Rectificación de autoliquidación - Juntaex.es

Actualizado el 26 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a los contribuyentes corregir errores u omisiones en sus autoliquidaciones de impuestos cuando consideran que han perjudicado sus intereses.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas o jurídicas obligadas al cumplimiento de obligaciones tributarias.

Requisitos principales

  • Haber presentado la autoliquidación que se desea rectificar.
  • No estar sujeto a un procedimiento de comprobación o investigación sobre la misma autoliquidación.

Plazos

Debe presentarse antes de que la Administración tributaria practique la liquidación definitiva o antes de que prescriba el derecho de la Administración a determinar la deuda tributaria.

Duración del trámite

No tiene

Información adicional

La solicitud puede presentarse en los registros de cualquier órgano administrativo, oficinas de Correos, etc. Es importante conservar una copia sellada como comprobante de la presentación.

Resumen

Este trámite permite a los contribuyentes solicitar la corrección de errores en sus autoliquidaciones de impuestos ante la Junta de Extremadura.

Quién puede usar este servicio: Los contribuyentes, ya sean personas físicas o jurídicas, que consideren que una autoliquidación presentada ha perjudicado sus intereses.

Antes de empezar: Es necesario haber presentado la autoliquidación que se desea rectificar.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • En su caso, los documentos que acrediten la representación.
  • Los demás documentos o justificantes que estime oportunos. En particular, deberá acreditar el ingreso efectuado cuando, con la rectificación de la autoliquidación, se solicite la devolución de ingresos indebidos.

Requisitos previos:

  • Haber presentado la autoliquidación que se desea rectificar.
  • No debe estar en curso un procedimiento de comprobación o investigación sobre la misma autoliquidación.

Costes y plazos:

  • Este trámite no tiene coste.
  • Deberá presentarse dentro del plazo de prescripción del derecho de la Administración tributaria para determinar la deuda tributaria mediante liquidación o el derecho a solicitar la devolución correspondiente y siempre antes de que la Administración tributaria haya practicado la liquidación definitiva.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Preparar la solicitud de rectificación, incluyendo la documentación necesaria.
  2. Presentar la solicitud:

Información sobre cada etapa:

  • La Administración revisará la solicitud y la documentación.
  • Podrán solicitarse documentos o información adicional.
  • Se emitirá una resolución aceptando o denegando la rectificación.

Tiempos de espera:

  • El plazo para resolver no está definido.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • Recibirá una notificación con la resolución de la solicitud.
  • Si la rectificación es aprobada, se procederá a la devolución de ingresos indebidos, si corresponde.

Plazos de resolución:

  • No tiene.

Siguiente pasos:

  • En caso de disconformidad con la resolución, puede interponerse un recurso de reposición (opcional) o una reclamación económico-administrativa en el plazo de un mes.

Ayuda

Contacto:

  • Puede dirigirse a las oficinas de la Dirección General de Tributos:
    • Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública Dirección General de Tributos PASEO De Roma, 06800, Mérida Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública Dirección General de Tributos Oficina Gestora de Plasencia AVENIDA Dolores Ibárruri, s/n 10600, Plasencia Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública Dirección General de Tributos Servicio Fiscal de Badajoz CALLE Padre Tomás, 4 06001, Badajoz Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública Dirección General de Tributos Servicio Fiscal de Cáceres CALLE Donoso Cortés, 11-A 10003, Cáceres Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública Dirección General de Tributos Servicio Fiscal de Mérida PASEO De Roma, 06800, Mérida Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública Dirección General de Tributos Servicio de Gestión y Coordinación Tributaria PASEO De Roma, 06800, Mérida Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública Dirección General de Tributos Servicio de Juego PASEO De Roma, 06800, Mérida Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública Dirección General de Tributos Servicio de Recaudación PASEO De Roma, 06800, Mérida

Recursos adicionales:

Preguntas frecuentes:

  • Consulte la sección de "Más información" para acceder a las preguntas frecuentes sobre este trámite.

Preguntas frecuentes


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