Prestaciones sociales y económicas para personas con discapacidad (SGIM y SATP) - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Estas prestaciones económicas están destinadas a personas con discapacidad que necesitan apoyo para su desarrollo personal e integración social. Los subsidios SGIM y SATP ya no están disponibles para nuevas solicitudes, pero se siguen pagando a quienes ya los recibían y cumplen los requisitos.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas con un grado de discapacidad del 75% (para el Subsidio de Ayuda a Tercera Persona) o del 85% (para el Subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos), que no trabajen y carezcan de ingresos según lo establecido en la normativa.
Requisitos principales
- Subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos (SGIM):
- No estar incluido en el sistema de la Seguridad Social por no trabajar.
- No recibir otra ayuda similar de otro organismo público.
- No superar el nivel de recursos económicos personales del 70% del IPREM anual.
- Tener 18 años o más.
- Tener un grado de discapacidad igual o superior al 65% e imposibilidad de obtener empleo adecuado debido a esta causa.
- Subsidio de ayuda por tercera persona (SATP):
- No estar incluido en el sistema de la Seguridad Social por no trabajar.
- No recibir otra ayuda similar de otro organismo público.
- No superar el nivel de recursos económicos personales del 70% del IPREM anual.
- Tener 18 años o más.
- Tener un grado de discapacidad igual o superior al 75%.
- Necesitar la asistencia de otra persona para las actividades esenciales de la vida.
- No estar internado en un centro.
Plazos
Desde: 02/04/1984 Hasta: 01/01/1991
Duración del trámite
6 meses
Información adicional
Las prestaciones SGIM y SATP están derogadas, pero los beneficiarios actuales deben presentar una declaración anual de ingresos en enero para verificar que siguen cumpliendo los requisitos.
Resumen
Este trámite informa sobre las prestaciones sociales y económicas para personas con discapacidad, específicamente el Subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos (SGIM) y el Subsidio de Ayuda a Tercera Persona (SATP). Aunque estas prestaciones ya no están disponibles para nuevas solicitudes, se proporciona información sobre los requisitos y condiciones para aquellos que ya las están recibiendo.
Lo que necesitas
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Requisitos:
- Cumplir con los requisitos específicos de cada subsidio en cuanto a grado de discapacidad, ingresos y situación laboral.
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Costes:
- Este trámite no tiene coste.
Cómo hacerlo
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Plazo de presentación:
- Desde: 02/04/1984 Hasta: 01/01/1991 (para nuevas solicitudes, ya no aplicable).
- Los beneficiarios actuales deben presentar una declaración anual de ingresos en enero de cada año.
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Pasos:
- Para los beneficiarios actuales, presentar la declaración anual de ingresos para verificar el cumplimiento de los requisitos.
Después de hacerlo
- Resolución:
- La resolución del procedimiento es responsabilidad del Vicepresidente Segundo y Consejero de Sanidad y Servicios Sociales.
- El plazo para resolver es de 6 meses.
- El silencio administrativo se considera estimatorio.
- La resolución no agota la vía administrativa.
- Se puede interponer un recurso de alzada.
Ayuda
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Más información:
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Órgano gestor:
- Vicepresidencia Segunda y Consejería de Sanidad y Servicios Sociales
- Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias
- Servicio de Prestaciones Sociales
- Calle Antonio Rodríguez Moñino, 2A
- 06800, Mérida
Solicitud y Anexos
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Formularios de solicitud:
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Enlace externo a solicitud: