Prima compensatoria de la ayuda a la forestación de tierras agrícolas - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Recibir una prima anual por hectárea de tierras forestadas que antes se usaban para agricultura o ganadería, ayudando a compensar la pérdida de ingresos.
¿Quién puede solicitarlo?
Beneficiarios de ayudas a la forestación aprobadas bajo los Reglamentos europeos 1257/1999 y 1698/2005, con primas pendientes por costes de mantenimiento o prima compensatoria, cofinanciadas con fondos FEADER.
Requisitos principales
- No haber realizado transmisiones patrimoniales en la superficie repoblada antes de la solicitud.
- No realizar aprovechamiento agrícola o ganadero en la superficie objeto de ayuda durante la campaña actual.
- Si solo se solicita la prima compensatoria, mantener la densidad mínima exigida y realizar los trabajos necesarios para mantener la repoblación en buen estado.
Plazos
El plazo de presentación es del 1 de febrero al 30 de abril del año de solicitud. Las solicitudes presentadas hasta 25 días naturales después de esta fecha serán aceptadas con una reducción en el importe de la ayuda.
Duración del trámite
4 meses
Información adicional
La resolución del procedimiento pone fin a la vía administrativa y puede recurrirse mediante recurso de reposición ante el titular de la Consejería.
Resumen
Este trámite permite solicitar una prima compensatoria anual por hectárea para aquellos que hayan forestado tierras agrícolas en Extremadura. Esta ayuda busca compensar la pérdida de ingresos que antes obtenían de la agricultura o ganadería.
Quién puede usar este servicio:
Beneficiarios de expedientes de ayuda a la forestación aprobados bajo los Reglamentos europeos 1257/1999 y 1698/2005, con primas pendientes por costes de mantenimiento o prima compensatoria, cofinanciadas con fondos FEADER.
Antes de empezar:
- Asegúrate de cumplir con los requisitos y tener la documentación necesaria.
Lo que necesitas
Documentación requerida:
- En caso de reposición de marras, etiquetas del material forestal de reproducción empleado.
Requisitos:
- No haber transmitido la propiedad de la superficie repoblada.
- No realizar aprovechamiento agrícola o ganadero en la superficie.
- Mantener la densidad mínima exigida y realizar los trabajos necesarios para mantener la repoblación en buen estado (si solo se solicita la prima compensatoria).
Costes y plazos:
- Coste: Según lo establecido en la legislación de cada convocatoria.
- Plazo de presentación: Del 1 de febrero al 30 de abril.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Accede a la Plataforma SGA a través del siguiente enlace: Plataforma SGA
Información sobre cada etapa:
- La solicitud se realiza online a través de la Plataforma SGA.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- Se evaluará tu solicitud.
Plazos de resolución:
- El plazo máximo para resolver es de 4 meses.
Siguientes pasos:
- Recibirás una notificación con la resolución del procedimiento.
Ayuda
Contacto:
- Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible Dirección General de Política Agraria Comunitaria Servicio de Ayudas Complementarias Avenida Luis Ramallo, 06800, Mérida
Normativa:
- http://www.boe.es/doue/1992/215/L00096-00099.pdf
- http://www.minhap.gob.es/Documentacion/Publico/NormativaDoctrina/Fondos%20de%20la%20union%20europea/Reglamento%201257_1999%20del%20Consejo.pdf
- http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=CONSLEG:2005R1698:20070101:ES:PDF
- https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=DOUE-L-2013-82900
- http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1993-8370
- http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1994-25447
- http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1996-3836
- http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2001-942
- http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/1993/900o/93040112.pdf
- http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/1994/930o/94040118.pdf
- http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/1996/680o/96040108.pdf
- http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/1993/1300o/93050593.pdf
- http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/1994/310o/94050134.pdf
- http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/1995/390o/95050327.pdf
- http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/1996/760o/96050289.pdf
- http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/1999/330o/99050028.pdf
- http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2002/790o/02050374.pdf
- http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2004/1200o/04050477.pdf
- http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-20977
- http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-4785
- http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2011/590o/11010006.pdf
- http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2019/200o/19050045.pdf
- http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2021/180o/21050012.pdf
Recursos adicionales:
- Resolución del procedimiento: El titular del Servicio de Ayudas Complementarias.
- Efecto silencio administrativo: No Aplica.
- Fin vía administrativa: No.
- Impugnación vía administrativa: Sí.
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