Programa de Rehabilitación Energética de Edificios existentes (PREE) - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Obtener ayudas para mejorar la eficiencia energética de edificios existentes en Extremadura, reduciendo emisiones de CO2 y el consumo de energía final.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas o jurídicas, comunidades de propietarios, empresas explotadoras, empresas de servicios energéticos (ESEs), entidades locales, comunidades de energías renovables y comunidades ciudadanas de energía.
Requisitos principales
- El edificio debe ser existente y construido antes de 2007.
- Mejorar la calificación energética total del edificio en al menos 1 letra.
- Las actuaciones deben cumplir la normativa vigente y contar con las licencias necesarias.
- Reducción en las emisiones de dióxido de carbono y del consumo de energía final.
Plazos
Desde: 12/06/2021 Hasta: 31/07/2021
Duración del trámite
6 meses
Información adicional
El programa está coordinado por el IDAE y financiado por el Fondo Nacional de Eficiencia Energética y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR).
Resumen
Ayudas para mejorar la eficiencia energética de edificios existentes en Extremadura, en el marco del Programa de Rehabilitación Energética de Edificios existentes (PREE).
Quién puede usar este servicio:
- Personas físicas o jurídicas propietarias de viviendas o edificios.
- Comunidades de propietarios.
- Empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios.
- Empresas de servicios energéticos (ESEs).
- Entidades locales.
- Comunidades de energías renovables y comunidades ciudadanas de energía.
Antes de empezar:
- Asegúrate de que el edificio cumple con los requisitos de antigüedad y calificación energética.
- Ten a mano la documentación necesaria, como el certificado de eficiencia energética y el proyecto o memoria técnica.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Copia del DNI/NIE del solicitante.
- Declaración responsable.
- Documento que acredite la propiedad del edificio.
- Consulta descriptiva y gráfica de datos catastrales del inmueble.
- Informe justificativo firmado por el solicitante.
- Certificado de eficiencia energética del edificio en su estado actual.
- Certificado de eficiencia energética del edificio tras la reforma propuesta.
- Proyecto o memoria técnica.
- Presupuesto de la empresa o empresas que realizarán la ejecución de las actuaciones.
- Certificado de la comunidad autónoma que acredite que obtuvieron dicha calificación las viviendas o equivalente (si aplica).
- Certificado de la comunidad autónoma que las viviendas objeto de la rehabilitación están incluidas en un Área de Regeneración y Renovación Urbana (si aplica).
Requisitos previos:
- El edificio debe ser existente y construido antes de 2007.
- Mejorar la calificación energética total del edificio en al menos 1 letra.
- Las actuaciones deben cumplir la normativa vigente y contar con las licencias necesarias.
- Reducción en las emisiones de dióxido de carbono y del consumo de energía final.
Costes y plazos:
- La cuantía de la ayuda dependerá del tipo de actuación y de los criterios sociales y de eficiencia energética.
- Plazo de presentación: Desde el 12/06/2021 hasta el 31/07/2021.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Reúne la documentación necesaria.
- Presenta la solicitud a través de los medios habilitados.
- Espera la resolución del procedimiento.
Información sobre cada etapa:
- La solicitud debe incluir todos los documentos requeridos y cumplir con los requisitos establecidos en la normativa.
- La resolución del procedimiento se notificará al solicitante en un plazo de 6 meses.
Tiempos de espera:
- El plazo para resolver el procedimiento es de 6 meses.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- Si la solicitud es aprobada, se concederá la ayuda y se indicarán los plazos para la ejecución de las actuaciones.
- Una vez finalizadas las actuaciones, se deberá presentar la documentación justificativa.
Plazos de resolución:
- El plazo para resolver el procedimiento es de 6 meses.
Siguiente pasos:
- Ejecutar las actuaciones de rehabilitación energética.
- Presentar la documentación justificativa.
- Recibir el pago de la ayuda.
Ayuda
Contacto:
- Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda
- Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana
- Servicio de Arquitectura, Calidad y Eficiencia Energética
- Avenida de las Comunidades, S/N
- 06800, Mérida
Recursos adicionales:
Preguntas frecuentes:
- ¿A qué tipo de edificios se destinan las ayudas?
- ¿Qué requisitos deben cumplir las actuaciones para ser subvencionables?
- ¿Cómo se calcula la cuantía de la ayuda?
- ¿Qué costes se consideran elegibles?
- ¿Qué antigüedad debe tener el edificio para poder optar a las ayudas?
- ¿En cuánto debe mejorar la calificación energética del edificio?