Prórroga de contrato de adjudicación de viviendas de promoción pública en régimen de arrendamiento - Juntaex.es

Actualizado el 26 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a los inquilinos de viviendas de promoción pública extender la duración de su contrato de arrendamiento, garantizando la continuidad en el uso de la vivienda.

¿Quién puede solicitarlo?

Ciudadanos que sean inquilinos de viviendas de promoción pública y deseen prorrogar su contrato de arrendamiento.

Requisitos principales

  • Ser mayor de edad o menor emancipado y no estar incapacitado para obligarse contractualmente.
  • Que los ingresos familiares ponderados no excedan dos veces el IPREM.
  • Acreditar necesidad de vivienda.
  • Acreditar un período mínimo de residencia continua de tres años en el municipio o diez años discontinuos (con el último año residiendo en el municipio).
  • No haber sido adjudicatario de otra vivienda de promoción pública.
  • No estar ocupando ilegalmente una vivienda de promoción pública.
  • No haber sido condenado por delitos contra la salud pública o alteración del orden público.

Plazos

La solicitud de prórroga debe realizarse durante el último año de vigencia del contrato y, en todo caso, antes de los tres últimos meses precedentes a la extinción del mismo.

Duración del trámite

No especificado

Información adicional

Las prórrogas se conceden por periodos de tres años, condicionadas a la aceptación de la actualización del importe de la renta de alquiler vigente incrementada en un 3%.

Resumen

Este trámite permite a los inquilinos de viviendas de promoción pública solicitar una prórroga de su contrato de arrendamiento. Es necesario realizar la solicitud durante el último año del contrato y antes de los tres últimos meses de su finalización.

Quién puede usar este servicio:

  • Inquilinos de viviendas de promoción pública.

Antes de empezar:

  • Asegúrate de cumplir con los requisitos establecidos.
  • Reúne toda la documentación necesaria.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Fotocopia compulsada del DNI de todos los miembros de la unidad familiar (NIE y pasaporte para extranjeros).
  • Fotocopia compulsada del libro de familia o certificado de parejas de hecho.
  • Certificado histórico colectivo de empadronamiento y convivencia.
  • Certificado de defunción (en caso de fallecimiento del adjudicatario).
  • Copia de la sentencia de separación o divorcio y convenio regulador (si aplica).
  • Vida laboral de los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años.
  • Copia de la declaración del IRPF de los dos últimos ejercicios o certificado de imputaciones.
  • Certificado de la Dirección General del Catastro (negativo o positivo).
  • Certificado del SEPE (negativo o positivo).
  • Certificado del INSS de pensiones o prestaciones (negativo o positivo).
  • Justificante de prestaciones sociales (Renta Extremeña Garantizada, etc.).
  • Certificado de antecedentes penales de los miembros mayores de 18 años.
  • Fotocopia de los contratos de suministros de agua y electricidad y última factura.
  • Compromiso de fraccionamiento de pago de la deuda (si existen deudas).
  • Otra documentación complementaria.

Requisitos previos:

  • Ser mayor de edad o menor emancipado.
  • No superar los límites de ingresos establecidos (dos veces el IPREM).
  • Acreditar necesidad de vivienda y residencia mínima en el municipio.
  • No ser adjudicatario de otra vivienda de promoción pública.
  • No ocupar ilegalmente una vivienda de promoción pública.
  • No tener antecedentes penales relacionados con delitos contra la salud pública o alteración del orden público.

Costes y plazos:

  • La prórroga implica una actualización del alquiler con un incremento del 3%.
  • La solicitud debe presentarse durante el último año del contrato, antes de los tres últimos meses.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Reúne la documentación necesaria.
  2. Completa el formulario de solicitud (MODELO SOLICITUD PRORROGA CONTRATO).
  3. Presenta la solicitud de forma online o presencial.

Información sobre cada etapa:

Tiempos de espera:

  • No especificado.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • Se evaluará la solicitud y se notificará la resolución.

Plazos de resolución:

  • El efecto del silencio administrativo es desestimatorio.

Siguientes pasos:

  • En caso de ser aprobada, se formalizará la prórroga del contrato.
  • En caso de ser denegada, se puede interponer un recurso de alzada.

Ayuda

Contacto:

  • Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana Servicio de Adjudicación y Mantenimiento Avenida de las Comunidades, S/N 06800, Mérida

Recursos adicionales:

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