Licencia de pesca - Juntaex.es
Información Rápida
Objetivo
Obtener la licencia que permite pescar en Extremadura.
¿Quién puede solicitarlo?
Cualquier persona que desee pescar en Extremadura.
Requisitos principales
- No estar inhabilitado para pescar por orden judicial o sanción administrativa.
Plazos
No sujeto a plazo de presentación.
Duración del trámite
6 meses
Información adicional
La licencia es única para todas las modalidades de pesca, personal e intransferible. Los menores de 14 años pueden tener su propia licencia o estar incluidos en la de un adulto.
Resumen
Este trámite te permite obtener la licencia necesaria para pescar en Extremadura.
Quién puede usar este servicio
Cualquier persona que desee practicar la pesca en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Antes de empezar
Es importante no estar inhabilitado para el ejercicio de la pesca por sentencia judicial firme o resolución sancionadora.
Lo que necesitas
Documentos requeridos
Requisitos previos
- No estar inhabilitado para el ejercicio de la pesca.
- Para la tramitación online, es necesario disponer de certificado electrónico o DNI electrónico.
Costes y plazos
- Este trámite no está sujeto a plazos de presentación.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Online: Accede a la sede electrónica de la Junta de Extremadura y sigue las instrucciones.
- Presencial: Busca la oficina más cercana a través de este enlace: Buscar oficina donde realizar este trámite.
Información sobre cada etapa
- La solicitud se puede presentar en cualquier momento.
- Para la tramitación electrónica, necesitarás un certificado digital o DNI electrónico.
Después de hacerlo
Qué sucede después
Una vez presentada la solicitud, la administración la revisará y, si todo es correcto, te concederá la licencia.
Plazos de resolución
El plazo máximo para resolver es de 6 meses.
Siguiente pasos
Una vez obtenida la licencia, podrás practicar la pesca en Extremadura, respetando siempre la normativa vigente.
Ayuda
Contacto
- Órgano gestor: Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura, Avenida Luis Ramallo, 06800, Mérida.
Recursos adicionales
- Manual para tramitación en sede
- Ley 11/2010, de 16 de noviembre, de Pesca y Acuicultura de Extremadura.
- Ley 11/2010, de 16 de noviembre, de Pesca y Acuicultura de Extremadura (Texto consolidado)
- LEY 9/2019, de 5 de abril, por la que se modifican la Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura, y la Ley 18/2001, de 14 de diciembre, sobre tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- ORDEN de 7 de noviembre de 2022 general de vedas de pesca en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Información adicional sobre protección de datos
Preguntas frecuentes
- ¿Qué ocurre si no se resuelve en plazo? El silencio administrativo es desestimatorio.
- ¿Se puede recurrir la resolución? Sí, se puede interponer un recurso de alzada.
- ¿Es válida la licencia para todo tipo de pesca? Sí, es válida para todas las modalidades de pesca en Extremadura.
- ¿Dónde puedo encontrar más información sobre la normativa de pesca? En los enlaces proporcionados en la sección de recursos adicionales.
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
Centro de Atención Administrativa de Guareña
Oficina Comarcal Agraria (O.C.A) de Jarandilla de la Vera
Centro de Atención Administrativa de Montánchez
Centro de Atención Administrativa de Monesterio
En esta página
- Resumen
- Quién puede usar este servicio
- Antes de empezar
- Lo que necesitas
- Documentos requeridos
- Requisitos previos
- Costes y plazos
- Cómo hacerlo
- Paso a paso del proceso
- Información sobre cada etapa
- Después de hacerlo
- Qué sucede después
- Plazos de resolución
- Siguiente pasos
- Ayuda
- Contacto
- Recursos adicionales
- Preguntas frecuentes
- Preguntas frecuentes
- Oficinas de la administración