Otorgamiento de concesión de explotación minera derivada de un permiso de investigación - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Permite a los titulares de permisos de investigación minera obtener una concesión para explotar los recursos minerales descubiertos dentro del área de su permiso, siempre que se demuestre la viabilidad del aprovechamiento.
¿Quién puede solicitarlo?
Titulares de permisos de investigaci ón minera.
Requisitos principales
- El solicitante debe tener capacidad de obrar y no estar incurso en prohibiciones de contratar con la Administración Pública.
- El solicitante debe estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
- El solicitante debe demostrar solvencia técnica y económica suficiente.
- El recurso mineral debe estar suficientemente conocido y su aprovechamiento racional debe ser viable.
- La extensión solicitada debe ser de entre 1 y 100 cuadrículas mineras.
Plazos
El plazo para resolver es de 3 meses. El efecto del silencio administrativo es desestimatorio.
Duración del trámite
3 meses
Información adicional
El plazo de presentación no está sujeto a un período específico, pero debe realizarse dentro del plazo de vigencia del permiso de investigación.
Resumen
Este trámite permite a los titulares de un permiso de investigación minera solicitar una concesión de explotación para aprovechar los recursos minerales descubiertos. La concesión se otorga si se demuestra la existencia de recursos minerales suficientes y la viabilidad de su explotación.
Quién puede usar este servicio:
- Titulares de permisos de investigación minera.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Solicitud formalizada.
- Documentación acreditativa de la personalidad jurídica del solicitante (si aplica).
- Acreditación de la representación legal (si aplica).
- Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones de contratar.
- Certificados de estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
- Informe detallado de la naturaleza geológica del yacimiento.
- Estudio de factibilidad y proyecto de aprovechamiento del recurso.
- Documento sobre Seguridad y Salud.
- Estudio de Impacto Ambiental (si aplica).
- Solicitud de autorización del plan de restauración.
- Plan de restauración.
- Justificante del pago de tasas.
Requisitos previos:
- Ser titular de un permiso de investigación minera vigente.
- Demostrar la existencia de recursos minerales suficientes y la viabilidad de su explotación.
- Cumplir con los requisitos legales y técnicos establecidos.
Costes y plazos:
- El trámite está sujeto al pago de tasas.
- El plazo máximo de resolución es de 3 meses.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Reúne la documentación necesaria.
- Presenta la solicitud y la documentación a través del Registro Electrónico de la Junta de Extremadura (obligatorio para personas jurídicas, opcional para personas físicas) o en la Unidad del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera (opcional para personas físicas).
- Realiza el pago de las tasas correspondientes.
- Espera la resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas.
Información sobre cada etapa:
- La solicitud debe presentarse en el modelo oficial disponible en la sede electrónica de la Junta de Extremadura: Modelo Solicitud Otorgamiento CE Derivada 2024.09.30
- La documentación debe ser completa y cumplir con los requisitos técnicos y legales.
- El pago de las tasas debe realizarse en el plazo establecido.
Tiempos de espera:
- El plazo máximo de resolución es de 3 meses. Si no se recibe respuesta en este plazo, se considera que la solicitud ha sido denegada (silencio administrativo desestimatorio).
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- Si la resolución es favorable, se otorga la concesión de explotación.
- Si la resolución es desfavorable, se deniega la concesión.
Plazos de resolución:
- 3 meses.
Siguiente pasos:
- En caso de resolución favorable, se deben cumplir las condiciones establecidas en la concesión.
- En caso de resolución desfavorable, se puede interponer recurso de alzada.
Ayuda
Contacto:
- Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible Dirección General de Industria, Energía y Minas Paseo de Roma, 06800, Mérida
Recursos adicionales:
Normativa:
- Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas
- Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería.
- Real Decreto 975/2009, de 12 de junio, sobre gestión de los residuos de las industrias extractivas y de protección y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras.
- Real Decreto 863/1985, de 2 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera.
- Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.