Procedimiento sancionador por infracciones del orden social en materia de relaciones laborales y prevención de riesgos laborales. - Juntaex.es

Actualizado el 26 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Determinar la responsabilidad de empresas que posiblemente hayan cometido infracciones en materia laboral y de prevención de riesgos laborales, según la legislación vigente.

¿Quién puede solicitarlo?

Empresas que presuntamente han cometido una infracción.

Requisitos principales

  • Si la empresa está obligada a comunicarse electrónicamente con la administración, debe tener una dirección de correo electrónico válida para recibir avisos de notificación.
  • Si actúa a través de un representante, debe acreditarse dicha representación.

Plazos

No existe un plazo de presentación, ya que el procedimiento se inicia de oficio.

Duración del trámite

6 meses

Resumen

Este trámite se refiere al proceso sancionador que se inicia contra empresas que han cometido infracciones en materia de relaciones laborales y prevención de riesgos laborales. El procedimiento se inicia de oficio, generalmente tras una inspección de trabajo.

Quién puede usar este servicio:

  • Empresas que presuntamente han cometido infracciones en el ámbito laboral y de prevención de riesgos laborales.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Los documentos que la empresa considere necesarios para su defensa.
  • En caso de querer acogerse a la reducción por pronto pago, la declaración de pronto pago y el resguardo del modelo 050.

Requisitos previos:

  • Si la empresa está obligada a comunicarse electrónicamente con la administración, debe tener una dirección de correo electrónico válida.
  • Si actúa a través de un representante, debe acreditarse dicha representación.

Costes y plazos:

  • Este trámite no tiene costes directos.
  • El plazo máximo para resolver el procedimiento es de 6 meses.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. El procedimiento se inicia de oficio tras una inspección de trabajo y la emisión de un acta de infracción.
  2. La empresa tiene la oportunidad de presentar alegaciones y documentos en su defensa.
  3. Si la empresa desea acogerse a la reducción por pronto pago, debe manifestarlo y seguir las instrucciones para realizar el pago.
  4. Se emite una resolución que determina si la empresa es responsable de la infracción y, en su caso, la sanción correspondiente.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • Se notifica la resolución a la empresa.
  • La empresa puede recurrir la resolución si no está de acuerdo con ella.

Plazos de resolución:

  • El plazo máximo para resolver el procedimiento es de 6 meses.

Siguiente pasos:

  • Si la empresa no está de acuerdo con la resolución, puede interponer un recurso de alzada o un recurso potestativo de reposición, dependiendo del órgano que haya dictado la resolución.

Ayuda

Contacto:

  • Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
  • Dirección General de Trabajo
  • Servicio de Trabajo y Sanciones
  • Avenida Valhondo, 06800, Mérida

Recursos adicionales:

Preguntas frecuentes:

  • ¿Cómo se inicia el procedimiento sancionador? El procedimiento se inicia cuando la Inspección de Trabajo y Seguridad Social levanta un acta de infracción tras una inspección.
  • ¿Qué tipo de documentación puedo presentar? La empresa puede presentar los documentos que considere necesarios para defenderse de las acusaciones.
  • ¿Puedo obtener alguna reducción en la sanción? Si la empresa reconoce su responsabilidad y paga la sanción anticipadamente, puede obtener una reducción del 40% en el importe de la sanción, siempre que ésta sea de carácter pecuniario.
  • ¿Cuánto tiempo tarda en resolverse el procedimiento? El plazo máximo para resolver el procedimiento es de 6 meses.
  • ¿La resolución pone fin a la vía administrativa? No, la resolución no pone fin a la vía administrativa. Se puede recurrir la resolución.
  • ¿Qué tipo de recursos puedo interponer? Se puede interponer un recurso de alzada o un recurso potestativo de reposición, dependiendo del órgano que haya dictado la resolución.

Preguntas frecuentes


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