Licencias TDTL de ámbito privado, misma demarcación, a través de un canal múltiple - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Permite a las entidades locales de Extremadura obtener una licencia para ofrecer servicios de comunicación audiovisual televisiva dentro de su demarcación, utilizando un canal múltiple compartido.
¿Quién puede solicitarlo?
Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura que deseen acceder al aprovechamiento de programas de un mismo canal múltiple.
Requisitos principales
- La autoridad audiovisual solicitará al órgano competente del Estado la reserva del canal digital.
- La entidad local deberá presentar un proyecto técnico en un plazo de tres meses tras la comunicación de los parámetros técnicos.
- La entidad local dispone de doce meses para ejecutar las instalaciones aprobadas en el proyecto técnico.
- Inspección de las instalaciones para verificar que se ajustan a las condiciones autorizadas.
- El Consejo de Gobierno acordará el otorgamiento de las licencias.
- El servicio público de comunicación audiovisual televisivo será compartido entre las entidades que accedan al aprovechamiento de programas de un mismo canal múltiple, debiendo aportar junto con la solicitud documento acreditativo de la creación de la entidad gestora del servicio.
Plazos
La solicitud se puede presentar durante todo el año.
Duración del trámite
El plazo para resolver no está especificado.
Información adicional
Las licencias se otorgan por un plazo de quince años, renovables automáticamente si se cumplen las condiciones exigidas y no existen obstáculos técnicos.
Resumen
Este trámite permite a las entidades locales de Extremadura obtener una licencia para ofrecer servicios de comunicación audiovisual televisiva dentro de su demarcación, utilizando un canal múltiple compartido.
Quién puede usar este servicio
Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Antes de empezar
Es importante conocer los requisitos y la documentación necesaria para la solicitud.
Lo que necesitas
Documentos requeridos
- Certificación del acta del pleno del ayuntamiento donde se acuerda la solicitud de la licencia.
- Documento que acredite la creación de la entidad gestora del servicio (si el servicio es compartido).
- Certificación acreditativa de la constitución de la entidad local (si no es un municipio).
- Memoria técnica que incluya: Certificación de la población empadronada, plano de situación del centro emisor, descripción de la infraestructura técnica prevista.
- Memoria explicativa detallada que incluya: Objetivos, programación a desarrollar, medios personales, forma de gestión prevista.
- Proyecto de viabilidad económica con costes estimados y calendario de inversiones.
- Reglamento de organización y funcionamiento aprobado por el Pleno.
Requisitos previos
- La autoridad audiovisual solicitará al órgano competente del Estado la reserva del canal digital.
- La entidad local deberá presentar un proyecto técnico en un plazo de tres meses tras la comunicación de los parámetros técnicos.
- La entidad local dispone de doce meses para ejecutar las instalaciones aprobadas en el proyecto técnico.
- Inspección de las instalaciones para verificar que se ajustan a las condiciones autorizadas.
- El Consejo de Gobierno acordará el otorgamiento de las licencias.
- El servicio público de comunicación audiovisual televisivo será compartido entre las entidades que accedan al aprovechamiento de programas de un mismo canal múltiple, debiendo aportar junto con la solicitud documento acreditativo de la creación de la entidad gestora del servicio.
Costes y plazos
No se especifica un coste para este trámite.
El plazo de presentación es durante todo el año.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Presentar la solicitud de licencia ante la autoridad audiovisual competente de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Aportar la documentación requerida.
- Esperar la resolución del trámite.
Información sobre cada etapa
Tras la recepción de la solicitud, la autoridad audiovisual solicitará al órgano competente del Estado la reserva del canal digital. Luego, comunicará a la entidad local los parámetros técnicos para la instalación del centro emisor.
Tiempos de espera
No se especifica un plazo para resolver el trámite.
Después de hacerlo
Qué sucede después
Una vez aprobada, la entidad local podrá prestar el servicio de comunicación audiovisual televisiva.
Plazos de resolución
No se especifica un plazo de resolución.
Siguiente pasos
Ejecutar las instalaciones aprobadas en el proyecto técnico y comenzar a prestar el servicio.
Ayuda
Contacto
Consejería de Hacienda y Administración Pública Secretaría General - C. Hacienda y Administración Pública Servicio de Comunicación Audiovisual Avenida Valhondo, 06800, Mérida
Recursos adicionales
- Modelo de inscripción de representación voluntaria para medios electrónicos.
- Modelo de revocación de representación voluntaria para medios electrónicos.
Preguntas frecuentes
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Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
Centro de Atención Administrativa de Guareña
Oficina Comarcal Agraria (O.C.A) de Jarandilla de la Vera
Centro de Atención Administrativa de Montánchez
Centro de Atención Administrativa de Monesterio
En esta página
- Resumen
- Quién puede usar este servicio
- Antes de empezar
- Lo que necesitas
- Documentos requeridos
- Requisitos previos
- Costes y plazos
- Cómo hacerlo
- Paso a paso del proceso
- Información sobre cada etapa
- Tiempos de espera
- Después de hacerlo
- Qué sucede después
- Plazos de resolución
- Siguiente pasos
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