Protectorado de Fundaciones: presentación de cuentas anuales - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Cumplir con la obligación de presentar las cuentas anuales al Protectorado de Fundaciones.
¿Quién puede solicitarlo?
Fundaciones inscritas en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Requisitos principales
- Llevar una contabilidad ordenada y adecuada a la actividad de la fundación.
- Formular las cuentas anuales en el plazo máximo de seis meses desde el cierre del ejercicio.
- Aprobar las cuentas anuales por el Patronato de la fundación.
- Presentar las cuentas anuales al Protectorado dentro de los diez días hábiles siguientes a su aprobación.
Plazos
El plazo de presentación es de diez días después de la aprobación de las cuentas por el patronato, que debe ocurrir durante los primeros seis meses del año.
Duración del trámite
4 años
Información adicional
Una vez examinadas las cuentas y comprobada su adecuación formal, el Protectorado las depositará en el Registro de Fundaciones. Cualquier persona puede obtener información de los documentos depositados.
Resumen
Este trámite permite a las fundaciones presentar sus cuentas anuales al Protectorado de Fundaciones de Extremadura, cumpliendo así con sus obligaciones legales.
Quién puede usar este servicio: Fundaciones inscritas en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Plazo de presentación: Durante los primeros seis meses del año, con un plazo de diez días después de la aprobación de las cuentas por el patronato.
Lo que necesitas
Documentación requerida:
- Cuentas anuales (Balance, Cuenta de resultados, Memoria).
- Informe del cumplimiento del Código de Conducta.
- Hoja de firmas.
- Informe de auditoría, en su caso.
- Certificado de aprobación de las cuentas.
Requisitos previos:
- Llevar una contabilidad ordenada y adecuada a la actividad de la fundación.
- Aprobar las cuentas anuales por el Patronato de la fundación.
Costes y plazos:
- Este trámite es gratuito.
- El plazo de resolución es de 4 años.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Preparar la documentación requerida.
- Presentar la documentación a través del registro electrónico de la Junta de Extremadura o del Estado, con firma electrónica.
Información sobre cada etapa:
- La presentación debe realizarse de forma electrónica.
- Código DIR (identificación de la Administración): A11029857
Después de hacerlo
Qué sucede después:
El Protectorado examinará la documentación y, si es correcta, la depositará en el Registro de Fundaciones.
Plazos de resolución:
- El plazo máximo para resolver es de 4 años.
- El silencio administrativo es desestimatorio.
Siguientes pasos:
Una vez depositadas las cuentas, cualquier persona puede acceder a la información.
Ayuda
Contacto:
- Consejería de Hacienda y Administración Pública
- Secretaría General - C. Hacienda y Administración Pública
- Servicio de Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales
- Avenida Valhondo, s/n
- 06800, Mérida
Recursos adicionales:
Formularios de solicitud:
- Impreso de presentación de Cuentas anuales
- Balance y Cuentas normal
- Memoria Normal
- Balance y Cuentas abreviado
- Memoria abreviada
- Balance y cuentas simplificado
- Memoria Simplificada
- Certificado aprobación de cuentas
- Impreso de hojas de firmas patronato
- Informe del cumplimiento del código de conducta
Normativa:
- Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de fundaciones
- Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal
- Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal
- Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre, por el que se aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos y el modelo de plan de actuación de las entidades sin fines lucrativos
- Resolución de 26 de marzo de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se aprueba el Plan de Contabilidad de las entidades sin fines lucrativos
- 6 - Resolución de 26 de marzo de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se aprueba el Plan de Contabilidad de pequeñas y medianas entidades sin fines lucrativos