Reconocimiento de situación de dependencia - Juntaex.es

Actualizado el 26 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Este trámite permite que se reconozca tu situación de dependencia, lo que te da derecho a recibir servicios y prestaciones para ayudarte en tu autonomía personal y atención.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas que consideren que tienen algún grado de dependencia y deseen que se valore su situación.

Requisitos principales

  • Estar en situación de dependencia en alguno de los grados establecidos.
  • Para menores de 3 años, se aplicará lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 39/2006.
  • Residir en territorio español durante cinco años, con dos años inmediatamente anteriores a la solicitud. Para menores de cinco años, este requisito se exige a quien tenga su guarda y custodia.

Plazos

El plazo de presentación de la solicitud está abierto durante todo el año.

Duración del trámite

No especificado

Información adicional

Para más información, puedes visitar la página web del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD): <a href="https://saludextremadura.ses.es/sepad">https://saludextremadura.ses.es/sepad</a>. También puedes consultar las <a href="https://saludextremadura.ses.es/filescms/sepad/uploaded_files/CustomContentResources/CaptInstrucSolDep.JPG">instrucciones generales para la nueva solicitud de dependencia</a>.

Resumen

Este trámite te permite solicitar el reconocimiento de tu situación de dependencia y acceder a las prestaciones y servicios que ofrece el sistema. Esto te ayudará a cubrir tus necesidades si requieres apoyo para realizar actividades diarias, mejorar tu autonomía y ejercer tus derechos.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Solicitud (Anexo I).
  • Informe de salud del profesional de atención primaria (Anexo II).
  • Informe social emitido por el trabajador social (Anexo IV, opcional).
  • En caso de representación, el Anexo III o la sentencia judicial que acredite la representación legal.
  • Documento Nacional de Identidad/NIE/Pasaporte.
  • Certificado de empadronamiento.
  • Resolución de reconocimiento del grado de discapacidad (si aplica).
  • Certificado de estado civil.
  • Certificado oficial de parejas de hecho (si aplica).
  • Hoja del Registro Civil (si el solicitante es menor de edad y no tiene DNI).
  • Autoliquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del último ejercicio fiscal.
  • Autoliquidación del Impuesto sobre el Patrimonio del último ejercicio fiscal o relación de bienes valorados.
  • Certificación catastral de todos los inmuebles actualizados.
  • Certificados de pensiones expedidos por la Tesorería General de la Seguridad Social, MUFACE, MUGEJU u otra entidad equivalente.

Requisitos

  • Estar en situación de dependencia en alguno de los grados establecidos.
  • Para menores de 3 años, se aplicará lo dispuesto en la disposición adicional decimotercera de la Ley 39/2006.
  • Residir en territorio español durante cinco años, con dos años inmediatamente anteriores a la solicitud. Para menores de cinco años, este requisito se exige a quien tenga su guarda y custodia.

Costes

Aunque el importe de cada prestación individual depende de una fórmula matemática, los importes máximos y mínimos que se indican en la normativa aplicable son:

  • Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad. Disposición Transitoria Décima, apartado 2:

| GRADO | VINCULADA AL SERVICIO | ASISTENTE PERSONAL | ENTORNOS | | :---- | :-------------------- | :----------------- | :------- | | III | 715,07€ | 715,07€ | 387,64€ | | II | 426,12 | 426,12€ | 268,79€ | | I | 300€ | 300€ | 153€ |

  • Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, por el que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, establecidas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

Disposición adicional segunda. Cuantías máximas de las prestaciones económicas.

Con independencia de la fecha en que se haya producido su reconocimiento, las cuantías máximas de las prestaciones económicas correspondientes a los grados, III, II y l de dependencia, serán las que se determinan en la disposición transitoria décima, apartado 2, del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.

  • Orden de 7 de febrero de 2013 por la que se hacen públicos los criterios para la determinación, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la prestación económica a los beneficiarios que tengan reconocida la condición de persona en situación de dependencia. Art. 7.3

| GRADO/GRADO Y NIVEL | CUANTÍA MÍNIMA | | :------------------ | :------------- | | III, III niveles 2 y 1 | 175€ | | II, II niveles 2 y 1 | 100€ | | I, I niveles 2 y 1 | 75€ |

Plazos

El plazo de presentación de la solicitud está abierto durante todo el año.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Reúne la documentación necesaria: Asegúrate de tener todos los documentos requeridos según la lista proporcionada.
  2. Presenta la solicitud: Puedes hacerlo de forma online a través de la plataforma de la Junta de Extremadura o de manera presencial en las oficinas habilitadas. Consulta la ubicación de las oficinas en el enlace proporcionado: Buscar oficina donde realizar este trámite.

Solicitud y Anexos

Después de hacerlo

Qué sucede después

Una vez presentada la solicitud, se valorará tu situación de dependencia y se determinará el grado correspondiente. Recibirás una resolución con la información sobre las prestaciones y servicios a los que tienes derecho.

Resolución

  • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección Gerencia - Sepad
  • Efecto silencio administrativo: Estimatorio
  • Fin vía administrativa: No
  • Impugnación vía administrativa: Sí

Ayuda

Más información

Para más información, puedes visitar la página web del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD): https://saludextremadura.ses.es/sepad. También puedes consultar las instrucciones generales para la nueva solicitud de dependencia.

Órgano gestor

Consejería de Salud y Servicios Sociales Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD) Dirección Gerencia - Sepad Unidad de Acceso y Valoración de la Dependencia Avenida De las Américas, 4 06800, Mérida


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