Copia autorizada y una copia simple de la escritura pública de disolución y nombramiento de liquidador/es.
3º.- Justificante de previa presentación para la liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Formularios de solicitud
Solicitud calificación previa disolución y liquidadores
Solicitud de calificación e inscripción de modificación de Estatutos
Solicitud de calificación e inscripción de organos sociales
Solicitud de calificación e inscripción de órganos sociales escritura
Solicitud de calificación e inscripción, disolución y liquidadores
Solicitud de calificación previa de modificación de Estatutos
Soliciutd de calificación e inscripción de poderes
Enlace externo a la solicitud
Pulse AQUÍ para acceder a los modelos de proyectos de estatutos sociales según su clase
Ley 2/1998, de 26 de marzo, de Sociedades Cooperativas de Extremadura (D.O.E. Nº 49, DE 2-5-98).
Director/a General
Plazo normativo para resolver
Treinta días hábiles para la calificación previa de los títulos. Tres meses para la calificación e inscripción de los mismos.
Efecto del silencio administrativo
Desestimatorio
Impugnación vía administrativa
Recurso de alzada ante el titular de la Consejería.
í?rgano gestor
SERVICIO DE COOPERATIVAS Y SOCIEDADES LABORALESPASEO DE ROMA S/N. MODULO D 2ª PLANTA
06800 MERIDA
indalecio.moreno@gobex.es
924005288
Trámites relacionados
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