Protectorado de Fundaciones: presentación del plan de actuación - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Presentar el plan de actuación anual al Protectorado de Fundaciones de Extremadura para cumplir con las obligaciones legales.
¿Quién puede solicitarlo?
Fundaciones inscritas en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Requisitos principales
- El patronato debe aprobar y remitir el plan de actuación en los últimos tres meses de cada año.
- El plan debe reflejar los objetivos y actividades previstas para el siguiente ejercicio.
- Debe incluir información identificativa de cada actividad, gastos estimados, ingresos previstos y otros indicadores relevantes.
Plazos
Del 1 de octubre al 31 de diciembre de cada año.
Duración del trámite
4 años
Resumen
Este trámite permite a las fundaciones inscritas en el Registro de Fundaciones de Extremadura presentar su plan de actuación anual al Protectorado de Fundaciones.
Quién puede usar este servicio: Fundaciones inscritas en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Plan de actuación.
- Certificación del acuerdo aprobatorio del patronato y de la relación de los patronos asistentes a la sesión.
Requisitos previos:
- El patronato debe aprobar el plan de actuación.
- El plan debe contener información detallada sobre las actividades, gastos e ingresos previstos.
Costes y plazos:
- Este trámite es gratuito.
- El plan de actuación debe presentarse entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de cada año.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- El patronato de la fundación aprueba el plan de actuación.
- Se obtiene la certificación del acuerdo aprobatorio.
- Se presenta el plan y la certificación a través del registro electrónico de la Junta de Extremadura o del Estado.
Información sobre cada etapa:
- La presentación debe realizarse de forma electrónica con firma electrónica.
- Se deben utilizar los formularios de solicitud disponibles en la sección de Solicitud y Anexos.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- El Protectorado de Fundaciones revisará la documentación.
- Si todo es correcto, el plan de actuación se depositará en el Registro de Fundaciones de Extremadura.
Plazos de resolución:
- El plazo máximo para resolver es de 4 años.
- El silencio administrativo es desestimatorio.
Siguientes pasos:
- Se puede interponer recurso de alzada contra el depósito del plan en el Registro.
Ayuda
Contacto:
- Consejería de Hacienda y Administración Pública
- Secretaría General - C. Hacienda y Administración Pública
- Servicio de Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales
- Avenida Valhondo, 06800, Mérida
Recursos adicionales:
Solicitud y Anexos
- Solicitud de presentación del Plan de Actuación
- Modelo de certificado de aprobación
- Modelo de Plan de Actuación
Normativa
- Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de fundaciones
- Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal
- Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal
- Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y el modelo de plan de actuación de las entidades sin fines lucrativos
- Resolución de 26 de marzo de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se aprueba el Plan de Contabilidad de las entidades sin fines lucrativos
- Orden de 2022 por la que se regula el alcance de la revisión formal