Registro de Agentes del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación de Extremadura (SECTI) - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Este trámite permite a los agentes del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación (SECTI) registrarse, acreditarse, modificar sus datos o cancelar su inscripción en el registro electrónico.
¿Quién puede solicitarlo?
Entidades públicas y privadas que participen en la generación, promoción, desarrollo y aprovechamiento de actividades de I+D+i en Extremadura, conforme al artículo 23 de la Ley 10/2010.
Requisitos principales
- Estar legalmente constituidas.
- Tener entre sus fines alguno de los establecidos en la Ley 10/2010 y su reglamento.
- Que el ámbito principal de sus actuaciones tenga lugar en Extremadura.
- Tener personalidad jurídica propia.
- Realizar actividades de I+D+i.
- Disponer de la organización adecuada y medios para llevar a cabo las actividades.
Plazos
No sujeto a plazo de presentación.
Duración del trámite
3 meses
Información adicional
La acreditación se considera concedida si no hay resolución en 3 meses. La resolución no agota la vía administrativa y puede recurrirse mediante recurso de alzada.
Resumen
Este trámite permite la acreditación, inscripción, modificación o cancelación de datos en el Registro de Agentes del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación (SECTI) de Extremadura.
Quién puede usar este servicio: Agentes del SECTI, tanto entidades públicas como privadas, que participen en actividades de I+D+i en Extremadura.
Antes de empezar: Es importante revisar los requisitos y la documentación necesaria antes de iniciar el trámite.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Estatutos de la entidad (si procede).
- Escritura de constitución de la sociedad y, en su caso, de modificaciones posteriores (si es persona jurídica).
- DNI o NIF del representante legal (salvo que se oponga a la consulta).
- Documento que acredite la capacidad de actuar como representante legal.
- Documentación que acredite el desarrollo de actividades de I+D+I.
Requisitos previos:
- Estar legalmente constituido.
- Tener entre sus fines alguno de los establecidos en la Ley 10/2010.
- Que el ámbito principal de sus actuaciones tenga lugar en Extremadura.
- Tener personalidad jurídica propia.
- Realizar actividades de I+D+i.
- Disponer de la organización adecuada y medios personales y materiales.
Costes y plazos:
- El trámite es gratuito.
- No está sujeto a plazo de presentación.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Reúna la documentación necesaria.
- Acceda a la sede electrónica de la Junta de Extremadura.
- Complete el formulario de solicitud (P6010) y adjunte la documentación requerida.
- Presente la solicitud de forma electrónica.
Información sobre cada etapa:
- La solicitud se realiza a través de la sede electrónica de la Junta de Extremadura.
- Es necesario disponer de certificado digital para realizar el trámite.
Tiempos de espera:
- El plazo máximo para resolver es de 3 meses.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- La administración resolverá sobre la solicitud de acreditación, inscripción, modificación o cancelación.
Plazos de resolución:
- 3 meses.
Siguiente pasos:
- En caso de resolución favorable, la entidad quedará inscrita en el Registro de Agentes del SECTI.
- En caso de resolución desfavorable, se podrá interponer recurso de alzada.
Ayuda
Contacto:
- Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación Servicio de Recursos de la Investigación Científica Pública Paseo De Roma, 06800, Mérida
Recursos adicionales:
- Modelo de solicitud
- Guía de uso procedimiento 6010
- DECRETO 49/2023, de 10 de mayo
- Cláusula de protección de datos P6010
Tramitar en línea:
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